II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2021-20688)
Resolución de 29 de noviembre de 2021, de la Universidad de Valladolid, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso como personal laboral fijo, con la categoría de Auxiliar de Servicios, para personas que acrediten discapacidad intelectual.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 15 de diciembre de 2021

Sec. II.B. Pág. 153771

servicios públicos de la Universidad y se crean la Sede Electrónica y el Registro
Electrónico en la Universidad de Valladolid, se pondrán de manifiesto en el Tablón
Electrónico de Anuncios de la Sede Electrónica de la Universidad de Valladolid (Tablón
de anuncios/PAS). No obstante, cuando estas resoluciones sean publicadas en el
BOCyL, tendrán efectividad en función de la publicación en este medio.
Asimismo, a efectos informativos y con el objeto de ampliar la difusión del presente
concurso-oposición, la convocatoria, listas de admitidos y excluidos, acuerdos públicos
de los Tribunales y las resoluciones de los distintos órganos de la Universidad en
relación con el proceso selectivo, se incluirán dentro de la página Web de la Universidad
de Valladolid: www.uva.es (en sección «COMUNIDAD», «PAS», «EMPLEO PÚBLICO»,
«CONVOCATORIAS»).
5.

Procedimiento de Selección

El sistema de selección de los aspirantes será el de concurso-oposición.
5.1 Fase de Oposición: consistirá en la realización de dos ejercicios, ambos de
carácter eliminatorio. Las características de estos ejercicios y su valoración están
reflejadas en el Anexo I de la presente resolución.
En el Anexo II de esta convocatoria se establece el programa con los contenidos
temáticos que serán objeto de las pruebas que se desarrollen en esta fase. Para facilitar
su preparación, los aspirantes dispondrán del desarrollo de estos contenidos en la
página Web de la Universidad de Valladolid: www.uva.es (en sección «COMUNIDAD»,
«PAS», «EMPLEO PÚBLICO», «CONVOCATORIAS», «CONVOCATORIA PAS
LABORAL»).
5.2 Fase de Concurso
5.2.1 Finalizada la Fase de Oposición tendrá lugar la Fase de Concurso. Tan solo
participarán en esta Fase aquellos aspirantes que hayan superado la Fase de Oposición.
En ningún caso, los puntos obtenidos en esta Fase podrán ser computados para superar
la prueba que se haya realizado en la Fase de Oposición. La valoración de los méritos a
esta Fase que figuran en el Anexo I de la presente convocatoria, no podrá superar
el 20% de la puntuación máxima total del concurso-oposición.
5.2.2 Para que el Tribunal pueda valorar estos méritos, salvo en los supuestos
establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, en adelante –LPACAP–, será requisito
necesario e imprescindible que los aspirantes aporten justificación documental
acreditativa de todos y cada uno de estos méritos, salvo aquellos que obren en poder de
la UVa, los cuales deberán ser, en todo caso, alegados por el aspirante.
Su presentación tendrá lugar en las oficinas de asistencia en materia de registro de
la UVa o en los lugares establecidos en el artículo 16,4 de la LPACAP. Estos documentos
justificativos deberán ser aportados en el plazo improrrogable de diez días hábiles
contados a partir del siguiente al de la publicación de la lista de aprobados de la Fase de
Oposición a que hace referencia la base 9.2 y se adjuntarán precedidos de la carátula
que aparece como Anexo IV de esta convocatoria y que sirve como identificativo de la
documentación que cada aspirante entrega.
5.2.3 La posesión de los méritos alegados se justificará con aquellos documentos
que estén establecidos oficialmente a tal fin (certificaciones, títulos, diplomas, etc.).
A estos efectos, de conformidad en el artículo 28.5 de la LPACAP, y en aras a una
mayor garantía del procedimiento en esta fase de concurso, para los méritos que no
hayan de ser acreditados con documentos originales, la documentación justificativa

cve: BOE-A-2021-20688
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Núm. 299