III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2021-21064)
Resolución de 13 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Modernización del regadío en la comunidad de regantes del Canal Alto de Villares (León)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 21 de diciembre de 2021
Sec. III. Pág. 156682
la Red Natura 2000 y que no es previsible la afección sobre hábitats, siempre que se
cumplan las medidas propuestas por este organismo, destacando las siguientes:
En el caso de las zonas coincidentes con el hábitat 6420, y si hay afección directa
por las obras, tras la ejecución de estas deberá buscarse la recuperación mediante la
restauración del perfil original del suelo, actuaciones ligeras, orientadas a la eliminación
de drenajes, lo que permitiría la expansión de las praderas juncales, de su flora y su
fauna acompañante.
– Paisaje: La presencia de los elementos necesarios para la construcción como el
funcionamiento de los mismos suponen una alteración, aunque temporal con incidencia
visual y que puede afectar a la calidad del paisaje.
Durante la fase de explotación, no se prevé una modificación sustancial del paisaje.
La visibilidad de las infraestructuras asociadas a una red modernizada de riego, como la
estación de bombeo, o la ya mencionada balsa de riego, junto con las obras de fábrica e
hidrante no genera impactos reseñables.
Para integrar las infraestructuras, se llevará a cabo la revegetación de taludes y el
tapado de la tubería de llenado, para darle continuidad al entorno, así como el posible
uso de materiales con colores acordes con el entorno en las obras de fábrica a ejecutar.
– Patrimonio cultural: las afecciones sobre el patrimonio arqueológico se
materializarán principalmente durante la fase de construcción, causada por las
excavaciones y el movimiento de maquinaria. No obstante, tal y como se indica en el
Informe Arqueológico del documento ambiental, no se detectan afecciones sobre el
patrimonio cultural. Se destaca el cruzamiento del Camino de Santiago por las tuberías.
Los cruces y paralelismos de la infraestructura de riego quedarán debidamente tapadas,
quedando la zona tal y como estaba antes de acometerse las obras.
Aunque el documento ambiental indica que no se prevé afección directa sobre las
vías pecuarias, el Servicio Territorial de Medio Ambiente de León indica que existe
coincidencia territorial del proyecto con la vía pecuaria catalogada «Cordel LeónAstorga». Las actuaciones proyectadas son consideradas compatibles siempre y cuando
se obtengan las autorizaciones necesarias, según lo dispuesto en la Ley 3/1995, de 23
de marzo, de Vías Pecuarias y se cumplan las condiciones propuestas por este
organismo.
El informe emitido por la Dirección General de Patrimonio Cultural de la Junta de
Castilla y León, considerando lo manifestado por la Comisión Territorial de Patrimonio
Cultural de León, indica que en relación con el Informe Arqueológico, se deberán atender
los siguientes aspectos, entre otros:
• El proyecto será objeto de una intervención arqueológica a lo largo de la zona
afectada por el paso de las tuberías en los sitios «La Reguerada» y «El Oteiro».
La intervención consistirá en sondeos arqueológicos que, combinando medios
mecánicos, así como manuales, permitan conocer antes de la colocación de la tubería,
su incidencia en ambos yacimientos.
• Respecto al Camino de Santiago, dada su condición de Bien de Interés Cultural y
de bien inscrito en la Lista de Patrimonio Mundial, que además en este tramo se
corresponde con el trazado de una vía romana, se deberían buscar alternativas que
eviten sea atravesado por el proyecto. En todo caso, en cumplimiento de lo establecido
en el artículo 30.2 de la ley 12/2012, de 11 de julio, de Patrimonio Cultural e Castilla y
León, respecto de la incidencia directa e indirecta sobre los bienes de Interés Cultural, el
proyecto debe ser objeto de autorización expresa por parte de la Comisión Territorial de
Patrimonio Cultural de León.
Estas consideraciones aceptadas por el promotor suponen respecto del Camino de
Santiago como solución de proyecto se contempla el cruce del Camino de Santiago
mediante una perforación subterránea horizontal, no viéndose afectado en superficie.
cve: BOE-A-2021-21064
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 304
Martes 21 de diciembre de 2021
Sec. III. Pág. 156682
la Red Natura 2000 y que no es previsible la afección sobre hábitats, siempre que se
cumplan las medidas propuestas por este organismo, destacando las siguientes:
En el caso de las zonas coincidentes con el hábitat 6420, y si hay afección directa
por las obras, tras la ejecución de estas deberá buscarse la recuperación mediante la
restauración del perfil original del suelo, actuaciones ligeras, orientadas a la eliminación
de drenajes, lo que permitiría la expansión de las praderas juncales, de su flora y su
fauna acompañante.
– Paisaje: La presencia de los elementos necesarios para la construcción como el
funcionamiento de los mismos suponen una alteración, aunque temporal con incidencia
visual y que puede afectar a la calidad del paisaje.
Durante la fase de explotación, no se prevé una modificación sustancial del paisaje.
La visibilidad de las infraestructuras asociadas a una red modernizada de riego, como la
estación de bombeo, o la ya mencionada balsa de riego, junto con las obras de fábrica e
hidrante no genera impactos reseñables.
Para integrar las infraestructuras, se llevará a cabo la revegetación de taludes y el
tapado de la tubería de llenado, para darle continuidad al entorno, así como el posible
uso de materiales con colores acordes con el entorno en las obras de fábrica a ejecutar.
– Patrimonio cultural: las afecciones sobre el patrimonio arqueológico se
materializarán principalmente durante la fase de construcción, causada por las
excavaciones y el movimiento de maquinaria. No obstante, tal y como se indica en el
Informe Arqueológico del documento ambiental, no se detectan afecciones sobre el
patrimonio cultural. Se destaca el cruzamiento del Camino de Santiago por las tuberías.
Los cruces y paralelismos de la infraestructura de riego quedarán debidamente tapadas,
quedando la zona tal y como estaba antes de acometerse las obras.
Aunque el documento ambiental indica que no se prevé afección directa sobre las
vías pecuarias, el Servicio Territorial de Medio Ambiente de León indica que existe
coincidencia territorial del proyecto con la vía pecuaria catalogada «Cordel LeónAstorga». Las actuaciones proyectadas son consideradas compatibles siempre y cuando
se obtengan las autorizaciones necesarias, según lo dispuesto en la Ley 3/1995, de 23
de marzo, de Vías Pecuarias y se cumplan las condiciones propuestas por este
organismo.
El informe emitido por la Dirección General de Patrimonio Cultural de la Junta de
Castilla y León, considerando lo manifestado por la Comisión Territorial de Patrimonio
Cultural de León, indica que en relación con el Informe Arqueológico, se deberán atender
los siguientes aspectos, entre otros:
• El proyecto será objeto de una intervención arqueológica a lo largo de la zona
afectada por el paso de las tuberías en los sitios «La Reguerada» y «El Oteiro».
La intervención consistirá en sondeos arqueológicos que, combinando medios
mecánicos, así como manuales, permitan conocer antes de la colocación de la tubería,
su incidencia en ambos yacimientos.
• Respecto al Camino de Santiago, dada su condición de Bien de Interés Cultural y
de bien inscrito en la Lista de Patrimonio Mundial, que además en este tramo se
corresponde con el trazado de una vía romana, se deberían buscar alternativas que
eviten sea atravesado por el proyecto. En todo caso, en cumplimiento de lo establecido
en el artículo 30.2 de la ley 12/2012, de 11 de julio, de Patrimonio Cultural e Castilla y
León, respecto de la incidencia directa e indirecta sobre los bienes de Interés Cultural, el
proyecto debe ser objeto de autorización expresa por parte de la Comisión Territorial de
Patrimonio Cultural de León.
Estas consideraciones aceptadas por el promotor suponen respecto del Camino de
Santiago como solución de proyecto se contempla el cruce del Camino de Santiago
mediante una perforación subterránea horizontal, no viéndose afectado en superficie.
cve: BOE-A-2021-21064
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 304