III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Comunidad Autónoma de Extremadura. Convenio. (BOE-A-2021-20712)
Resolución de 10 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Biodiversidad, Bosques y Desertificación, por la que se publica el Convenio con la Junta de Extremadura, para la mejora y conservación de recursos genéticos forestales y la producción y suministro de material forestal de reproducción.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 299
Miércoles 15 de diciembre de 2021
Sec. III. Pág. 154012
Además de lo anterior, en el citado Real Decreto 500/2020, de 28 de abril, se
atribuye a la Dirección General de Biodiversidad, Bosques y Desertificación la aplicación
y seguimiento de la Estrategia Española para la Conservación y el Uso Sostenible de los
Recursos Genéticos Forestales (en adelante ERGF) en colaboración con el Ministerio de
Agricultura, Pesca y Alimentación y las comunidades autónomas.
Por otra parte, la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y la
Biodiversidad, modificada por la Ley 33/2015, de 21 de septiembre, tiene como objeto la
conservación, uso sostenible, mejora y restauración del patrimonio natural y de la
biodiversidad, que queda definida incluyendo explícitamente la diversidad genética
intraespecífica (... comprende la diversidad dentro de cada especie, entre las especies y
de los ecosistemas). Con objeto de preservar el patrimonio genético y biológico de las
especies silvestres y de integrar en los programas de conservación las operaciones ex
situ e in situ, la ley establece que las Administraciones Públicas promoverán la existencia
de una red de bancos de material genético y biológico de especies silvestres.
Segundo.
De acuerdo con lo dispuesto en el Decreto 87/2019, de 2 de agosto, por el que se
establece la estructura orgánica básica de la administración de la Comunidad Autónoma
de Extremadura, modificado por Decreto 164/2019, de 29 de octubre, por el que se
establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural,
Población y Territorio y bajo el órgano directivo de la Dirección General de Política
Forestal, es a quién corresponde la competencia y funciones en materia de medio
natural en el marco de las competencias atribuidas a la comunidad autónoma y, en
concreto, en su artículo 5, letra a) cita textualmente «La promoción, ejecución y control
en materia de la gestión de la riqueza y potencial forestal y sus aprovechamientos».
Entre tales funciones, y de acuerdo con el artículo 279 de la Ley 6/2015, de 24 de
marzo, Agraria de Extremadura, la Administración autonómica con competencias en
materia forestal colaborará con el Ministerio con competencias en la materia para
elaborar los programas de mejora genética y conservación de los recursos genéticos
forestales.
El Plan Forestal Español, aprobado por Acuerdo del Consejo de Ministros de 5 de
julio de 2002, establece como uno de sus pilares básicos la colaboración de la
Administración General del Estado con las Comunidades Autónomas, de forma que
establezcan mecanismos y procedimientos de coordinación que faciliten la puesta en
práctica de las políticas forestales y su coherencia.
Dentro de este contexto, la ERGF, entre sus objetivos incluye el de «Promover la
cooperación entre Comunidades Autónomas y la Administración General del Estado para
el intercambio de información, para la coordinación de actividades de mejora y
conservación, y para la definición y ejecución de planes y programas nacionales».
El Plan Forestal de Extremadura, marco básico de la gestión del medio natural en
esta comunidad autónoma, propone como actuación prioritaria el desarrollo del
Programa Estratégico de Conservación de la Biodiversidad y del Patrimonio Natural,
concretamente el desarrollo del Subprograma Estratégico de Conservación y mejora de
recursos genéticos ex situ e in situ. Creando con ello, la «Red Regional de Recursos
Genéticos», integrada en la Red Nacional, que coordinará el funcionamiento de centros,
colecciones, bancos y huertos semilleros presentes en Extremadura.
El Comité para la mejora y conservación de recursos genéticos forestales, tiene
como finalidad la coordinación, para el desarrollo, ejecución y seguimiento de la
producción y comercialización de materiales forestales de reproducción, entre los
órganos competentes de la Administración General del Estado y las Comunidades
Autónomas, según el artículo 5.1.e) del Real Decreto 1424/2008, de 14 de agosto, por el
que se determina la composición y funciones de la Comisión Estatal para el Patrimonio
cve: BOE-A-2021-20712
Verificable en https://www.boe.es
Tercero.
Núm. 299
Miércoles 15 de diciembre de 2021
Sec. III. Pág. 154012
Además de lo anterior, en el citado Real Decreto 500/2020, de 28 de abril, se
atribuye a la Dirección General de Biodiversidad, Bosques y Desertificación la aplicación
y seguimiento de la Estrategia Española para la Conservación y el Uso Sostenible de los
Recursos Genéticos Forestales (en adelante ERGF) en colaboración con el Ministerio de
Agricultura, Pesca y Alimentación y las comunidades autónomas.
Por otra parte, la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y la
Biodiversidad, modificada por la Ley 33/2015, de 21 de septiembre, tiene como objeto la
conservación, uso sostenible, mejora y restauración del patrimonio natural y de la
biodiversidad, que queda definida incluyendo explícitamente la diversidad genética
intraespecífica (... comprende la diversidad dentro de cada especie, entre las especies y
de los ecosistemas). Con objeto de preservar el patrimonio genético y biológico de las
especies silvestres y de integrar en los programas de conservación las operaciones ex
situ e in situ, la ley establece que las Administraciones Públicas promoverán la existencia
de una red de bancos de material genético y biológico de especies silvestres.
Segundo.
De acuerdo con lo dispuesto en el Decreto 87/2019, de 2 de agosto, por el que se
establece la estructura orgánica básica de la administración de la Comunidad Autónoma
de Extremadura, modificado por Decreto 164/2019, de 29 de octubre, por el que se
establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural,
Población y Territorio y bajo el órgano directivo de la Dirección General de Política
Forestal, es a quién corresponde la competencia y funciones en materia de medio
natural en el marco de las competencias atribuidas a la comunidad autónoma y, en
concreto, en su artículo 5, letra a) cita textualmente «La promoción, ejecución y control
en materia de la gestión de la riqueza y potencial forestal y sus aprovechamientos».
Entre tales funciones, y de acuerdo con el artículo 279 de la Ley 6/2015, de 24 de
marzo, Agraria de Extremadura, la Administración autonómica con competencias en
materia forestal colaborará con el Ministerio con competencias en la materia para
elaborar los programas de mejora genética y conservación de los recursos genéticos
forestales.
El Plan Forestal Español, aprobado por Acuerdo del Consejo de Ministros de 5 de
julio de 2002, establece como uno de sus pilares básicos la colaboración de la
Administración General del Estado con las Comunidades Autónomas, de forma que
establezcan mecanismos y procedimientos de coordinación que faciliten la puesta en
práctica de las políticas forestales y su coherencia.
Dentro de este contexto, la ERGF, entre sus objetivos incluye el de «Promover la
cooperación entre Comunidades Autónomas y la Administración General del Estado para
el intercambio de información, para la coordinación de actividades de mejora y
conservación, y para la definición y ejecución de planes y programas nacionales».
El Plan Forestal de Extremadura, marco básico de la gestión del medio natural en
esta comunidad autónoma, propone como actuación prioritaria el desarrollo del
Programa Estratégico de Conservación de la Biodiversidad y del Patrimonio Natural,
concretamente el desarrollo del Subprograma Estratégico de Conservación y mejora de
recursos genéticos ex situ e in situ. Creando con ello, la «Red Regional de Recursos
Genéticos», integrada en la Red Nacional, que coordinará el funcionamiento de centros,
colecciones, bancos y huertos semilleros presentes en Extremadura.
El Comité para la mejora y conservación de recursos genéticos forestales, tiene
como finalidad la coordinación, para el desarrollo, ejecución y seguimiento de la
producción y comercialización de materiales forestales de reproducción, entre los
órganos competentes de la Administración General del Estado y las Comunidades
Autónomas, según el artículo 5.1.e) del Real Decreto 1424/2008, de 14 de agosto, por el
que se determina la composición y funciones de la Comisión Estatal para el Patrimonio
cve: BOE-A-2021-20712
Verificable en https://www.boe.es
Tercero.