III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Ayudas. (BOE-A-2021-21192)
Orden ICT/1426/2021, de 14 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas dirigidas a impulsar la innovación a través de la iniciativa «Activa Startups», en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 305

Miércoles 22 de diciembre de 2021

Artículo 20.

Sec. III. Pág. 159039

Procedimiento de evaluación.

1. Las solicitudes serán objeto de un procedimiento de evaluación cuya ejecución
se encomienda a la Comisión de Selección de subvenciones de la Fundación EOI, que
tendrá como función emitir informe en el que se concrete el resultado de la evaluación
efectuada, según lo establecido en el artículo 24.4 de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre.
2. La Comisión de Selección de subvenciones de la Fundación EOI estará
compuesta por los siguientes miembros:

Asimismo, contará con un Secretario, sin la condición de miembro, y actuará con voz,
pero sin voto. Actuará como Secretario una persona del Departamento de Asesoría
Jurídica de la Fundación EOI.
La Comisión quedará válidamente constituida con la asistencia del Presidente, el
Secretario y tres Vocales.
Será vicepresidente el titular del Departamento de Asesoría Jurídica de la Fundación
EOI. El vicepresidente formará parte de la Comisión de Selección en caso de
imposibilidad de asistencia del presidente.
Los miembros de la Comisión de Selección podrán designar suplentes en caso de
resultar necesario.
3. El régimen jurídico de la citada comisión será el establecido en la sección
tercera, del capítulo II, del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público. Asimismo, el funcionamiento de la Comisión de
Selección será atendido con los medios personales, técnicos y presupuestarios de la
Fundación EOI, como órgano en el que se encuentra integrada, de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 2.2 del Real Decreto 776/2011, de 3 de junio, por el que se
suprimen determinados órganos colegiados y se establecen criterios para la
normalización en la creación de órganos colegiados en la Administración General del
Estado y sus organismos públicos.
4. De acuerdo con las normas establecidas para la prevención del fraude, los
miembros de la Comisión de Selección reforzarán su implicación en este objetivo a
través de una declaración de ausencia de conflicto de intereses, comprometiéndose a
mantenerla actualizada en el caso de que se modifique la situación respecto de la
declaración original, pasando a cesar como vocal. A estos efectos, en el caso de la
convocatoria se financie en el marco del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, se
utilizará el modelo previsto en el anexo IV.A de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de
septiembre.
Artículo 21. Resolución.
1. La autorización requerida en la disposición adicional decimosexta de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, para que la Fundación EOI pueda conceder
subvenciones se comprende en la Orden ICT/1291/2018, de 27 de noviembre, sin

cve: BOE-A-2021-21192
Verificable en https://www.boe.es

a) Presidente: Titular de la Secretaría General de EOI.
b) Vocal: Titular de la Dirección Financiera de la Fundación EOI.
c) Vocal: Titular de la Dirección del Departamento de la Fundación EOI responsable
del proyecto Activa Startups.
d) Vocal: Representante designado por la Secretaría General de Industria y de la
Pequeña y Mediana Empresa del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo
e) Vocal: Representante designado por ENISA.
f) Vocal: Representante designado por la Secretaría de Estado de Digitalización e
Inteligencia Artificial.
g) Vocal: Representante designado por la Comunidad Autónoma cofinanciadora de
la convocatoria correspondiente, si la hubiese.