I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Tratados internacionales. (BOE-A-2021-20576)
Aplicación provisional del Acuerdo sobre transporte aéreo entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y el Estado de Qatar, por otra, hecho en Luxemburgo el 18 de octubre de 2021.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 298
Martes 14 de diciembre de 2021
Sec. I. Pág. 153014
5. Los derechos de frecuencia de los servicios con destino u origen en los Estados
miembros de la UE a que se refiere el punto 2 estarán sujetos a las fases previstas en
los cuadros de los puntos 7 y 8. La fase 1 entrará en vigor el primer día de la temporada
de invierno 2020-2021 de la IATA, y las fases posteriores (fases 2 a 5), el primer día de
las temporadas de invierno 2021-2022, 2022-2023, 2023-2024 y 2024-2025 de la IATA.
6. A partir del primer día de la temporada de invierno 2024-2025 de la IATA (fase 5),
las compañías aéreas de cada Parte tendrán derecho a ejercer los derechos de tráfico
de tercera y cuarta libertad recogidos en el artículo 2, apartado 2, letra c), del presente
Acuerdo sin limitaciones de ruta, capacidad o frecuencia entre puntos de Qatar y puntos
situados en todos los Estados miembros de la UE.
7. En lo que se refiere a los servicios de pasajeros y mixtos de tercera y cuarta
libertad, las compañías aéreas de las Partes tendrán derecho a utilizar el siguiente
número de frecuencias semanales:
entre puntos situados en Qatar y puntos situados en Bélgica y viceversa.
Rutas
Hacia/desde todos los puntos.
b)
Base de
referencia
Fase 1
Fase 2
Fase 3
Fase 4
14
19
24
29
34
Fase 5
Sin restricciones.
entre puntos situados en Qatar y puntos situados en Alemania y viceversa.
Base de
referencia
Fase 1
Fase 2
Fase 3
Fase 4
Hacia/desde todos los puntos situados en Qatar y
Frankfurt.
14
18
21
24
28
Sin restricciones.
Hacia/desde todos los puntos situados en Qatar y
Múnich.
14
18
21
24
28
Sin restricciones.
Hacia/desde todos los demás puntos.
7
11
14
17
21
Sin restricciones.
Rutas
c)
Fase 5
entre puntos situados en Qatar y puntos situados en Francia y viceversa.
Base de
referencia
Fase 1
Fase 2
Fase 3
Fase 4
Hacia/desde todos los puntos situados en Qatar y
París.
21
24
27
30
33
Sin restricciones.
Hacia/desde todos los puntos situados en Qatar y
Niza.
7
10
14
17
21
Sin restricciones.
Hacia/desde todos los puntos situados en Qatar y
Lyon.
7
10
14
17
21
Sin restricciones.
Hacia/desde todos los demás puntos.
7
10
14
17
21
Sin restricciones.
Rutas
d)
Fase 5
entre puntos situados en Qatar y puntos situados en Italia y viceversa.
Rutas
Hacia/desde todos los puntos.
Base de
referencia
Fase 1
Fase 2
Fase 3
Fase 4
81
84
84
89
92
Fase 5
Sin restricciones.
cve: BOE-A-2021-20576
Verificable en https://www.boe.es
a)
Núm. 298
Martes 14 de diciembre de 2021
Sec. I. Pág. 153014
5. Los derechos de frecuencia de los servicios con destino u origen en los Estados
miembros de la UE a que se refiere el punto 2 estarán sujetos a las fases previstas en
los cuadros de los puntos 7 y 8. La fase 1 entrará en vigor el primer día de la temporada
de invierno 2020-2021 de la IATA, y las fases posteriores (fases 2 a 5), el primer día de
las temporadas de invierno 2021-2022, 2022-2023, 2023-2024 y 2024-2025 de la IATA.
6. A partir del primer día de la temporada de invierno 2024-2025 de la IATA (fase 5),
las compañías aéreas de cada Parte tendrán derecho a ejercer los derechos de tráfico
de tercera y cuarta libertad recogidos en el artículo 2, apartado 2, letra c), del presente
Acuerdo sin limitaciones de ruta, capacidad o frecuencia entre puntos de Qatar y puntos
situados en todos los Estados miembros de la UE.
7. En lo que se refiere a los servicios de pasajeros y mixtos de tercera y cuarta
libertad, las compañías aéreas de las Partes tendrán derecho a utilizar el siguiente
número de frecuencias semanales:
entre puntos situados en Qatar y puntos situados en Bélgica y viceversa.
Rutas
Hacia/desde todos los puntos.
b)
Base de
referencia
Fase 1
Fase 2
Fase 3
Fase 4
14
19
24
29
34
Fase 5
Sin restricciones.
entre puntos situados en Qatar y puntos situados en Alemania y viceversa.
Base de
referencia
Fase 1
Fase 2
Fase 3
Fase 4
Hacia/desde todos los puntos situados en Qatar y
Frankfurt.
14
18
21
24
28
Sin restricciones.
Hacia/desde todos los puntos situados en Qatar y
Múnich.
14
18
21
24
28
Sin restricciones.
Hacia/desde todos los demás puntos.
7
11
14
17
21
Sin restricciones.
Rutas
c)
Fase 5
entre puntos situados en Qatar y puntos situados en Francia y viceversa.
Base de
referencia
Fase 1
Fase 2
Fase 3
Fase 4
Hacia/desde todos los puntos situados en Qatar y
París.
21
24
27
30
33
Sin restricciones.
Hacia/desde todos los puntos situados en Qatar y
Niza.
7
10
14
17
21
Sin restricciones.
Hacia/desde todos los puntos situados en Qatar y
Lyon.
7
10
14
17
21
Sin restricciones.
Hacia/desde todos los demás puntos.
7
10
14
17
21
Sin restricciones.
Rutas
d)
Fase 5
entre puntos situados en Qatar y puntos situados en Italia y viceversa.
Rutas
Hacia/desde todos los puntos.
Base de
referencia
Fase 1
Fase 2
Fase 3
Fase 4
81
84
84
89
92
Fase 5
Sin restricciones.
cve: BOE-A-2021-20576
Verificable en https://www.boe.es
a)