I. Disposiciones generales. COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA COMPETENCIA. Gas natural. (BOE-A-2021-20913)
Circular 9/2021, de 15 de diciembre, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se modifica la Circular 8/2019, de 12 de diciembre, por la que se establece la metodología y condiciones de acceso y asignación de capacidad en el sistema de gas natural.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 303

Lunes 20 de diciembre de 2021

Seis.

Sec. I. Pág. 155455

El apartado 1 del artículo 15 queda redactado de la siguiente manera:

«1. Los sujetos con derecho de acceso contratarán, de manera
independiente, los servicios individuales y agregados de acceso a los
almacenamientos subterráneos básicos recogidos en esta circular. La contratación
de capacidad se realizará a través de la plataforma telemática de solicitud y
contratación gestionada por el Gestor Técnico del Sistema, previa validación por el
Gestor Técnico del Sistema de que las garantías constituidas por el sujeto son
suficientes.»
Siete.

El apartado 6 del artículo 22 queda redactado de la siguiente manera:

«6. En el caso de las cisternas que suministran a redes de distribución, no
será necesario que se solicite capacidad, de conformidad con el artículo 10.4 de
esta circular. La capacidad contratada por cada usuario para atender a estos
clientes se determinará una vez se conozcan los datos relativos al reparto medio
diario del GNL cargado por el usuario en el mes y se actualizará con la mejor
información de la que se vaya disponiendo en los repartos. Los operadores de
instalaciones, en colaboración con el Gestor Técnico del Sistema, desarrollarán un
procedimiento para la programación y nominación de la carga de cisternas.»
Ocho. Se renumeran los anteriores apartados 7, 8 y 9 del artículo 22, que pasarán
a ser los nuevos apartados 8, 9 y 10 respectivamente, y se incluye un nuevo apartado 7
con la siguiente redacción:
«7. Corresponde al Gestor Técnico del Sistema, en colaboración con los
operadores de las infraestructuras gasistas, desarrollar una propuesta de
procedimiento para la ordenación de las cargas de GNL en cisternas en cada
planta de regasificación, cuyo objetivo será establecer los criterios de organización
y distribución de dichas cargas entre los distintos usuarios a lo largo del día de
gas. La propuesta será remitida a la Comisión Nacional de los Mercados y la
Competencia, anexando las respuestas recibidas durante la consulta pública y su
valoración. La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia podrá
realizar los cambios que estime oportunos sobre la propuesta con carácter previo
a su aprobación mediante resolución.»
Nueve. El apartado 1.a) del artículo 23 queda redactado de la siguiente manera:
«a) Procedimiento de periodicidad anual, en el que se ofertarán slots para los
quince años de gas siguientes. Se realizará un procedimiento de asignación de
productos anuales al año, en el mes de julio para el servicio de descarga de
buques y en el mes de septiembre para el resto de los servicios.»

«3. Tanto en los procedimientos de periodicidad anual como mensual,
cuando la suma de las solicitudes recibidas para todas las plantas sea superior al
número de slots totales ofertados en el conjunto del sistema, se aplicará un
mecanismo de mercado (subasta) que permita ajustar la demanda a la oferta.
Cuando la suma de las solicitudes recibidas para todas las plantas sea inferior o
igual al número de slots totales ofertados en el conjunto del sistema, se asignarán
directamente aquellos slots cuya demanda no supere la oferta en una planta y un
mes determinado, y aquellos para los que no haya más de una solicitud. Para el
resto de los slots se propondrá a los usuarios afectados la posibilidad de modificar
voluntariamente sus solicitudes. Si, tras ello, la demanda de slots siguiera
excediendo a la oferta en algún mes en alguna planta o hubiera más de una
solicitud para un mismo slot, se aplicará también un mecanismo de mercado
(subasta) para resolver estas situaciones.»

cve: BOE-A-2021-20913
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Diez. El apartado 3 del artículo 23 queda redactado de la siguiente manera: