III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES Y AGENDA 2030. Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. Convenio. (BOE-A-2021-20624)
Resolución de 19 de noviembre de 2021, de la Secretaría de Estado de Derechos Sociales, por la que se publica el Convenio con la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, para la ejecución de proyectos con cargo a los fondos europeos procedentes del Mecanismo para la Recuperación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 298
Martes 14 de diciembre de 2021
PROYECTO Nº:1
b) Evidencia, análisis y
datos que motiven la
necesidad de la
inversión
NOMBRE DEL
PROYECTO:PROYECTO
EXPERIMENTAL PARA LA
CREACION DE UNA RED
ATENCION A FAMILIAS CON
MENORES EN RIESGO DE
DESPROTECCIÓN
Sec. III. Pág. 153216
LÍNEAS:C22.I2
La Consejería de Mujer, Igualdad, LGTBI, Familias y Política Social, a través de la
Dirección General de Familias y Protección de Menores, tiene entre sus competencias el
impulso de actuaciones tendentes a la promoción y protección de la familia, entre las que
se encuentra la ejecución de programas de prevención de riesgos y dificultad social en el
medio familiar,
La Ley 26/2015, de 28 de julio, de Modificación del Sistema de Protección a la
Infancia y a la Adolescencia, se refiere a la Situación de Riesgo considerándola “aquella en
la que, a causa de circunstancias, carencias o conflictos familiares, sociales o educativos,
el menor se vea perjudicado en su desarrollo personal, familiar, social o educativo, en su
bienestar o en sus derechos de forma que, sin alcanzar la entidad, intensidad o persistencia
que fundamentarían su declaración de situación de desamparo y la asunción de la tutela
por ministerio de la ley, sea precisa la intervención de la administración pública
competente, para eliminar, reducir o compensar las dificultades o inadaptación que le
afectan y evitar su desamparo y exclusión social, sin tener que ser separado de su entorno
familiar. …”.
Mediante la reforma del artículo 17, incorporada en la Ley 26/2015, se desarrolla
de forma integral esta figura y las actuaciones que proceden ante su apreciación,
destacando que “La intervención adecuada para paliar e intervenir en las situaciones de
riesgo en que puedan encontrarse los menores se torna de capital importancia para
preservar su superior interés, evitando en muchos casos que la situación se agrave, y que
deban adoptarse decisiones mucho más traumáticas y de mayor coste individual,
familiar y social, como la separación del menor de su familia”. También resulta de interés
lo señalado en el apartado 3 del citado artículo, en cuanto a la necesaria coordinación de
los distintos sistemas de protección social: “… 3. La intervención en la situación de riesgo
corresponde a la administración pública competente conforme a lo dispuesto en la
legislación estatal y autonómica aplicable, en coordinación con los centros escolares y
servicios sociales y sanitarios y, en su caso, con las entidades colaboradoras del respectivo
ámbito territorial o cualesquiera otras”.
c) Colectivo objetivo
de la inversión
El colectivo objetivo de la inversión es la infancia en riesgo de desprotección de la Región
de Murcia y sus familias
d) Implementación de
la inversión
Implementación de un programa integral de introducción de nuevas tecnologías en el
sistema de atención a la infancia en riesgo de desprotección.
Implementación de un programa de formación para equipos multidisciplinares e
interdepartamentales relacionados con la infancia en riesgo de desprotección.
Implementación de un sistema de redes territoriales y de innovación metodológica para la
atención de la infancia en riesgo de desprotección y sus familias.
2
cve: BOE-A-2021-20624
Verificable en https://www.boe.es
La coordinación actualmente existente, si bien resulta altamente positiva, no garantiza
una línea de actuación homogénea en toda la Región y la participación e implicación
unificada de todos los departamentos implicados en cada uno de los casos , por lo que
resulta necesario realizar acciones que permitan dar un paso de la coordinación a la
acción colaborativa y que definan su alcance para optimizar la detección, prevención,
valoración e intervención en posibles Situaciones de Riesgo en la infancia.
Núm. 298
Martes 14 de diciembre de 2021
PROYECTO Nº:1
b) Evidencia, análisis y
datos que motiven la
necesidad de la
inversión
NOMBRE DEL
PROYECTO:PROYECTO
EXPERIMENTAL PARA LA
CREACION DE UNA RED
ATENCION A FAMILIAS CON
MENORES EN RIESGO DE
DESPROTECCIÓN
Sec. III. Pág. 153216
LÍNEAS:C22.I2
La Consejería de Mujer, Igualdad, LGTBI, Familias y Política Social, a través de la
Dirección General de Familias y Protección de Menores, tiene entre sus competencias el
impulso de actuaciones tendentes a la promoción y protección de la familia, entre las que
se encuentra la ejecución de programas de prevención de riesgos y dificultad social en el
medio familiar,
La Ley 26/2015, de 28 de julio, de Modificación del Sistema de Protección a la
Infancia y a la Adolescencia, se refiere a la Situación de Riesgo considerándola “aquella en
la que, a causa de circunstancias, carencias o conflictos familiares, sociales o educativos,
el menor se vea perjudicado en su desarrollo personal, familiar, social o educativo, en su
bienestar o en sus derechos de forma que, sin alcanzar la entidad, intensidad o persistencia
que fundamentarían su declaración de situación de desamparo y la asunción de la tutela
por ministerio de la ley, sea precisa la intervención de la administración pública
competente, para eliminar, reducir o compensar las dificultades o inadaptación que le
afectan y evitar su desamparo y exclusión social, sin tener que ser separado de su entorno
familiar. …”.
Mediante la reforma del artículo 17, incorporada en la Ley 26/2015, se desarrolla
de forma integral esta figura y las actuaciones que proceden ante su apreciación,
destacando que “La intervención adecuada para paliar e intervenir en las situaciones de
riesgo en que puedan encontrarse los menores se torna de capital importancia para
preservar su superior interés, evitando en muchos casos que la situación se agrave, y que
deban adoptarse decisiones mucho más traumáticas y de mayor coste individual,
familiar y social, como la separación del menor de su familia”. También resulta de interés
lo señalado en el apartado 3 del citado artículo, en cuanto a la necesaria coordinación de
los distintos sistemas de protección social: “… 3. La intervención en la situación de riesgo
corresponde a la administración pública competente conforme a lo dispuesto en la
legislación estatal y autonómica aplicable, en coordinación con los centros escolares y
servicios sociales y sanitarios y, en su caso, con las entidades colaboradoras del respectivo
ámbito territorial o cualesquiera otras”.
c) Colectivo objetivo
de la inversión
El colectivo objetivo de la inversión es la infancia en riesgo de desprotección de la Región
de Murcia y sus familias
d) Implementación de
la inversión
Implementación de un programa integral de introducción de nuevas tecnologías en el
sistema de atención a la infancia en riesgo de desprotección.
Implementación de un programa de formación para equipos multidisciplinares e
interdepartamentales relacionados con la infancia en riesgo de desprotección.
Implementación de un sistema de redes territoriales y de innovación metodológica para la
atención de la infancia en riesgo de desprotección y sus familias.
2
cve: BOE-A-2021-20624
Verificable en https://www.boe.es
La coordinación actualmente existente, si bien resulta altamente positiva, no garantiza
una línea de actuación homogénea en toda la Región y la participación e implicación
unificada de todos los departamentos implicados en cada uno de los casos , por lo que
resulta necesario realizar acciones que permitan dar un paso de la coordinación a la
acción colaborativa y que definan su alcance para optimizar la detección, prevención,
valoración e intervención en posibles Situaciones de Riesgo en la infancia.