I. Disposiciones generales. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Subvenciones. (BOE-A-2021-20638)
Real Decreto 1105/2021, de 14 de diciembre, por el que se regula la concesión directa de subvenciones en el ámbito de la transición ecológica para actividades de interés general consideradas de interés social, financiadas con cargo a la cuota íntegra del Impuesto sobre Sociedades, prevista en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 15 de diciembre de 2021
Sec. I. Pág. 153630
g. Número de indicadores relativos a personas físicas que se han desagregado por
sexo en la documentación generada por la actividad subvencionada (y porcentaje sobre
el total).
h. Número de contratos realizados basados en el Plan de Contratación Pública
Ecológica (y porcentaje sobre el total).
i. Número de contratos realizados que han incluido cláusulas sociales de igualdad
de género (y porcentaje sobre el total).
j. Localidades y/o espacios naturales beneficiados por las actividades.
k. Número de reuniones en los órganos colegiados de la AGE.
l. Número de alegaciones presentadas.
9.º La memoria detallará los avances cuantitativos y cualitativos conseguidos en
materia de igualdad de género a través de la actividad subvencionada y cómo se han
logrado dichos avances, así como las lecciones aprendidas y recomendaciones al
respecto.
10.º Análisis de las desviaciones, en su caso, producidas entre los resultados
obtenidos y los objetivos de previstos.
11.º Conclusiones tras la realización de la actividad.
12.º En esta memoria se debe especificar explícitamente dónde y cómo se han
incorporado la publicidad de la financiación del Ministerio para la Transición Ecológica y
el Reto Demográfico.
13.º Tal y como establece la Ley 18/2015, de 9 de julio, por la que se modifica la
Ley 37/2007, de 16 de noviembre, sobre reutilización de la información del sector
público, la información que generan las administraciones públicas y los organismos del
sector público constituye un importante recurso para promover la economía del
conocimiento. De este modo, la reutilización y la puesta a disposición de la información
del sector público con fines privados o comerciales favorecen la circulación de
información hacia los agentes económicos y la ciudadanía con el fin de fomentar el
crecimiento económico, el compromiso social y la transparencia.
Por ello, toda la información técnica y el material audiovisual derivado de los
proyectos financiados, deberá ser facilitada en formatos reutilizables al Ministerio para la
Transición Ecológica y el Reto Demográfico. En particular, la información susceptible de
ser incorporada al Inventario Español del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad
(IEPNB) seguirá las especificaciones técnicas establecidas en el siguiente enlace:
https://www.miteco.gob.es/es/biodiversidad/servicios/banco-datos-naturaleza/
informacion-disponible/BDN_Documentacion.aspx)
b) Una memoria económica justificativa abreviada, que incorporará como mínimo
los siguientes documentos:
1.º Certificación en la que expresen las subvenciones o ayudas percibidas para la
misma finalidad.
2.º Estado representativo de los gastos incurridos en la realización de cada uno de
los proyectos subvencionados, debidamente agrupados y, en su caso, las cantidades
inicialmente presupuestadas y las desviaciones acaecidas.
3.º Una relación clasificada por cada concepto de gasto autorizado, diferenciando
los gastos corrientes de los gastos de inversión, con identificación de la persona
acreedora y del documento, su importe, fecha de emisión y, en su caso, fecha de pago,
conforme con la clasificación de gastos descrita. Relación detallada y totalizada de todos
los gastos en que se haya incurrido, con expresión en cada caso de base imponible, tipo
de impuesto y porcentaje aplicado, y total de factura, así como la verificación del
cumplimiento por parte de las personas beneficiarias de los límites impuestos por el Real
Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio y la
verificación del cumplimiento del artículo 29 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y el
artículo 68 de su reglamento.
cve: BOE-A-2021-20638
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 299
Miércoles 15 de diciembre de 2021
Sec. I. Pág. 153630
g. Número de indicadores relativos a personas físicas que se han desagregado por
sexo en la documentación generada por la actividad subvencionada (y porcentaje sobre
el total).
h. Número de contratos realizados basados en el Plan de Contratación Pública
Ecológica (y porcentaje sobre el total).
i. Número de contratos realizados que han incluido cláusulas sociales de igualdad
de género (y porcentaje sobre el total).
j. Localidades y/o espacios naturales beneficiados por las actividades.
k. Número de reuniones en los órganos colegiados de la AGE.
l. Número de alegaciones presentadas.
9.º La memoria detallará los avances cuantitativos y cualitativos conseguidos en
materia de igualdad de género a través de la actividad subvencionada y cómo se han
logrado dichos avances, así como las lecciones aprendidas y recomendaciones al
respecto.
10.º Análisis de las desviaciones, en su caso, producidas entre los resultados
obtenidos y los objetivos de previstos.
11.º Conclusiones tras la realización de la actividad.
12.º En esta memoria se debe especificar explícitamente dónde y cómo se han
incorporado la publicidad de la financiación del Ministerio para la Transición Ecológica y
el Reto Demográfico.
13.º Tal y como establece la Ley 18/2015, de 9 de julio, por la que se modifica la
Ley 37/2007, de 16 de noviembre, sobre reutilización de la información del sector
público, la información que generan las administraciones públicas y los organismos del
sector público constituye un importante recurso para promover la economía del
conocimiento. De este modo, la reutilización y la puesta a disposición de la información
del sector público con fines privados o comerciales favorecen la circulación de
información hacia los agentes económicos y la ciudadanía con el fin de fomentar el
crecimiento económico, el compromiso social y la transparencia.
Por ello, toda la información técnica y el material audiovisual derivado de los
proyectos financiados, deberá ser facilitada en formatos reutilizables al Ministerio para la
Transición Ecológica y el Reto Demográfico. En particular, la información susceptible de
ser incorporada al Inventario Español del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad
(IEPNB) seguirá las especificaciones técnicas establecidas en el siguiente enlace:
https://www.miteco.gob.es/es/biodiversidad/servicios/banco-datos-naturaleza/
informacion-disponible/BDN_Documentacion.aspx)
b) Una memoria económica justificativa abreviada, que incorporará como mínimo
los siguientes documentos:
1.º Certificación en la que expresen las subvenciones o ayudas percibidas para la
misma finalidad.
2.º Estado representativo de los gastos incurridos en la realización de cada uno de
los proyectos subvencionados, debidamente agrupados y, en su caso, las cantidades
inicialmente presupuestadas y las desviaciones acaecidas.
3.º Una relación clasificada por cada concepto de gasto autorizado, diferenciando
los gastos corrientes de los gastos de inversión, con identificación de la persona
acreedora y del documento, su importe, fecha de emisión y, en su caso, fecha de pago,
conforme con la clasificación de gastos descrita. Relación detallada y totalizada de todos
los gastos en que se haya incurrido, con expresión en cada caso de base imponible, tipo
de impuesto y porcentaje aplicado, y total de factura, así como la verificación del
cumplimiento por parte de las personas beneficiarias de los límites impuestos por el Real
Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio y la
verificación del cumplimiento del artículo 29 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y el
artículo 68 de su reglamento.
cve: BOE-A-2021-20638
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 299