I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Política de empleo. (BOE-A-2021-20632)
Resolución de 9 de diciembre de 2021, de la Secretaría de Estado de Empleo y Economía Social, por la que se publica el Acuerdo de Consejo de Ministros de 3 de diciembre de 2021, por el que se aprueba el Plan Anual de Política de Empleo para 2021, según lo establecido en el artículo 11.2 del texto refundido de la Ley de Empleo, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2015, de 23 de octubre.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 15 de diciembre de 2021
Sec. I. Pág. 153362
Este plan tiene como meta ser un referente de innovación y eficacia en las políticas
activas de empleo juvenil en territorio nacional, en combinación con otras áreas como la
educación, la inclusión social, la participación juvenil, la economía circular, o la economía
del conocimiento. Igualmente, persigue ofrecer respuestas integrales a las personas
jóvenes en su acceso al mercado de trabajo desde una perspectiva de desarrollo
sostenible y de búsqueda de la excelencia en la gestión de los servicios ofrecidos, con el
objetivo de favorecer la integración socio-económica y el desarrollo personal y social de
las personas jóvenes.
Por otra parte, como resultado del trabajo realizado con los servicios públicos de
empleo para delimitar los indicadores básicos de los Planes Anuales, se ha conseguido
avanzar en la transparencia, representatividad, precisión, viabilidad y participación de
todos los servicios públicos en su elaboración.
Dentro de las novedades que presenta el PAPE 2021, fruto de este trabajo
desarrollado en colaboración con las Comunidades Autónomas, se ha conseguido
reducir el número de indicadores respecto de los establecidos en la Estrategia,
simplificar su cálculo con la eliminación de duplicidades, priorizando el uso de aquéllos
cuya fuente sean los datos que ya se encuentran en los sistemas de información
compartidos o accesibles para todos los servicios públicos de empleo, limitándose la
utilización de información agregada declarada que no pueda ser contrastada.
Las características generales del Plan son las siguientes:
1. Luchar de manera efectiva contra la precariedad laboral. Las políticas activas de
empleo juvenil deben estar alineadas con el objetivo prioritario de la lucha contra la
precariedad y temporalidad laboral.
2. Evitar a toda costa el uso abusivo y fraudulento de becas y prácticas no
laborales.
3. Incorporar la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres,
particularmente en materia de lucha contra la segregación laboral, que debe formar parte
de la actuación de los Servicios Públicos de Empleo a todos los niveles, tanto en el
ámbito de la intermediación, como en el de la formación o el diseño y aplicación de los
programas.
4. Integrar el principio antidiscriminatorio en todas las acciones, no solo por razón
de género, sino también por edad, ideología o convicciones, discapacidad, orientación
sexual, identidad de género y características sexuales.
5. Otorgar prioridad o tratamientos específicos a los colectivos más vulnerables o
con especiales dificultades en el mundo laboral. Por ello, contempla el refuerzo de las
políticas para alcanzar a la población juvenil más vulnerable y en riesgo de exclusión, así
como a los que viven en zonas aisladas o menos pobladas, como las áreas rurales.
6. Situar a las personas jóvenes como protagonistas de su trayectoria hacia el
empleo digno por medio de itinerarios personalizados integrados en un sistema de
orientación para el empleo cualificado y estable, configurando itinerarios individualizados
que se prolongarán tanto en las etapas de empleo como de eventual desempleo.
7. Crear oportunidades de acceso a nuevos empleos en nuevos sectores, tomando
como referencia la transformación hacia un contexto verde, sostenible, colaborativo y
digital, impulsando el acceso al empleo de calidad de las personas jóvenes en sectores
emergentes como la economía digital, economía verde, o del cuidado.
8. Incrementar la cualificación de las personas jóvenes dotándolas de las
competencias profesionales requeridas por el mercado de trabajo, incrementando
sustancialmente el número de personas jóvenes con las competencias necesarias,
técnicas y profesionales, para acceder al empleo, el trabajo decente y el
emprendimiento.
