I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Subvenciones. (BOE-A-2021-20879)
Real Decreto 1112/2021, de 17 de diciembre, por el que se aprueba la concesión directa a la Comunidad Autónoma de Canarias de una subvención para la financiación de actuaciones en materia de promoción del turismo y de apoyo a las pequeñas y medianas empresas en la isla de La Palma (Santa Cruz de Tenerife).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 302

Sábado 18 de diciembre de 2021

Sec. I. Pág. 155194

DISPONGO:
Artículo 1.

Objeto.

1. Este real decreto tiene por objeto regular la concesión directa a la Comunidad
Autónoma de Canarias de una subvención por importe de 17.625.000 €, con carácter
excepcional y por razones de interés público, social y económico, de acuerdo con lo
previsto en el artículo 22.2.c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, en relación con el artículo 28.2 y 3 de la misma ley, y el artículo 67 del
Reglamento de la Ley General de Subvenciones, aprobado por Real Decreto 887/2006,
de 21 de julio.
2. El objeto de las subvenciones será financiar actuaciones en la isla de La Palma
(Santa Cruz de Tenerife) en materia de promoción del turismo y de apoyo a las pequeñas
y medianas empresas.
Artículo 2. Régimen jurídico.
Esta subvención se regirá, además de por lo particularmente dispuesto en este real
decreto, y en la correspondiente resolución de concesión, por lo previsto en la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y su Reglamento de desarrollo, aprobado mediante
Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, salvo en lo que afecte a los principios de
publicidad y concurrencia; por lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; por la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y por lo previsto
en las demás disposiciones legales y reglamentarias que resulten de aplicación.
Artículo 3. Beneficiaria.
Será beneficiaria directa de la subvención regulada en este real decreto la
Comunidad Autónoma de Canarias, sin perjuicio de que ésta pueda ejecutar los
programas y proyectos objeto de la subvención por sí misma o en colaboración con otras
entidades públicas o privadas.
Artículo 4. Cuantía y actuaciones financiables.
Las actuaciones a realizar, cuyo desglose se recoge en el anexo, y su cuantía serán
las que se señalan a continuación:
a) En materia de promoción del turismo en la isla de La Palma (Santa Cruz de
Tenerife), para la ejecución de medidas dentro de un Plan especial para la recuperación
turística: 4.625.000 euros.
b) En materia de dinamización de las pequeñas y medianas empresas: 13.000.000
de euros.

Para la financiación de la subvención, se dotará la oportuna partida presupuestaria
de nueva creación en el presupuesto del ejercicio de 2021 del Ministerio de Industria,
Comercio y Turismo, que se habilitará tras la aprobación del presente real decreto, de
acuerdo con el artículo 67.4 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones
aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.

cve: BOE-A-2021-20879
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Artículo 5. Financiación.