III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Convenios. (BOE-A-2021-20980)
Resolución 420/38442/2021, de 13 de diciembre, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con el Consejo General del Poder Judicial, para facilitar a los órganos de la Jurisdicción Militar el acceso a medios y servicios y otras áreas de interés común.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 303
Lunes 20 de diciembre de 2021
Sec. III. Pág. 155788
Ambas partes se comprometen a realizar las actuaciones precisas para el desarrollo
del presente convenio, lo que incluye específicamente la financiación, organización,
dirección académica y gestión de los programas de formación y perfeccionamiento que
se establezcan, a cuyo efecto pondrán a disposición de las mismas cuantos medios
personales y materiales resulten necesarios.
La selección de los ponentes (incluida la Dirección Académica) competerá en
exclusiva a la parte que lo organice, o de mutuo acuerdo de ser la actividad conjunta. La
selección de los asistentes competerá a cada parte en cuanto a los miembros de su
colectivo profesional conforme a sus normas internas.
Como principio general, cada parte financiará aquellas actividades que organice y, en
todo caso, la asistencia de los miembros de su colectivo a las actividades objeto del
presente convenio.
Ambas partes se comprometen a dar la máxima difusión a las convocatorias de
actividades que se realicen.
4.
Compromisos de las partes en materia de cooperación judicial internacional:
El Consejo General del Poder Judicial, a través de su Servicio de Relaciones
Internacionales, pondrá a disposición de la jurisdicción militar su estructura de
cooperación judicial internacional, incluyendo la Red Judicial Española, la Red de
Expertos en Derecho de la Unión Europea, la Bolsa Internacional de Consultores, y la
red iberoamericana IberRed. De la misma forma, los órganos judiciales ordinarios
tendrán acceso a los medios de auxilio internacional con los que cuenta la jurisdicción
militar.
5. Compromisos de las partes en materia de cooperación para promover la
presencia o visibilidad institucional:
Ambas partes se comprometen a incorporar a su página web oficial un enlace que
permita a quienes consulten las respectivas páginas webs el acceso a la página web
oficial de la otra parte.
6.
Compromisos de las partes en materia de acceso al Punto Neutro Judicial:
El Consejo General del Poder Judicial llevará a cabo las acciones necesarias para
que los Juzgados y Tribunales de la jurisdicción militar tengan acceso a todos los
apartados del punto neutro que sea necesarios o útiles para el cumplimiento de sus
funciones.
El Ministerio de Defensa se compromete, por su parte, a que el acceso al Punto
Neutro Judicial se produzca en los términos y con las restricciones que en cada
momento establezca el Consejo General del Poder Judicial.
El Consejo General del Poder Judicial facilitará al personal militar que en cada
momento desempeñe funciones judiciales el acceso general a su extranet.
El Ministerio de Defensa se compromete, por su parte, a que el acceso a la extranet
del Consejo General del Poder Judicial por parte del personal militar que en cada
momento desempeñe funciones judiciales tenga lugar en los términos y con las
restricciones que en cada momento establezca el Consejo General del Poder Judicial,
sujetándose a las reglas de utilización de sus medios informáticos que establezca el
Consejo.
cve: BOE-A-2021-20980
Verificable en https://www.boe.es
7. Compromisos de las partes en materia de acceso a la extranet del Consejo
General del Poder Judicial:
Núm. 303
Lunes 20 de diciembre de 2021
Sec. III. Pág. 155788
Ambas partes se comprometen a realizar las actuaciones precisas para el desarrollo
del presente convenio, lo que incluye específicamente la financiación, organización,
dirección académica y gestión de los programas de formación y perfeccionamiento que
se establezcan, a cuyo efecto pondrán a disposición de las mismas cuantos medios
personales y materiales resulten necesarios.
La selección de los ponentes (incluida la Dirección Académica) competerá en
exclusiva a la parte que lo organice, o de mutuo acuerdo de ser la actividad conjunta. La
selección de los asistentes competerá a cada parte en cuanto a los miembros de su
colectivo profesional conforme a sus normas internas.
Como principio general, cada parte financiará aquellas actividades que organice y, en
todo caso, la asistencia de los miembros de su colectivo a las actividades objeto del
presente convenio.
Ambas partes se comprometen a dar la máxima difusión a las convocatorias de
actividades que se realicen.
4.
Compromisos de las partes en materia de cooperación judicial internacional:
El Consejo General del Poder Judicial, a través de su Servicio de Relaciones
Internacionales, pondrá a disposición de la jurisdicción militar su estructura de
cooperación judicial internacional, incluyendo la Red Judicial Española, la Red de
Expertos en Derecho de la Unión Europea, la Bolsa Internacional de Consultores, y la
red iberoamericana IberRed. De la misma forma, los órganos judiciales ordinarios
tendrán acceso a los medios de auxilio internacional con los que cuenta la jurisdicción
militar.
5. Compromisos de las partes en materia de cooperación para promover la
presencia o visibilidad institucional:
Ambas partes se comprometen a incorporar a su página web oficial un enlace que
permita a quienes consulten las respectivas páginas webs el acceso a la página web
oficial de la otra parte.
6.
Compromisos de las partes en materia de acceso al Punto Neutro Judicial:
El Consejo General del Poder Judicial llevará a cabo las acciones necesarias para
que los Juzgados y Tribunales de la jurisdicción militar tengan acceso a todos los
apartados del punto neutro que sea necesarios o útiles para el cumplimiento de sus
funciones.
El Ministerio de Defensa se compromete, por su parte, a que el acceso al Punto
Neutro Judicial se produzca en los términos y con las restricciones que en cada
momento establezca el Consejo General del Poder Judicial.
El Consejo General del Poder Judicial facilitará al personal militar que en cada
momento desempeñe funciones judiciales el acceso general a su extranet.
El Ministerio de Defensa se compromete, por su parte, a que el acceso a la extranet
del Consejo General del Poder Judicial por parte del personal militar que en cada
momento desempeñe funciones judiciales tenga lugar en los términos y con las
restricciones que en cada momento establezca el Consejo General del Poder Judicial,
sujetándose a las reglas de utilización de sus medios informáticos que establezca el
Consejo.
cve: BOE-A-2021-20980
Verificable en https://www.boe.es
7. Compromisos de las partes en materia de acceso a la extranet del Consejo
General del Poder Judicial: