III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Convenios. (BOE-A-2021-20615)
Resolución 420/38437/2021, de 3 de diciembre, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con Iberdrola, SA, para el desarrollo de actividades de formación, investigación y difusión durante el curso académico 2021-2022.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 298

Martes 14 de diciembre de 2021

Decimotercera.

Sec. III. Pág. 153148

Causas de extinción y sus efectos.

Son causas de extinción de este Convenio las establecidas en el artículo 51 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre.
La colaboración objeto de este Convenio estará siempre supeditada a las
necesidades de la Defensa Nacional y, en particular, a las del Ministerio de Defensa y a
las misiones que tiene encomendadas, de cualquier índole. Surgida tal necesidad, el
Convenio quedará suspendido o, en su caso extinguido sin que sea preciso aviso o
denuncia previa. Iberdrola no tendrá derecho a reclamación, indemnización o
compensación alguna.
Además, serán causas de extinción la falta de disponibilidad presupuestaria y el
incumplimiento por alguna de las partes de cualquiera de las clausulas reflejadas en este
Convenio.
En caso de finalización anticipada del Convenio, si existen actuaciones en curso de
ejecución, las partes, a propuesta de la comisión mixta de seguimiento, podrán acordar
la continuación y finalización de las actuaciones en curso, estableciendo un plazo
improrrogable para su finalización.
Los compromisos financieros se entenderán cumplidos cuando su objeto se haya
realizado en los términos y a satisfacción de ambas partes, de acuerdo con sus
respectivas competencias, de conformidad con lo establecido en el artículo 52 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre.
El cumplimiento y la resolución del Convenio, dará lugar a la liquidación del mismo,
con arreglo al artículo 52.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre. El cese anticipado de la
vigencia del Convenio no originará ninguna obligación de contraprestación entre las
partes, salvo la liquidación de las obligaciones pendientes, de acuerdo con el citado
artículo 52.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
Las partes reconocen que la relación de confianza inherente a este Convenio ha sido
esencial para su celebración.

cve: BOE-A-2021-20615
Verificable en https://www.boe.es

Y en prueba de conformidad de cuanto antecede, firman el presente Convenio en
dos ejemplares originales, igualmente válidos, en el lugar y fecha, arriba indicados.–Por
el Ministerio de Defensa, el Jefe de Estado Mayor de la Defensa, Teodoro Esteban López
Calderón.–Por Iberdrola, SA, el Presidente y Consejero Delegado, José Ignacio
Sánchez Galán.

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X