III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Ayudas. (BOE-A-2021-21192)
Orden ICT/1426/2021, de 14 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas dirigidas a impulsar la innovación a través de la iniciativa «Activa Startups», en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 305

Miércoles 22 de diciembre de 2021

Sec. III. Pág. 159045

Autónoma que corresponda, si la hubiera, realizará las actuaciones de comprobación y
control que resulten necesarias.
2. El órgano concedente de la subvención aplicará medidas dirigidas a prevenir,
detectar, comunicar y corregir el fraude y la corrupción, prevenir el conflicto de intereses
y la doble financiación.
3. En el caso de convocatorias financiadas en el marco del Mecanismo de
Recuperación y Resiliencia, se aplicarán las siguientes reglas:
a) Tanto en la fase de concesión de las ayudas como en la de pago de las mismas
o con posterioridad a éste, el órgano concedente, bajo la supervisión del Ministerio de
Industria, Comercio y Turismo y de la Comunidad Autónoma que corresponda, si la
hubiera, así como los órganos de control competentes, incluidos los recogidos en el
artículo 22.2.e) del Reglamento (UE) n.º 2021/241, de 12 de febrero de 2021, y el
artículo 129 del Reglamento Financiero (Reglamento (UE, Euratom) n.º 2018/1046 de 18
de julio de 2018, podrán realizar todos aquellos controles e inspecciones que consideren
convenientes, con el objeto de asegurar el buen fin de la ayuda concedida, estando los
solicitantes obligados a prestar colaboración y proporcionar cualquier otra
documentación e información que se estime necesaria para la verificación del
cumplimiento de las condiciones establecidas en la presente orden. Asimismo, los
beneficiarios se comprometen a facilitar las inspecciones y comprobaciones que, en su
caso, se efectúen. La oposición a la realización de estas comprobaciones e inspecciones
podrá constituir causa de reintegro de la ayuda, sin perjuicio de la tramitación del
correspondiente procedimiento sancionador.
b) La Administración y cualquier otro órgano de entre los contemplados en el
artículo 22 del Reglamento (UE) n.º 2021/241, de 12 de febrero de 2021, podrán acceder
a la información contenida en el Registros de Titularidades Reales, así como a cualquier
otra base de datos de la Administración a efectos de suministrar dichos datos sobre los
titulares reales.
c) A efectos de información y control, se cederá la información entre los sistemas
establecidos para la gestión y control de estas subvenciones con los Sistemas de los
Fondos Europeos.
Artículo 28.

Infracciones y sanciones.

El régimen de infracciones y sanciones administrativas aplicables será el establecido
en el título IV de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
A estos efectos, corresponderá al órgano competente del Ministerio de Industria,
Comercio y Turismo la tramitación del oportuno expediente sancionador.
Publicidad.

1. Toda referencia realizada por los beneficiarios al proyecto objeto de las
presentes ayudas deberá indicar que ha sido apoyado por el Ministerio de Industria,
Comercio y Turismo y la Fundación EOI, FSP así como la Comunidad Autónoma, en su
caso, e incluir en las medidas de publicidad los logos correspondientes.
2. Si las ayudas están financiadas por el Mecanismo de Recuperación y
Resiliencia, se publicitarán conforme con la normativa europea y nacional que resulte
aplicable. En particular, y en defecto de que se apruebe una previsión más específica al
respecto por orden ministerial del Ministerio de Hacienda y Función Pública, en las
medidas de información y comunicación de las actuaciones que desarrollan las
inversiones (carteles informativos, placas, publicaciones impresas y electrónicas,
material audiovisual, páginas web, anuncios e inserciones en prensa, certificados, etc.),
se deberán incluir los siguientes logos:
a) El emblema de la Unión Europea.
b) Junto con el emblema de la Unión, se incluirá el texto «Financiado por la Unión
Europea-Next Generation EU».

cve: BOE-A-2021-21192
Verificable en https://www.boe.es

Artículo 29.