III. Otras disposiciones. COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA COMPETENCIA. Energía eléctrica. (BOE-A-2021-21003)
Circular informativa 8/2021, de 1 de diciembre, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, de petición de información a las empresas distribuidoras de energía eléctrica para la supervisión y cálculo de la retribución de la actividad.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 303
Lunes 20 de diciembre de 2021
Sec. III. Pág. 155954
Artículo 20. Actuaciones consideradas como inversión de mejora y renovación a
efectos retributivos.
1. En desarrollo del criterio establecido en el artículo anterior, las actuaciones que
supongan la instalación o sustitución completa de componentes principales de la
instalación, se considerarán desembolsos capitalizables, pudiendo ser declarados como
inversiones efectuadas en el ejercicio. Para su declaración deberá seguirse, en cualquier
caso, el criterio señalado en el artículo 9 de la Circular 6/2019, de 5 de diciembre, y los
criterios adicionales establecidos en la presente circular. A estos efectos, se
considerarán componentes principales de la instalación los siguientes:
a.
En el caso de líneas o tramos:
i.
ii.
iii.
iv.
v.
vi.
Conductor/cable.
Zanja.
Apoyo.
Conjunto cadena aisladores.
Tierras (sustitución completa).
Cruceta.
b.
En el caso de Centros de Transformación:
i.
ii.
iii.
iv.
v.
Transformador.
Celdas.
Cuadro/Interruptor BT.
Envolvente.
Tierras (sustitución completa).
c.
En el caso de subestaciones:
2. Asimismo, se considerarán inversiones retribuibles, pudiendo ser declaradas
como inversiones efectuadas en el ejercicio, aquellas inversiones derivadas de
obligaciones impuestas por una administración de carácter estatal, siempre que cumplan
los criterios señalados en el artículo anterior.
3. En lo referente a las actuaciones sin afección a componentes principales de la
instalación, que estén definidas como Tipo de inversión 1, según el artículo 9 de la
Circular 6/2019, de 5 de diciembre, pero no conlleven instalación o sustitución de
componentes principales, serán consideradas como inversión o gasto en función de la
envergadura de la actuación (individual o conjunta en el caso de campañas) o del tipo
concreto de actuación a realizar. En este sentido, sólo podrán declararse como
inversiones efectuadas en el ejercicio n-2 si cumplen con los criterios generales
establecidos en el artículo anterior y siempre y cuando se produzcan mejoras técnicas,
dotación de nuevas funcionalidades o aumento de la seguridad.
cve: BOE-A-2021-21003
Verificable en https://www.boe.es
i. Máquina.
ii. Interruptores/celda.
iii. Seccionadores.
iv. Hueco posiciones/máquinas.
v. Transformadores asociados a la medida.
vi. Edificio.
vii. Autoválvulas.
viii. Transformadores de SSAA.
Núm. 303
Lunes 20 de diciembre de 2021
Sec. III. Pág. 155954
Artículo 20. Actuaciones consideradas como inversión de mejora y renovación a
efectos retributivos.
1. En desarrollo del criterio establecido en el artículo anterior, las actuaciones que
supongan la instalación o sustitución completa de componentes principales de la
instalación, se considerarán desembolsos capitalizables, pudiendo ser declarados como
inversiones efectuadas en el ejercicio. Para su declaración deberá seguirse, en cualquier
caso, el criterio señalado en el artículo 9 de la Circular 6/2019, de 5 de diciembre, y los
criterios adicionales establecidos en la presente circular. A estos efectos, se
considerarán componentes principales de la instalación los siguientes:
a.
En el caso de líneas o tramos:
i.
ii.
iii.
iv.
v.
vi.
Conductor/cable.
Zanja.
Apoyo.
Conjunto cadena aisladores.
Tierras (sustitución completa).
Cruceta.
b.
En el caso de Centros de Transformación:
i.
ii.
iii.
iv.
v.
Transformador.
Celdas.
Cuadro/Interruptor BT.
Envolvente.
Tierras (sustitución completa).
c.
En el caso de subestaciones:
2. Asimismo, se considerarán inversiones retribuibles, pudiendo ser declaradas
como inversiones efectuadas en el ejercicio, aquellas inversiones derivadas de
obligaciones impuestas por una administración de carácter estatal, siempre que cumplan
los criterios señalados en el artículo anterior.
3. En lo referente a las actuaciones sin afección a componentes principales de la
instalación, que estén definidas como Tipo de inversión 1, según el artículo 9 de la
Circular 6/2019, de 5 de diciembre, pero no conlleven instalación o sustitución de
componentes principales, serán consideradas como inversión o gasto en función de la
envergadura de la actuación (individual o conjunta en el caso de campañas) o del tipo
concreto de actuación a realizar. En este sentido, sólo podrán declararse como
inversiones efectuadas en el ejercicio n-2 si cumplen con los criterios generales
establecidos en el artículo anterior y siempre y cuando se produzcan mejoras técnicas,
dotación de nuevas funcionalidades o aumento de la seguridad.
cve: BOE-A-2021-21003
Verificable en https://www.boe.es
i. Máquina.
ii. Interruptores/celda.
iii. Seccionadores.
iv. Hueco posiciones/máquinas.
v. Transformadores asociados a la medida.
vi. Edificio.
vii. Autoválvulas.
viii. Transformadores de SSAA.