III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE SANIDAD. Convenios. (BOE-A-2021-20719)
Resolución de 3 de diciembre de 2021, de la Secretaría de Estado de Sanidad, por la que se publica el Convenio entre la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios y la Sociedad Española de Enfermedades Infecciosas y Microbiología Clínica, por el que se canaliza la subvención nominativa establecida en los Presupuestos Generales del Estado para el año 2021, para la implementación de la normativa EUCAST a través del Comité Español de Antibiograma.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 299
Miércoles 15 de diciembre de 2021
Sec. III. Pág. 154074
Noveno.
Que en virtud de la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del
Estado para el año 2021, se incluye en los presupuestos de la AEMPS una subvención
nominativa a la Sociedad Española de Enfermedades Infecciosas y Microbiología
Clínica, por un importe máximo de sesenta y ocho mil euros (68.000 €), para la
implementación de la Normativa EUCAST a través del comité Español de Antibiograma
(COESANT).
Que de acuerdo con el artículo 28.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General
de Subvenciones, los Convenios serán el instrumento habitual para canalizar las
subvenciones previstas nominativamente en los Presupuestos Generales del Estado,
teniendo a estos efectos el carácter de base reguladora de la concesión a los efectos de
lo dispuesto en la Ley General de Subvenciones.
Este Convenio tiene por objeto canalizar dicha subvención, estableciendo el régimen
de la misma.
De conformidad con lo expuesto, y al amparo de lo dispuesto en los artículos 22.2
y 28.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así como en el
artículo 65 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba su
Reglamento, ambas entidades tienen a bien suscribir el presente Convenio de acuerdo
con las siguientes
ESTIPULACIONES
Primera.
Objeto.
El objeto del presente Convenio es la canalización de la subvención nominativa
establecida en los presupuestos de la AEMPS a favor de la SEIMC para la
implementación de la Normativa EUCAST a través del comité Español de Antibiograma
(COESANT).
El desarrollo de dichas actividades de carácter técnico atendrá a lo dispuesto en el
presente Convenio
Segunda.
Compromisos y obligaciones de la SEIMC.
La SEIMC se compromete a:
Tercera. Compromisos y obligaciones de la AEMPS.
1. La AEMPS atenderá las consultas realizadas por la SEIMC sobre cualquier
materia que interese a sus profesionales en el ámbito de las competencias de la AEMPS.
2. La AEMPS prestará al COESANT de SEIMC toda la colaboración y apoyo que
sean precisos para el mejor desarrollo y ejecución del presente Convenio, en particular
los conocimientos de la organización y los procedimientos técnicos y operativos
utilizados por la propia AEMPS.
cve: BOE-A-2021-20719
Verificable en https://www.boe.es
1. Proporcionar contenidos científicos a la web de la AEMPS relacionados con
antibiograma y colaborar en actividades formativas para los Programas de Optimización
de Uso de los Antibióticos (PROA) en el marco del PRAN.
2. Organización de reuniones científicas de carácter autonómico/regional sobre
naturaleza y actividades del COESANT y normativa de EUCAST.
3. Preparación de documentos técnicos sobre antibiograma.
4. Colaboración en la organización de red de laboratorios de apoyo a la vigilancia
de la resistencia a los antibióticos, aportando documentación sobre normativa de
antibiograma.
5. Elaboración de un catálogo de pruebas urgentes en Microbiología Clínica
(mínimos imprescindibles)
Núm. 299
Miércoles 15 de diciembre de 2021
Sec. III. Pág. 154074
Noveno.
Que en virtud de la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del
Estado para el año 2021, se incluye en los presupuestos de la AEMPS una subvención
nominativa a la Sociedad Española de Enfermedades Infecciosas y Microbiología
Clínica, por un importe máximo de sesenta y ocho mil euros (68.000 €), para la
implementación de la Normativa EUCAST a través del comité Español de Antibiograma
(COESANT).
Que de acuerdo con el artículo 28.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General
de Subvenciones, los Convenios serán el instrumento habitual para canalizar las
subvenciones previstas nominativamente en los Presupuestos Generales del Estado,
teniendo a estos efectos el carácter de base reguladora de la concesión a los efectos de
lo dispuesto en la Ley General de Subvenciones.
Este Convenio tiene por objeto canalizar dicha subvención, estableciendo el régimen
de la misma.
De conformidad con lo expuesto, y al amparo de lo dispuesto en los artículos 22.2
y 28.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así como en el
artículo 65 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba su
Reglamento, ambas entidades tienen a bien suscribir el presente Convenio de acuerdo
con las siguientes
ESTIPULACIONES
Primera.
Objeto.
El objeto del presente Convenio es la canalización de la subvención nominativa
establecida en los presupuestos de la AEMPS a favor de la SEIMC para la
implementación de la Normativa EUCAST a través del comité Español de Antibiograma
(COESANT).
El desarrollo de dichas actividades de carácter técnico atendrá a lo dispuesto en el
presente Convenio
Segunda.
Compromisos y obligaciones de la SEIMC.
La SEIMC se compromete a:
Tercera. Compromisos y obligaciones de la AEMPS.
1. La AEMPS atenderá las consultas realizadas por la SEIMC sobre cualquier
materia que interese a sus profesionales en el ámbito de las competencias de la AEMPS.
2. La AEMPS prestará al COESANT de SEIMC toda la colaboración y apoyo que
sean precisos para el mejor desarrollo y ejecución del presente Convenio, en particular
los conocimientos de la organización y los procedimientos técnicos y operativos
utilizados por la propia AEMPS.
cve: BOE-A-2021-20719
Verificable en https://www.boe.es
1. Proporcionar contenidos científicos a la web de la AEMPS relacionados con
antibiograma y colaborar en actividades formativas para los Programas de Optimización
de Uso de los Antibióticos (PROA) en el marco del PRAN.
2. Organización de reuniones científicas de carácter autonómico/regional sobre
naturaleza y actividades del COESANT y normativa de EUCAST.
3. Preparación de documentos técnicos sobre antibiograma.
4. Colaboración en la organización de red de laboratorios de apoyo a la vigilancia
de la resistencia a los antibióticos, aportando documentación sobre normativa de
antibiograma.
5. Elaboración de un catálogo de pruebas urgentes en Microbiología Clínica
(mínimos imprescindibles)