III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Actividades formativas. (BOE-A-2021-20613)
Resolución de 3 de diciembre de 2021, de la Dirección de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, por la que se convoca a entidades públicas españolas a participar en un proceso de selección de propuestas de programaciones de capacitación técnica e innovación del Plan Intercoonecta.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 298

Martes 14 de diciembre de 2021

Sec. III. Pág. 153131

4.3 Fase de ejecución de programaciones: una vez publicada la relación de
programaciones aprobadas, las entidades presentarán en la AECID en la forma y plazos
indicados en el apartado 8, un documento de formulación de actividad, programa y
documentación de apoyo, por cada una de las actividades que componen la
programación. Las entidades llevarán a cabo la ejecución del ciclo de gestión de las
programaciones.
5.

Obligaciones de la AECID y las entidades participantes en el desarrollo
de las programaciones

Al objeto de articular la colaboración entre la AECID y las entidades participantes en
esta convocatoria, se indican a continuación las normas que regirán la actuación de cada
una de las partes para la realización de las programaciones:
5.1

Las entidades participantes llevarán a cabo:

a) La presentación de propuestas preliminares de programación (documento de
ficha de concepto) acorde a los criterios expuestos en esta convocatoria, según forma y
plazo que se indican en el apartado 6.
b) La colaboración con el equipo técnico designado por la AECID para el diseño y
formulación de la programación definitiva durante la fase de cocreación.
c) La presentación del documento de formulación de la programación que resulte
de la fase de cocreación a efectos de su aprobación por parte de la AECID.
d) La ejecución del ciclo completo de gestión de la programación, que incluye para
cada actividad:

e) El mantenimiento de una comunicación fluida con la AECID a través de la
persona coordinadora de la programación.
f) La selección definitiva del equipo de diseñadores, expertos, profesores, docentes,
coordinadores, gestores y todas las personas que participen en la ejecución de las
actividades.
g) Las funciones y tareas de coordinación y gestión de las actividades que se
realizarán en la plataforma virtual de Intercoonecta, tales como la gestión de
candidaturas, la evaluación de los participantes y la incorporación de documentación.
h) Las funciones y tareas de comunicación, en coordinación con la AECID, propias
de las actividades tales como la difusión de las convocatorias a las instituciones
homólogas de la región, la producción o difusión de productos de comunicación.
i) La publicación y difusión de las convocatorias de actividades con un mínimo de
tres meses previos a su realización.
j) La identificación y selección, en colaboración con la AECID, de las personas que
participen en las actividades de capacitación técnica y actividades de innovación. La
selección de los participantes deberá comunicarse a los interesados al menos un mes
antes del comienzo de cada actividad.
k) La comunicación a la AECID de la cancelación o aplazamiento de una actividad
con al menos un mes de antelación a la fecha de inicio programada y, en cualquier caso,
con anterioridad a la comunicación de la selección de los participantes.

cve: BOE-A-2021-20613
Verificable en https://www.boe.es

1.º diseño y formulación de cada actividad (de acuerdo con el documento de
formulación de actividad), con el establecimiento de objetivos de conocimiento, de la
metodología y contenidos, materiales formativos y formatos de aprendizaje e innovación;
2.º la planificación, incluyendo los recursos (financieros, humanos y técnicos)
necesarios y el cronograma;
3.º la realización a través de la plataforma virtual de Intercoonecta;
4.º el seguimiento y la evaluación de su calidad e impacto.