III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Convenios. (BOE-A-2021-20689)
Resolución 420/38438/2021, de 3 de diciembre, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con el Colegio de Ingenieros Técnicos de Obras Públicas de Castilla y León Occidental y la Confederación de Organización de Empresarios Salmantinos, para la colaboración en acciones de formación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 299

Miércoles 15 de diciembre de 2021

Segunda.

Sec. III. Pág. 153788

Aportaciones de las partes.

1. Se establecen una serie de acciones formativas detalladas en el anexo I al
presente convenio, siendo la aportación de cada una de las partes la siguiente:
1.1
a)

Por parte del Regimiento de Especialidades de Ingenieros N.º 11 (REI 11):
En relación a la realización de las prácticas:

– Ceder las instalaciones que tienen acondicionadas y que fuesen requeridas para el
desarrollo de las acciones formativas que se acuerden.
– Facilitar el acceso a las instalaciones militares de acuerdo a las condiciones que
se requieran.
– Recibir a los colegiados/estudiantes, atendiendo a la organización grupal y en las
fechas que previamente se determinen.
– Nombrar a un tutor, que será responsable de su formación durante la estancia y
realización de las prácticas.
– Facilitar a los profesores responsables que acompañan al grupo de estudiantes, el
acceso a las instalaciones de adiestramiento donde los estudiantes realizarán las prácticas.
b) En relación al perfeccionamiento de la formación del personal del REI 11:
– Solicitar la participación en cursos, seminarios, prácticas o cualquier otra actividad
que organicen tanto la Confederación de Organizaciones de Empresarios Salmantinos
(CONFAES) como el Colegio de Ingenieros Técnicos de Obras Públicas (CITOPCyL), y
hayan propuesto su intervención al REI 11.
– Notificar con antelación y en la forma requerida, el personal que asistirá a dichas
actividades.
c) En relación al número de participantes en la realización de las acciones
formativas:
– El número máximo de alumnos, vendrá definido por el aforo permitido en las
instalaciones que se desarrolle la actividad.
– La Comisión Mixta de Seguimiento fijará el número de plazas a ofertar en cada
una de las actividades de formación que se realice.
1.2 Por parte de la Confederación de Organizaciones de Empresarios Salmantinos
y el Colegio de Ingenieros Técnicos de Obras Públicas:
a)

En relación a la realización de las prácticas:

b) En relación al perfeccionamiento de la formación del personal del Mando de
Ingenieros (MING), la organización de las acciones formativas acordadas en desarrollo
del convenio:





Selección de profesorado.
Coordinación de medios para la formación.
Gestión de acción formativa.
Material didáctico, etc.

cve: BOE-A-2021-20689
Verificable en https://www.boe.es

– Facilitar, con la antelación suficiente, el listado de alumnos y profesores que
acudirán el día de las prácticas.
– Designar un responsable entre el profesorado vinculado al módulo docente de las
prácticas, el cual supervisará su ejecución y las valorará tras su finalización.
– Equipar al personal con el equipo individual de seguridad necesario para la
realización de las mismas.
– Cumplir las Normas de Régimen Interno de las Instalaciones Militares,
especialmente en lo que atañe al Plan de Seguridad.