I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CATALUÑA. Energías renovables. (BOE-A-2021-21113)
Decreto-ley 24/2021, de 26 de octubre, de aceleración del despliegue de las energías renovables distribuidas y participadas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 22 de diciembre de 2021

Sec. I. Pág. 158678

Las mociones del Parlamento también instan al Gobierno a priorizar el uso de las
zonas agrícolas no productivas y de los terrenos industriales de baja posibilidad de
actividad económica para el desarrollo de la energía solar fotovoltaica.
El pasado mes de julio el Parlamento de Cataluña instó al Gobierno a crear una
empresa energética pública basada en fuentes de energía renovable que deberá poder
participar en la propiedad de nuevas plantas de generación renovable, con especial
atención en aquellas que se puedan construir en superficies de titularidad pública,
ayudar y participar en el desarrollo de comunidades energéticas renovables y
ciudadanas y gestionar las centrales hidroeléctricas en las que caduquen las
concesiones. También deberá valorar las opciones de constituirse como distribuidora
atendiendo a las subestaciones de que dispone la Generalitat en propiedad. Los trabajos
para constituirla se iniciarán una vez modificado el modelo de implantación de energías
renovables y en todo caso, durante el 2021.
II
Desde la aprobación del Decreto-ley 16/2019, de 26 de noviembre, se han puesto de
manifiesto varios problemas de aplicación de esta norma que deben enmendarse de
forma urgente.
La magnitud del impacto de los problemas generados por la aplicación de la
normativa actual viene marcada por el elevado número de proyectos presentados en tan
sólo un año y medio de vigencia del Decreto-ley. Se han presentado más de 600
proyectos que suman una potencia total de 13,7 GW, lo que supera a toda la potencia
eléctrica que hay instalada en Cataluña a día de hoy, al tiempo que supone una cifra
superior a toda la potencia que se ha instalado en Cataluña desde el inicio de la
electrificación hace 120 años. Además, también supera el objetivo a alcanzar en el
horizonte de 2030.
Esta alta demanda de potencia que requiere la implantación de las energías
renovables se traduce en una alta demanda de suelo. A diferencia del modelo energético
fósil y radiactivo, donde la totalidad de los recursos energéticos es importada de países
terceros y que aún hoy constituye el modelo energético mayoritario de Cataluña, en un
modelo renovable los recursos energéticos utilizados para la generación eléctrica serán
en su mayor parte autóctonos, por lo que deberán ser captados en Cataluña. La
tecnología de captación de los recursos solar y eólico y su transformación en electricidad
se realizan en el mismo emplazamiento y, por las características de baja densidad
energética de estos flujos renovables, se requiere de una superficie considerable para su
captación. Se estima que para alcanzar los objetivos de renovables en el horizonte
de 2030 se necesitarían cerca de 10.000 ha y de cara a 2050 cerca de 70.000 ha.
En relación con los proyectos presentados durante el tiempo de vigencia del Decretoley 16/2019, de 26 de noviembre, las instalaciones fotovoltaicas, considerando que
actualmente se han presentado proyectos con una potencia total de 7.489 GW,
representan una ocupación potencial aproximada de 10.000 ha. Las instalaciones eólicas
suponen unos 1.770 aerogeneradores.
La planificación territorial actual de Cataluña en materia de energía se fundamenta
en el modelo fósil y radiactivo, por lo que todavía no se dispone de una planificación
territorial sectorial que tenga en cuenta la elevada superficie necesaria para la captación
y generación renovables. Esta falta de planificación, conjuntamente con la apuesta
decidida por la Unión Europea para avanzar hacia las energías renovables y su
coincidencia con la aprobación de los Fondos Next Generation, han llevado a una
avalancha de solicitudes de proyectos que se han concentrado en su mayor parte en
municipios pequeños con terrenos agrícolas planos, cercanos a infraestructuras viarias y
a la red de transporte eléctrico y con una característica común para la mayoría, que es el
estar muy alejados del consumo, lo que hace que sea un modelo ineficiente, ya que
requerirá transportar la energía eléctrica a largas distancias con pérdidas energéticas
superiores al 15 %.

cve: BOE-A-2021-21113
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Núm. 305