III. Otras disposiciones. COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA COMPETENCIA. Energía eléctrica. (BOE-A-2021-21003)
Circular informativa 8/2021, de 1 de diciembre, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, de petición de información a las empresas distribuidoras de energía eléctrica para la supervisión y cálculo de la retribución de la actividad.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 303

Lunes 20 de diciembre de 2021

Sec. III. Pág. 155959

CAPÍTULO III
Declaración de información relativa a mercados atendidos
Artículo 25. Contenido y codificación de los formularios de declaración de mercados
atendidos.
La declaración de información relativa a los mercados atendidos se efectuará
anualmente en los Formularios A1, A2, A3, A4 y A5, que incluirán los suministros
atendidos por la empresa distribuidora y el punto de conexión de dichos suministros a las
instalaciones de las empresas.
La información referente a los mercados atendidos se corresponde con los siguientes
ficheros, según se detalla en el Anexo I.
Nombre fichero

Nombre descriptivo

CIRX_2021_A1_R1-XXX_AAAA.txt

Puntos de suministro atendidos a 31 de diciembre del año de referencia AAAA.

CIRX_2021_A2_R1-XXX_AAAA.txt

Generación distribuida conectada a redes a 31 de diciembre del año de referencia AAAA.

CIRX_2021_A3_R1-XXX_AAAA.txt

Crecimiento de demanda previstos a 31 de diciembre del año de referencia AAAA.

CIRX_2021_A4_R1-XXX_AAAA.txt

Conectividad cliente red a 31 de diciembre del año de referencia AAAA.

CIRX_2021_A5_R1-XXX_AAAA.txt

Energía intercambiada en los puntos frontera de la empresa distribuidora en el año AAAA.

Artículo 26.

Información sobre puntos de suministro conectados a redes.

El Formulario A1 recoge la información relativa a los puntos de suministro,
conectados a las redes de las empresas distribuidoras o que estén conectados a las
redes de transporte y que son gestionados por los distribuidores, debiéndose especificar
si se trata de puntos con autoconsumo.
En el mismo se detallan las características técnicas del punto de suministro, del
equipo de medida que presta servicio a dicho punto de suministro, si es autoconsumidor
y su tipología, las potencias y energías consumidas, el número de lecturas efectuadas,
así como el número facturas emitidas a la comercializadora, o al cliente, en caso de que
contrate sin comercializadora.
Artículo 27.

Información sobre generación distribuida conectada a redes.

El Formulario A2 recoge la información relativa a los puntos conectados a las redes
de las empresas distribuidoras cuya naturaleza exclusiva es la generación de
electricidad.
En el mismo se detallan las características técnicas del punto de generación
distribuida, junto con las características técnicas de la instalación.

El Formulario A3 recoge la información relativa a los crecimientos de demanda
previstos que van a tener que afrontar las redes de las empresas distribuidoras en los
próximos cinco años.
El formulario permite declarar tanto crecimientos agregados de demanda, como
crecimientos singulares.
La declaración de crecimientos agregados de demanda requiere obligatoriamente de
la estimación del número de suministros que van a componer dicho crecimiento.
La declaración de crecimientos singulares de demanda permite la declaración tanto
de los crecimientos horizontales singulares (donde sea necesario desarrollar red del
distribuidor para dar suministro), para los que se informará del total de potencia
solicitada, como de los crecimientos verticales singulares (donde no sea necesario

cve: BOE-A-2021-21003
Verificable en https://www.boe.es

Artículo 28. Información sobre crecimientos de demanda previstos.