III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Sector vacuno. Organizaciones interprofesionales. (BOE-A-2021-20794)
Orden APA/1406/2021, de 3 de diciembre, por la que se extiende el acuerdo de la Organización Interprofesional Agroalimentaria de la Carne de Vacuno, al conjunto del sector y se fija la aportación económica obligatoria, para realizar actividades de promoción, comunicación e imagen, así como generación de conocimiento, mejora de la competitividad y desarrollo sostenible durante cuatro años.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 300

Jueves 16 de diciembre de 2021

Sec. III. Pág. 154582

m) PROVACUNO atenderá las consultas o incidencias que se generen a lo largo
del proceso de declaraciones, facturaciones y pagos. Igualmente, atenderá consultas y
gestiones iniciales en situaciones de impagos, reclamaciones, desacuerdos u otros
posibles conflictos.
n) PROVACUNO podrá disponer de servicios jurídicos especializados con los que
subcontratará la asistencia jurídica en cualesquiera reclamaciones (judiciales y/o
extrajudiciales) relacionadas con la extensión de norma.
Artículo 6.

Destino de los recursos aportados por extensión de norma.

1. De acuerdo con lo dispuesto en la Ley 38/1994, reguladora de las
organizaciones interprofesionales agroalimentarias, los recursos generados por las
aportaciones económicas obligatorias solo podrán destinarse a realizar las actuaciones
descritas en el artículo 3 de la presente orden.
2. La distribución porcentual de los recursos económicos entre las diferentes
finalidades definidas en la extensión de norma será la siguiente:

Línea estratégica de la extensión
de norma

Promoción, comunicación e imagen.

Porcentaje respecto
al total de inversión
de la extensión
de norma

%

70

Planes de acción

Porcentaje respecto
a la inversión
en la línea estratégica
respectiva

%

Porcentaje respecto
al total de la extensión
de norma

%

Formación y comunicación.

10

7

Información e imagen.

10

7

Promoción nacional.

40

28

Promoción internacional.

40

28

Investigación, desarrollo e innovación.

75

15

Generación conocimiento.

25

5

100

10

Generación de conocimiento.

20

Gestión de la extensión de norma.

10 Gestión de la extensión de norma.

Total.

100

Artículo 7.

100

Seguimiento y control del funcionamiento de la extensión de norma.

1. El control y seguimiento de la extensión de norma se llevará a cabo a través de
la Junta Directiva de PROVACUNO, basado en criterios de eficacia y transparencia, para
lo cual pondrá en marcha la gestión de la extensión de norma en los siguientes aspectos:

2. Corresponderá a la Junta Directiva el seguimiento, vigilancia supervisión y
control general del funcionamiento de la extensión de norma: desarrollo de las
actuaciones programadas, gestión del sistema de recaudación, cumplimiento de los
objetivos y actividades incluidas en cada una de las finalidades, consecución y
valoración de los resultados alcanzados en cada actividad.
3. La Junta Directiva de PROVACUNO organizará internamente la estructura
necesaria para contar con los correspondientes sistemas de gestión y recursos,

cve: BOE-A-2021-20794
Verificable en https://www.boe.es

a) Soporte administrativo de la extensión de norma.
b) Gestión de la recaudación de la extensión de norma.
c) Gestión de los proyectos y actividades de la extensión de norma así como de la
evaluación de sus resultados.
d) Gestión de las relaciones institucionales y con sus propios socios.
e) Plan de comunicación de la extensión de norma al conjunto del sector.