III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE IGUALDAD. Convenios. (BOE-A-2021-20569)
Resolución de 7 de diciembre de 2021, del Instituto de las Mujeres, por la que se publica el Convenio con la Federación Española de Municipios y Provincias, por el que se instrumenta la subvención nominativa establecida en los Presupuestos Generales del Estado de 2021 para desarrollar actuaciones en materia de igualdad de género.
13 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 13 de diciembre de 2021
Sec. III. Pág. 152944
– Acciones dirigidas a fomentar programas de atención y cuidado de menores,
mayores y dependientes, así como aquellos dirigidos especialmente, a personas
pertenecientes a colectivos en situación de especial vulnerabilidad.
b) En la Modalidad B se podrán presentar proyectos de planificación dirigidos a
fomentar el empleo con perspectiva de género, y que deberán tener como objetivos
generales el establecimiento de estructuras de organización estratégicas que ayuden a:
– Disminuir los desequilibrios de género;
– Consolidar políticas y acciones de transformación que promuevan la igualdad de
oportunidades laborales entre hombres y mujeres;
– Garantizar la participación, bienestar y permanencia de las mujeres en las zonas
rurales y municipios de menor población.
3. La cuantía de financiación variará en función de cada modalidad. Las Entidades
Locales que concurran en la modalidad A recibirán una cuantía de entre 3.000 y 7.500
euros, de acuerdo con la siguiente tipología:
a) Modalidad A1: En el caso de Ayuntamientos o Entidades Locales con una
población igual o inferior a 5.000 habitantes, de acuerdo con la última declaración de
cifras oficiales de población de los municipios españoles aprobada por el Gobierno en el
momento de adoptarse la resolución de la Directora del Instituto de las Mujeres, la
cuantía máxima de la ayuda será de 3.000 euros. La Federación Española de Municipios
y Provincias destinará un máximo de 15 ayudas en esta modalidad, es decir, hasta un
máximo de 45.000 euros.
b) Modalidad A2: En el caso de los Ayuntamientos o Entidades Locales con una
población entre 5.001 y 10.000 habitantes, de acuerdo con la última declaración de cifras
oficiales de población de los municipios españoles aprobada por el Gobierno en el
momento de adoptarse la resolución de la Directora del Instituto de las Mujeres, la
cuantía máxima de la ayuda será de 4.000 euros. La Federación Española de Municipios
y Provincias destinará un máximo de quince ayudas en esta modalidad, es decir, hasta
un máximo de 60.000 euros.
c) Modalidad A3: En el caso de Diputaciones Provinciales, Cabildos, Consejos
Insulares y otras agrupaciones de Municipios, siempre que el conjunto de la población de
los municipios agrupados sea inferior a 10.001 habitantes, de acuerdo con la última
declaración de cifras oficiales de población de los municipios españoles aprobada por el
Gobierno en el momento de adoptarse la resolución de la Directora del Instituto de las
Mujeres, la cuantía máxima de la ayuda será de 7.500 euros. La Federación Española de
Municipios y Provincias destinará un máximo de dos ayudas en esta modalidad, es decir,
hasta un máximo de 15.000 euros.
Las Entidades Locales que concurran en la modalidad B recibirán una cuantía de
entre 4.000 y 15.000 euros, de acuerdo con la siguiente tipología:
a) Modalidad B1: En el caso de los ayuntamientos o Entidades Locales con una
población de hasta 10.000 habitantes, de acuerdo con la última declaración de cifras
oficiales de población de los municipios españoles aprobada por el Gobierno en el
momento de adoptarse la resolución de la Directora del Instituto de las Mujeres, la
cuantía máxima de la ayuda será de 4.000 euros. La Federación Española de Municipios
y Provincias destinará un máximo de diez ayudas en esta modalidad, es decir, hasta un
máximo de 40.000 euros.
