III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Competitividad en la industria farmacéutica. (BOE-A-2021-20991)
Resolución de 10 de diciembre de 2021, de la Secretaría General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa, por la que se efectúa la convocatoria de Profarma (2021-2022): Fomento de la competitividad en la Industria Farmacéutica.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 303
Lunes 20 de diciembre de 2021
Segundo.
Sec. III. Pág. 155837
Empresas destinatarias.
Podrán solicitar su inclusión en PROFARMA, las empresas del sector farmacéutico,
ubicadas en España, que fabriquen o comercialicen medicamentos de uso humano y que
realicen actividades de I+D+i farmacéutica en el territorio nacional.
Tercero.
1.
Instrumentación y estructura del Programa.
Los Comités encargados de colaborar en el programa PROFARMA son:
a) El Comité de Coordinación, constituido como órgano de asesoramiento a la
Secretaría General de Industria y de la Pequeña y Mediana empresa.
b) El Comité Técnico, formado con expertos externos, constituido como órgano de
asesoramiento a la Secretaría del programa.
2. La Secretaría de PROFARMA, formada por funcionarios de la Dirección General
de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa efectuará todas las labores de gestión,
así como el desarrollo de las actuaciones que se deriven de la actividad del Comité
Técnico y del Comité de Coordinación.
Asimismo, la Secretaría de PROFARMA se encargará de valorar las empresas
presentadas al programa, siguiendo los criterios incluidos en la Guía de evaluación
adoptada por el titular de la Secretaría General de Industria y de la Pequeña y Mediana
Empresa. Para la adopción de la Guía de evaluación la Secretaría General de Industria y
de la Pequeña y Mediana Empresa podrá contar con el asesoramiento técnico del
Comité de Coordinación.
En sus funciones de valoración, la Secretaría de PROFARMA solicitará a los
expertos externos los informes técnicos que estime pertinentes relativos a la actividad o
proyectos de las empresas.
Cuando las circunstancias lo aconsejen, la Secretaría efectuará las comprobaciones
que estime procedentes sobre una muestra aleatoria de las empresas presentadas a fin
de acreditar la veracidad de los datos reflejados en la documentación aportada.
La Secretaría de PROFARMA emitirá informe de valoración y propondrá al titular de
la Secretaría General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa la clasificación y
calificación de las empresas presentadas.
Cuarto. El Comité Técnico.
a) Presidente: El Subdirector General de Políticas Sectoriales Industriales.
b) Vicepresidente: Un Jefe de Departamento de la Agencia Española de
Medicamentos y Productos Sanitarios designado por la Secretaría de Estado de
Sanidad, durante la convocatoria 2021, y posteriormente un Jefe de Subdivisión de la
Agencia Estatal de Investigación designado por la Secretaría General de Investigación
durante la convocatoria 2022, que sustituirá al Presidente en caso de vacante, ausencia
o enfermedad.
c) Coordinador: Elegido por el Presidente del Comité de entre los vocales del
mismo.
d) Secretario: Un funcionario de la Subdirección General de Políticas Sectoriales
Industriales.
e) Hasta 18 vocales, designados por el titular de la Secretaría General de Industria
y de la Pequeña y Mediana Empresa, entre personas de reconocido prestigio en el
ámbito de las ciencias de la salud y de las tecnologías de producción, expertos en
distintas áreas: química, farmacología, biotecnología y productos biológicos, tecnología
farmacéutica, clínica y desarrollo. Los vocales serán propuestos, 6 por la Secretaría
General de Industria y de la PYME, 6 por la Secretaría de Estado de Sanidad y 6 por la
Secretaría General de Investigación. Cada Secretaría podrá proponer hasta un máximo
cve: BOE-A-2021-20991
Verificable en https://www.boe.es
El Comité Técnico está formado por los siguientes miembros:
Núm. 303
Lunes 20 de diciembre de 2021
Segundo.
Sec. III. Pág. 155837
Empresas destinatarias.
Podrán solicitar su inclusión en PROFARMA, las empresas del sector farmacéutico,
ubicadas en España, que fabriquen o comercialicen medicamentos de uso humano y que
realicen actividades de I+D+i farmacéutica en el territorio nacional.
Tercero.
1.
Instrumentación y estructura del Programa.
Los Comités encargados de colaborar en el programa PROFARMA son:
a) El Comité de Coordinación, constituido como órgano de asesoramiento a la
Secretaría General de Industria y de la Pequeña y Mediana empresa.
b) El Comité Técnico, formado con expertos externos, constituido como órgano de
asesoramiento a la Secretaría del programa.
2. La Secretaría de PROFARMA, formada por funcionarios de la Dirección General
de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa efectuará todas las labores de gestión,
así como el desarrollo de las actuaciones que se deriven de la actividad del Comité
Técnico y del Comité de Coordinación.
Asimismo, la Secretaría de PROFARMA se encargará de valorar las empresas
presentadas al programa, siguiendo los criterios incluidos en la Guía de evaluación
adoptada por el titular de la Secretaría General de Industria y de la Pequeña y Mediana
Empresa. Para la adopción de la Guía de evaluación la Secretaría General de Industria y
de la Pequeña y Mediana Empresa podrá contar con el asesoramiento técnico del
Comité de Coordinación.
En sus funciones de valoración, la Secretaría de PROFARMA solicitará a los
expertos externos los informes técnicos que estime pertinentes relativos a la actividad o
proyectos de las empresas.
Cuando las circunstancias lo aconsejen, la Secretaría efectuará las comprobaciones
que estime procedentes sobre una muestra aleatoria de las empresas presentadas a fin
de acreditar la veracidad de los datos reflejados en la documentación aportada.
La Secretaría de PROFARMA emitirá informe de valoración y propondrá al titular de
la Secretaría General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa la clasificación y
calificación de las empresas presentadas.
Cuarto. El Comité Técnico.
a) Presidente: El Subdirector General de Políticas Sectoriales Industriales.
b) Vicepresidente: Un Jefe de Departamento de la Agencia Española de
Medicamentos y Productos Sanitarios designado por la Secretaría de Estado de
Sanidad, durante la convocatoria 2021, y posteriormente un Jefe de Subdivisión de la
Agencia Estatal de Investigación designado por la Secretaría General de Investigación
durante la convocatoria 2022, que sustituirá al Presidente en caso de vacante, ausencia
o enfermedad.
c) Coordinador: Elegido por el Presidente del Comité de entre los vocales del
mismo.
d) Secretario: Un funcionario de la Subdirección General de Políticas Sectoriales
Industriales.
e) Hasta 18 vocales, designados por el titular de la Secretaría General de Industria
y de la Pequeña y Mediana Empresa, entre personas de reconocido prestigio en el
ámbito de las ciencias de la salud y de las tecnologías de producción, expertos en
distintas áreas: química, farmacología, biotecnología y productos biológicos, tecnología
farmacéutica, clínica y desarrollo. Los vocales serán propuestos, 6 por la Secretaría
General de Industria y de la PYME, 6 por la Secretaría de Estado de Sanidad y 6 por la
Secretaría General de Investigación. Cada Secretaría podrá proponer hasta un máximo
cve: BOE-A-2021-20991
Verificable en https://www.boe.es
El Comité Técnico está formado por los siguientes miembros: