III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2021-21063)
Resolución de 3 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Helipuerto de Benahavís (Málaga)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 304

Martes 21 de diciembre de 2021

Sec. III. Pág. 156669

Alternativa 1. Uso de infraestructuras existentes. El promotor analiza la posibilidad de
uso de infraestructuras aeronáuticas existentes, teniendo en cuenta aquellos helipuertos y
aeropuertos de uso público y restringido en el entorno próximo a Benahavís.
En primer lugar, el promotor realiza una consulta a la publicación de información
aeronáutica de España con la intención de conocer el helipuerto público más cercano a
la parcela de actuación contemplada en las alternativas 2 y 3. El helipuerto público más
próximo es el Helipuerto de Sevilla-El Copero, situado a una distancia 180 km de la
parcela de actuación. Con motivo de esta distancia y de que se trata de un helipuerto de
uso militar, el promotor descarta esta opción.
En segundo lugar, el promotor analiza los helipuertos restringidos en el entorno de la
parcela de actuación contemplada en las alternativas 2 y 3. El documento ambiental
indica que se trata de helipuertos de uso restringido especializado, destinados al
transporte sanitario y a la extinción de incendios forestales. Por tanto, no son aptos para
llevar a cabo actividades de tipo turístico, de formación o vuelos privados como pretende
el proyecto.
También se analiza la posibilidad de utilizar el aeropuerto de Málaga-Costa del Sol
para las actividades previstas y mencionadas anteriormente. Esta opción se descarta
debido a la distancia existente entre Benahavís y Málaga (51 kilómetros) y las
restricciones de horarios y operación de los aeropuertos.
Alternativa 2. Helipuerto restringido en la zona sur del terreno. Consiste en la
construcción del helipuerto de uso restringido especializado en la zona sur de la parcela
referida por el documento ambiental.
Según se recoge en el documento ambiental, esta alternativa presenta una serie de
inconvenientes. La pendiente del terreno conllevaría un gran volumen de movimiento
de tierras, lo que hace necesario el uso de vertederos y préstamos externos a la zona de
actuación. Además, esta alternativa precisaría de un nuevo acceso, puesto que el
existente no conecta con la zona sur de la parcela. Este hecho aumentaría el volumen de
las obras y los impactos asociados. También, destaca la cercanía de esta alternativa al
río Guadalmina y, por ende, a terrenos con peligro de inundación para los períodos de
retorno de diez, cien y quinientos años. Por último, esta ubicación del helipuerto
generaría afección a una línea eléctrica situada en las proximidades, que condicionaría
ciertas maniobras de los helicópteros y haría necesario su soterramiento. Sin embargo,
esta actuación sería de difícil consecución, pues esta línea eléctrica sobrevuela la ZEC
«río Guadalmina» (ES6170021).
Alternativa 3. Helipuerto restringido en la zona norte del terreno. Consiste en la
construcción de un helipuerto de uso restringido especializado en la zona norte de la
parcela referida por el documento ambiental.
Los terrenos de la parcela propuestos por esta alternativa presentan unas pendientes
más suaves que las de la alternativa 2 y, por tanto, requieren un volumen de
movimientos de tierra menor. No sería necesario el uso de vertederos y préstamos
externos. Tampoco se verían afectadas las maniobras de los helicópteros por la línea
eléctrica. Esta alternativa no ocupa terrenos de la ZEC «río Guadalmina» (ES6170021).
En consecuencia, el promotor selecciona la alternativa 3 como la opción adecuada, pues
se entiende como la de menor impacto ambiental de las alternativas que plantea
desarrollar el proyecto.
Ubicación del proyecto:

La parcela de actuación tiene una superficie de 35.620 m2. Limita al nornoroeste con
el arroyo del Llano de la Leche y otras parcelas sin edificar donde predomina la
vegetación arbustiva y el matorral mediterráneo. La autopista del Mediterráneo o AP-7
(E-15) se sitúa a unos 220 metros de la parcela en dirección norte. Hacia el sur y el este
de la misma se encuentran viviendas de carácter residencial (las más próximas a
unos 40 m de las instalaciones proyectadas) y una escuela (Montessori School). Por
último, la parcela limita hacia el oeste con el Río Guadalmina. La distancia más próxima

cve: BOE-A-2021-21063
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