9. La crisis sanitaria ha incidido en la situación del empleo de las personas y
requiere acciones específicas para ofrecer soluciones integrales que den respuesta a las
consecuencias adversas a medio y largo plazo en los planos educativo, formativo y
profesional de las personas jóvenes. La pandemia también anticipa cambios que pueden
cve: BOE-A-2021-20632
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 299
Miércoles 15 de diciembre de 2021
Sec. I. Pág. 153362
Este plan tiene como meta ser un referente de innovación y eficacia en las políticas
activas de empleo juvenil en territorio nacional, en combinación con otras áreas como la
educación, la inclusión social, la participación juvenil, la economía circular, o la economía
del conocimiento. Igualmente, persigue ofrecer respuestas integrales a las personas
jóvenes en su acceso al mercado de trabajo desde una perspectiva de desarrollo
sostenible y de búsqueda de la excelencia en la gestión de los servicios ofrecidos, con el
objetivo de favorecer la integración socio-económica y el desarrollo personal y social de
las personas jóvenes.
Por otra parte, como resultado del trabajo realizado con los servicios públicos de
empleo para delimitar los indicadores básicos de los Planes Anuales, se ha conseguido
avanzar en la transparencia, representatividad, precisión, viabilidad y participación de
todos los servicios públicos en su elaboración.
Dentro de las novedades que presenta el PAPE 2021, fruto de este trabajo
desarrollado en colaboración con las Comunidades Autónomas, se ha conseguido
reducir el número de indicadores respecto de los establecidos en la Estrategia,
simplificar su cálculo con la eliminación de duplicidades, priorizando el uso de aquéllos
cuya fuente sean los datos que ya se encuentran en los sistemas de información
compartidos o accesibles para todos los servicios públicos de empleo, limitándose la
utilización de información agregada declarada que no pueda ser contrastada.
Las características generales del Plan son las siguientes:
1. Luchar de manera efectiva contra la precariedad laboral. Las políticas activas de
empleo juvenil deben estar alineadas con el objetivo prioritario de la lucha contra la
precariedad y temporalidad laboral.
2. Evitar a toda costa el uso abusivo y fraudulento de becas y prácticas no
laborales.
3. Incorporar la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres,
particularmente en materia de lucha contra la segregación laboral, que debe formar parte
de la actuación de los Servicios Públicos de Empleo a todos los niveles, tanto en el
ámbito de la intermediación, como en el de la formación o el diseño y aplicación de los
programas.
4. Integrar el principio antidiscriminatorio en todas las acciones, no solo por razón
de género, sino también por edad, ideología o convicciones, discapacidad, orientación
sexual, identidad de género y características sexuales.
5. Otorgar prioridad o tratamientos específicos a los colectivos más vulnerables o
con especiales dificultades en el mundo laboral. Por ello, contempla el refuerzo de las
políticas para alcanzar a la población juvenil más vulnerable y en riesgo de exclusión, así
como a los que viven en zonas aisladas o menos pobladas, como las áreas rurales.
6. Situar a las personas jóvenes como protagonistas de su trayectoria hacia el
empleo digno por medio de itinerarios personalizados integrados en un sistema de
orientación para el empleo cualificado y estable, configurando itinerarios individualizados
que se prolongarán tanto en las etapas de empleo como de eventual desempleo.
7. Crear oportunidades de acceso a nuevos empleos en nuevos sectores, tomando
como referencia la transformación hacia un contexto verde, sostenible, colaborativo y
digital, impulsando el acceso al empleo de calidad de las personas jóvenes en sectores
emergentes como la economía digital, economía verde, o del cuidado.
8. Incrementar la cualificación de las personas jóvenes dotándolas de las
competencias profesionales requeridas por el mercado de trabajo, incrementando
sustancialmente el número de personas jóvenes con las competencias necesarias,
técnicas y profesionales, para acceder al empleo, el trabajo decente y el
emprendimiento.
9. La crisis sanitaria ha incidido en la situación del empleo de las personas y
requiere acciones específicas para ofrecer soluciones integrales que den respuesta a las
consecuencias adversas a medio y largo plazo en los planos educativo, formativo y
profesional de las personas jóvenes. La pandemia también anticipa cambios que pueden
cve: BOE-A-2021-20632
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Núm. 299