b) Modalidad B2: En el caso de los ayuntamientos o Entidades Locales con una
población superior a 10.001 e inferior a 20.000 habitantes, de acuerdo con la última
declaración de cifras oficiales de población de los municipios españoles aprobada por el
Gobierno en el momento de adoptarse la resolución de la Directora del Instituto de las
Mujeres la cuantía máxima de la ayuda será de 5.000 euros. La Federación Española de
cve: BOE-A-2021-20569
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 297
Lunes 13 de diciembre de 2021
Sec. III. Pág. 152944
– Acciones dirigidas a fomentar programas de atención y cuidado de menores,
mayores y dependientes, así como aquellos dirigidos especialmente, a personas
pertenecientes a colectivos en situación de especial vulnerabilidad.
b) En la Modalidad B se podrán presentar proyectos de planificación dirigidos a
fomentar el empleo con perspectiva de género, y que deberán tener como objetivos
generales el establecimiento de estructuras de organización estratégicas que ayuden a:
– Disminuir los desequilibrios de género;
– Consolidar políticas y acciones de transformación que promuevan la igualdad de
oportunidades laborales entre hombres y mujeres;
– Garantizar la participación, bienestar y permanencia de las mujeres en las zonas
rurales y municipios de menor población.
3. La cuantía de financiación variará en función de cada modalidad. Las Entidades
Locales que concurran en la modalidad A recibirán una cuantía de entre 3.000 y 7.500
euros, de acuerdo con la siguiente tipología:
a) Modalidad A1: En el caso de Ayuntamientos o Entidades Locales con una
población igual o inferior a 5.000 habitantes, de acuerdo con la última declaración de
cifras oficiales de población de los municipios españoles aprobada por el Gobierno en el
momento de adoptarse la resolución de la Directora del Instituto de las Mujeres, la
cuantía máxima de la ayuda será de 3.000 euros. La Federación Española de Municipios
y Provincias destinará un máximo de 15 ayudas en esta modalidad, es decir, hasta un
máximo de 45.000 euros.
b) Modalidad A2: En el caso de los Ayuntamientos o Entidades Locales con una
población entre 5.001 y 10.000 habitantes, de acuerdo con la última declaración de cifras
oficiales de población de los municipios españoles aprobada por el Gobierno en el
momento de adoptarse la resolución de la Directora del Instituto de las Mujeres, la
cuantía máxima de la ayuda será de 4.000 euros. La Federación Española de Municipios
y Provincias destinará un máximo de quince ayudas en esta modalidad, es decir, hasta
un máximo de 60.000 euros.
c) Modalidad A3: En el caso de Diputaciones Provinciales, Cabildos, Consejos
Insulares y otras agrupaciones de Municipios, siempre que el conjunto de la población de
los municipios agrupados sea inferior a 10.001 habitantes, de acuerdo con la última
declaración de cifras oficiales de población de los municipios españoles aprobada por el
Gobierno en el momento de adoptarse la resolución de la Directora del Instituto de las
Mujeres, la cuantía máxima de la ayuda será de 7.500 euros. La Federación Española de
Municipios y Provincias destinará un máximo de dos ayudas en esta modalidad, es decir,
hasta un máximo de 15.000 euros.
Las Entidades Locales que concurran en la modalidad B recibirán una cuantía de
entre 4.000 y 15.000 euros, de acuerdo con la siguiente tipología:
a) Modalidad B1: En el caso de los ayuntamientos o Entidades Locales con una
población de hasta 10.000 habitantes, de acuerdo con la última declaración de cifras
oficiales de población de los municipios españoles aprobada por el Gobierno en el
momento de adoptarse la resolución de la Directora del Instituto de las Mujeres, la
cuantía máxima de la ayuda será de 4.000 euros. La Federación Española de Municipios
y Provincias destinará un máximo de diez ayudas en esta modalidad, es decir, hasta un
máximo de 40.000 euros.
b) Modalidad B2: En el caso de los ayuntamientos o Entidades Locales con una
población superior a 10.001 e inferior a 20.000 habitantes, de acuerdo con la última
declaración de cifras oficiales de población de los municipios españoles aprobada por el
Gobierno en el momento de adoptarse la resolución de la Directora del Instituto de las
Mujeres la cuantía máxima de la ayuda será de 5.000 euros. La Federación Española de
cve: BOE-A-2021-20569
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 297