III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Convenios. (BOE-A-2021-20615)
Resolución 420/38437/2021, de 3 de diciembre, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con Iberdrola, SA, para el desarrollo de actividades de formación, investigación y difusión durante el curso académico 2021-2022.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 298

Martes 14 de diciembre de 2021

Sec. III. Pág. 153147

gestionar la relación que se describe en el Convenio. Las partes intervinientes y, en su
caso la encargada, del tratamiento de los datos personales se abstendrán de hacer
ningún tipo de tratamiento de los datos personales que no sea estrictamente necesario
para el cumplimiento de los fines de este Convenio. Los titulares de los datos personales
podrán ejercitar ante los responsables o, en su caso el encargado, del tratamiento de
datos personales los derechos de acceso, rectificación, supresión y portabilidad de los
datos personales, y de limitación u oposición al tratamiento de los datos personales.
La documentación de cada actividad que se realice al amparo de este Convenio
incluirá la oportuna cláusula del tratamiento de datos personales, con especificación de
los puntos legalmente exigibles.
Si las partes intervinientes en el Convenio o, en su caso, el encargado del
tratamiento de los datos personales destinasen los datos personales obtenidos a
consecuencia del Convenio a otra finalidad, los comunicasen o utilizasen incumpliendo lo
estipulado en el Convenio y/o en la normativa de protección de datos personales, cada
una de las partes intervinientes o, en su caso, la encargada del tratamiento responderán
de las responsabilidades que deriven de los daños y perjuicios que se causen, a fin de
garantizar al perjudicado la indemnización efectiva, todo ello sin perjuicio de lo que se
encuentra establecido en el artículo 82.5 del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento
Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016.
Las garantías que, en orden a los datos personales, se establecen tendrán validez
durante la vigencia de este Convenio y de sus prórrogas.
Ninguna de las partes podrá hacer uso de la titularidad de los resultados obtenidos
para su posterior difusión y la subsiguiente determinación de su titularidad intelectual, sin
previa autorización por escrito de ambas partes, sin perjuicio de que las mismas puedan
hacer referencia y mencionarlos en su información corporativa y de responsabilidad
social, todo ello con arreglo al artículo 49.c) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
Las obligaciones de confidencialidad y titularidad establecidas en esta cláusula
tendrán validez durante la vigencia de este Convenio y una vez terminada esta.
Undécima.

Cláusula ética.

El CESEDEN conoce y comparte los principios éticos y de responsabilidad social de
Iberdrola, que forman parte del Sistema de gobernanza y sostenibilidad del grupo, y se
compromete a respetar la legalidad vigente en el ámbito de la colaboración a que este
Convenio se refiere. Tendrá también en cuenta lo expresado en la cláusula décima del
Convenio con Iberdrola, de 19 de noviembre de 2019.
El MINISDEF se asegurará de que los entes a través de los cuales se desarrollen las
actividades reciben y destinan las cantidades recibidas al cumplimiento de los fines
legítimos objeto de este Convenio.
Ley aplicable y jurisdicción competente.

Este Convenio tiene naturaleza administrativa, rigiéndose por lo dispuesto en el título
preliminar, capítulo VI, de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
Las cuestiones litigiosas que pudieran surgir entre las partes como consecuencia de
la ejecución del Convenio o por incumplimiento de las obligaciones y compromisos
asumidos, deberán solventase por mutuo acuerdo de las mismas en el seno de la
comisión mixta, las cuestiones litigiosas que no puedan solventarse de esta forma se
someterán al orden jurisdiccional contencioso-administrativo.
Las partes se comprometen a llevar a cabo sus mejores esfuerzos para lograr la
resolución de cualquier conflicto, o diferencia que pudiera surgir, en la interpretación o
ejecución del Convenio de manera amistosa.

cve: BOE-A-2021-20615
Verificable en https://www.boe.es

Duodécima.