I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Subvenciones. (BOE-A-2021-20731)
Real Decreto 1055/2021, de 30 de noviembre, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión directa de las subvenciones estatales para la renovación del parque nacional de maquinaria agraria.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 16 de diciembre de 2021

Sec. I. Pág. 154195

Directiva 2003/35/CE y se deroga la Directiva 2001/81/CE, y así como los derivados de
la Directiva 2008/50/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de mayo de 2008,
relativa a la calidad del aire y a una atmósfera más limpia en Europa, y a los relativos a
la reducción de emisiones de Gases de Efecto Invernadero de los sectores difusos, en
cumplimiento de los objetivos climáticos de España recogidos en el Reglamento (UE)
2018/842 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de mayo de 2018, sobre
reducciones anuales vinculantes de las emisiones de gases de efecto invernadero por
parte de los Estados miembros entre 2021 y 2030 que contribuyan a la acción por el
clima, con objeto de cumplir los compromisos contraídos en el marco del Acuerdo de
París, y por el que se modifica el Reglamento (UE) 525/2013, en el marco de los
objetivos fijados por la Unión Europea, que integra transversalmente la política
medioambiental en las demás políticas comunitarias, como se refleja en el Pacto Verde
Europeo.
Así mismo la Directiva (UE) 2018/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11
de diciembre de 2018, por la que se modifica la Directiva 2012/27/UE, relativa a la
eficiencia energética, a través de su artículo 7 amplía la obligación de ahorro acumulado
de uso final de la energía por parte de los Estados miembros. Este real decreto
contribuirá a alcanzar los objetivos de ahorro de uso final de la energía establecidos en
el artículo 7 de la Directiva de eficiencia energética, así como de reducción de las
emisiones de gases de efecto invernadero También contribuirá a cumplir con la
Directiva 2009/128/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de octubre de 2009,
por la que se establece el marco de la actuación comunitaria para conseguir un uso
sostenible de los plaguicidas.
En el caso concreto de la lucha contra el cambio climático, a través de este nuevo
Plan se contribuye a la medida 2.10 «Eficiencia energética en explotaciones agrarias,
comunidades de regantes y maquinaria agrícola» del Plan Nacional Integrado de Energía
y Clima (PNIEC) 2021-2030.
En definitiva, se trata de potenciar un conjunto de innovaciones en la maquinaria de
uso agrario que permitan mejorar la adaptación al entorno, la protección ambiental y la
eficacia y seguridad en la producción primaria, potenciando con ello la provisión de
bienes públicos en un sector que gestiona más de la mitad del suelo en España y es
garante del suministro de alimentos a toda la población.
Estas ayudas siguen la estela iniciada con el Real Decreto 704/2017, de 7 de julio,
por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión directa de las
subvenciones estatales para la renovación del parque nacional de maquinaria agrícola;
norma que se deroga expresamente mediante la aprobación de estas nuevas bases
reguladoras.
Estas subvenciones se encuadran en el marco de ayudas europeas para estos fines,
amparándose en el Reglamento (UE) n.º 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio
de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el
mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado.
Se prevé la concesión directa de estas ayudas, dado que, de acuerdo con el
artículo 22.2.c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones,
concurren razones de interés social y económico. Así, en estas subvenciones concurren
necesidades imperiosas que exigen una pronta respuesta de las Administraciones con el
fin de asegurar el mantenimiento de las actividades agrarias, que benefician a la
colectividad agroalimentaria y del medio rural en su conjunto y de aseguramiento de las
políticas públicas en la materia defendidas por el Ministerio de Agricultura, Pesca y
Alimentación. De esta manera, no se puede iniciar un procedimiento de concurrencia
competitiva por cuanto se trata de subvenciones medioambientales, y, donde, por lo
tanto, no cabe establecer parámetros comparativos que permitan su prelación, en aras
del interés público en la mejora del medio ambiente. Concurren, pues, en el caso de este
real decreto evidentes razones de interés público, social y económico que justifican la
concesión directa de las ayudas.

cve: BOE-A-2021-20731
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Núm. 300