III. Otras disposiciones. COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA COMPETENCIA. Convenios. (BOE-A-2021-20524)
Resolución de 17 de noviembre de 2021, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se publica el Convenio de colaboración con la Fundación Privada Projecte Aura, para la realización de prácticas formativas en itinerarios individuales de inserción laboral en el marco de los correspondientes programas de iniciación laboral.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 296
Sábado 11 de diciembre de 2021
Sec. III. Pág. 152700
El participante y el tutor y/o mediador únicamente tratarán la información y
documentación conforme a las instrucciones indicadas por el responsable de la CNMC o,
en su caso, por el responsable del servicio o departamento en el que se presten las
prácticas, y no podrán duplicar, copiar, reproducir o modificar dicha información y
documentación ni sacar ninguna documentación de las dependencias de la CNMC, sin la
autorización previa del mismo.
En ningún caso podrán comunicar o divulgar la información o documentación a
terceros, ni en todo ni en parte, ni permitirán el acceso a la misma por parte de otras
personas distintas a las autorizadas.
En el caso de que el participante, el tutor o el mediador incumplan las obligaciones
establecidas en este documento, o en la legislación o normativa aplicable, deberán
responder de las infracciones en que hubieran incurrido personalmente.
Vigésima.
Publicidad del convenio.
Sin perjuicio de su inscripción en el Registro Estatal de Órganos e Instrumentos de
Cooperación y su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» a los que se refieren las
cláusulas decimoquinta y decimosexta, el presente convenio será objeto de publicación
en el portal de transparencia de la CNMC, de conformidad con lo establecido en el
artículo 8.1.b) de la Ley 19/2013, de 19 de diciembre, de transparencia, acceso a la
información pública y buen gobierno.
Y de conformidad con cuanto antecede, en ejercicio de las facultades que legalmente
corresponden a cada uno de los firmantes y obligando a las partes que cada cual
representan, se suscribe el presente convenio, por duplicado, y a un solo efecto, en el
lugar y fecha indicados.
Madrid, a 16 de noviembre de 2021.–Por la CNMC, la Presidenta, Cani Fernández
Vicién.–Por la Fundació Privada Projecte Aura, la Presidenta, Gloria Canals Sans,
ANEXO
Proyecto formativo entre la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia y
Fundació Privada Projecte Aura para la realización de prácticas formativas por
parte de personas con discapacidad intelectual y/o del desarrollo en itinerarios
individuales de inserción laboral
En Barcelona, a fecha de la firma electrónica.
De una parte, doña Cani Fernández Vicién, Presidenta de la Comisión Nacional de
los Mercados y la Competencia (CNMC), actuando en nombre y representación de la
citada Comisión.
De otra parte, doña Gloria Canals Sans, Representante Legal y Presidenta de
Fundació Privada Projecte Aura, en nombre y representación de la misma, con poderes
suficientes para la celebración de este acto en virtud de su cargo y de acuerdo con los
poderes que le fueron conferidos en escritura otorgada el 18 de octubre de 2011, ante el
Notario de Barcelona, don Juan José López Buerniol, con el n° 1514 de orden de su
protocolo.
MANIFIESTAN
Que con fecha...... de...… de ……, la Comisión Nacional de los
Mercados y la Competencia y Fundació Privada Projecte Aura suscribieron un convenio
de colaboración para la realización de prácticas formativas por parte de personas con
discapacidad intelectual y/o del desarrollo en itinerarios individuales de inserción laboral.
cve: BOE-A-2021-20524
Verificable en https://www.boe.es
REUNIDOS
Núm. 296
Sábado 11 de diciembre de 2021
Sec. III. Pág. 152700
El participante y el tutor y/o mediador únicamente tratarán la información y
documentación conforme a las instrucciones indicadas por el responsable de la CNMC o,
en su caso, por el responsable del servicio o departamento en el que se presten las
prácticas, y no podrán duplicar, copiar, reproducir o modificar dicha información y
documentación ni sacar ninguna documentación de las dependencias de la CNMC, sin la
autorización previa del mismo.
En ningún caso podrán comunicar o divulgar la información o documentación a
terceros, ni en todo ni en parte, ni permitirán el acceso a la misma por parte de otras
personas distintas a las autorizadas.
En el caso de que el participante, el tutor o el mediador incumplan las obligaciones
establecidas en este documento, o en la legislación o normativa aplicable, deberán
responder de las infracciones en que hubieran incurrido personalmente.
Vigésima.
Publicidad del convenio.
Sin perjuicio de su inscripción en el Registro Estatal de Órganos e Instrumentos de
Cooperación y su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» a los que se refieren las
cláusulas decimoquinta y decimosexta, el presente convenio será objeto de publicación
en el portal de transparencia de la CNMC, de conformidad con lo establecido en el
artículo 8.1.b) de la Ley 19/2013, de 19 de diciembre, de transparencia, acceso a la
información pública y buen gobierno.
Y de conformidad con cuanto antecede, en ejercicio de las facultades que legalmente
corresponden a cada uno de los firmantes y obligando a las partes que cada cual
representan, se suscribe el presente convenio, por duplicado, y a un solo efecto, en el
lugar y fecha indicados.
Madrid, a 16 de noviembre de 2021.–Por la CNMC, la Presidenta, Cani Fernández
Vicién.–Por la Fundació Privada Projecte Aura, la Presidenta, Gloria Canals Sans,
ANEXO
Proyecto formativo entre la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia y
Fundació Privada Projecte Aura para la realización de prácticas formativas por
parte de personas con discapacidad intelectual y/o del desarrollo en itinerarios
individuales de inserción laboral
En Barcelona, a fecha de la firma electrónica.
De una parte, doña Cani Fernández Vicién, Presidenta de la Comisión Nacional de
los Mercados y la Competencia (CNMC), actuando en nombre y representación de la
citada Comisión.
De otra parte, doña Gloria Canals Sans, Representante Legal y Presidenta de
Fundació Privada Projecte Aura, en nombre y representación de la misma, con poderes
suficientes para la celebración de este acto en virtud de su cargo y de acuerdo con los
poderes que le fueron conferidos en escritura otorgada el 18 de octubre de 2011, ante el
Notario de Barcelona, don Juan José López Buerniol, con el n° 1514 de orden de su
protocolo.
MANIFIESTAN
Que con fecha...
Mercados y la Competencia y Fundació Privada Projecte Aura suscribieron un convenio
de colaboración para la realización de prácticas formativas por parte de personas con
discapacidad intelectual y/o del desarrollo en itinerarios individuales de inserción laboral.
cve: BOE-A-2021-20524
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