III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2021-20700)
Resolución de 2 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el VI Convenio colectivo para la acuicultura marina nacional.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 299

Miércoles 15 de diciembre de 2021

Sec. III. Pág. 153899

Personal Envasador-clasificador: Es quien, teniendo los conocimientos técnicos de
los productos desarrollados (especies, calidades, etc.) y siendo reconocidos por la
empresa, los práctica y aplica con capacidad y celo demostrado y que no solo le permite
llevar a cabo los trabajos generales del mismo sino aquellos otros que suponga especial
empeño y delicadeza, encontrándose capacitado para clasificar y corregir pequeñas
deficiencias, teniendo como función principal la clasificación y envasado de los peces,
valiéndose de los distintos medios habilitados para tal fin, peso, máquina de hielo, y
útiles para su realización.
Personal Guarda vigilante, portería, vigilantes de mar: Es quien, tiene las funciones
principales de velar por el orden de las instalaciones, equipos y materias primas, que
carece de título de vigilante jurado y tiene la formación básica adecuada para la
realización y colaboración en las funciones básicas y auxiliares propias de la actividad de
la Empresa (como tareas relativas a la alimentación o retirada de bajas, pesca, medición
de parámetros de oxigeno etc. en tanques de cultivos e instalaciones, etc.) que se le
encomienden y para las que haya sido oportunamente instruido.
Personal de peonaje: Es quien, ejecuta labores para cuya realización solamente se
requiere de la aportación de su atención y esfuerzo físico sin exigencia de práctica
operativa previa.
Personal de limpieza: Es quien se encarga de realizar los servicios de aseo en
general y de la limpieza y cuidados de las instalaciones de la empresa.
Grupo 5.º

Mantenimiento.

Personal Técnico de mantenimiento: Es quien, poseyendo el título universitario o de
Formación Profesional de grado superior, o su equivalente en los conocimientos técnicoprácticos necesarios, y con la debida responsabilidad, tiene mando directo sobre los
profesionales encuadrados, proyecta el mantenimiento y conservación, garantizando su
cumplimiento, distribuye y organiza el trabajo vigilando el buen funcionamiento,
conservación y reparación de maquinaria e instalaciones.
Personal Maquinista-conductor: Es quien, poseyendo el carné profesional que lo
capacita para el desarrollo, de la actividad operativa de la conducción de vehículos de
los denominados industriales, bien sean estas maquinarias de las denominadas de obra
pública o camiones de medio y alto tonelaje, realiza su labor con capacidad y perfección,
siendo a la vez responsable de la custodia y cuidado de la mercancía que transporta.
Personal Oficial mantenimiento de 1.ª: Es quien, poseyendo uno de los oficios de los
denominados clásicos, lo práctica en tal grado de perfección que no solo le permite llevar
a cabo los trabajos más generales del mismo, sino aquellos otros que suponen especial
habilidad y destreza.
Personal Oficial mantenimiento de 2.ª: Es quien, estando a las órdenes de sus
superiores, desempeña funciones concretas y determinadas para las que se requiere
cierta práctica operatoria junto a unos conocimientos teóricos previos.
Personal Auxiliar mantenimiento: Es quien desarrolla actividad auxiliar y de bajo
conocimiento, para funciones concretas y determinadas, y que requieren alguna práctica
operativa y que a su vez auxilia en trabajos a los oficiales de mantenimiento, pudiendo
así mismo desarrollar ciertos trabajos de baja especialización.
Personal de Almacén: Es quien, se encarga de las labores específicas necesarias
para el buen funcionamiento del almacén, llevando el control de las mercancías, útiles y
herramientas depositadas, procurando en todo momento que el suministro de los
materiales necesarios sea el adecuado.

cve: BOE-A-2021-20700
Verificable en https://www.boe.es

Pertenecen a este grupo aquellas personas que, poseyendo titulación de Formación
Profesional en cualquiera de sus grados, o conocimientos equivalentes reconocidos por
la empresa con especialización específica del desarrollo de su trabajo, se dedican al
mantenimiento y conservación, tanto de instalaciones como de maquinaria de
producción, enseres y herramientas.
Se establecen los siguientes niveles dentro del grupo: