III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2021-20436)
Resolución de 26 de noviembre de 2021, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Acuerdo sobre complementos retributivos para los años 2020 y 2021 del personal docente en pago delegado de los centros concertados de la Comunidad Autónoma de La Rioja, derivado del VII Convenio colectivo de las empresas de enseñanza privada sostenidas total o parcialmente con fondos públicos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 295
Viernes 10 de diciembre de 2021
Sec. III. Pág. 151931
Sexto.
Que sobre la base de las previsiones contenidas en la Ley 11/2020, de 30 de
diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021 (BOE de 31 de
diciembre de 2020), particularmente en su artículo 13 y su anexo IV, se firmaron las
Tablas Salariales del año 2021 del VII convenio colectivo de empresas de enseñanza
privada sostenidas total o parcialmente con fondos públicos, las cuales se publicaron en
el BOE del 27 de septiembre de 2021.
Séptimo.
Que sobre la base de las previsiones contenidas en la Ley 1/2020, de 30 de enero,
de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de La Rioja para el año 2020
(BOE de 11 de febrero de 2020, BOR de 31 de enero de 2020), en particular sus
artículos 21 y 22 y su anexo II, por los que se establecen los módulos económicos de
conciertos para el año 2020 en los distintos niveles educativos, y teniendo en cuenta el
acuerdo en materia de homologación retributiva mencionado en el apartado tercero de
este expositivo, corresponde modificar las cuantías de los distintos complementos
autonómicos que en La Rioja viene percibiendo el personal docente en pago delegado.
Octavo.
Que sobre la base de las previsiones contenidas en la Ley 1/2021, de 29 de enero,
de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de La Rioja para el año 2021
(BOE de 23 de febrero de 2021, BOR de 1 de febrero de 2021), en particular sus
artículos 21 y 22 y su anexo II, por los que se establecen los módulos económicos de
conciertos para el año 2021 en los distintos niveles educativos, y al acuerdo en materia
de homologación retributiva mencionado en el apartado tercero de este expositivo,
corresponde modificar las cuantías de los distintos complementos autonómicos que en
La Rioja viene percibiendo el personal docente en pago delegado.
Noveno.
Que el 7 de agosto de 2020 se solicitó por las patronales Educación y Gestión y
CECE, el pago a cuenta de las retribuciones 2020 del personal docente en pago
delegado a la Consejería de Educación y Cultura del Gobierno de La Rioja, el cual fue
atendido positivamente en la nómina del mes de octubre, con carácter retroactivo de 1
de enero de 2020.
Décimo.
Que el 12 de marzo de 2021 se solicitó por las patronales Educación y Gestión y
CECE, el pago a cuenta de las retribuciones 2021 del personal docente en pago
delegado a la Consejería de Educación y Cultura del Gobierno de La Rioja, el cual fue
atendido positivamente en la nómina del mes de marzo, con carácter retroactivo de 1 de
enero de 2021.
Que la disposición adicional octava del VII Convenio Colectivo de Empresas de
Enseñanza privada sostenidas total o parcialmente con fondos públicos (BOE de 27 de
septiembre de 2021), prevé la posibilidad de que en las comunidades autónomas las
organizaciones patronales y sindicales por mayoría de su respectiva representatividad
alcancen acuerdos, entre otras materias, sobre complementos retributivos para todo el
personal afectado por el mismo.
cve: BOE-A-2021-20436
Verificable en https://www.boe.es
Undécimo.
Núm. 295
Viernes 10 de diciembre de 2021
Sec. III. Pág. 151931
Sexto.
Que sobre la base de las previsiones contenidas en la Ley 11/2020, de 30 de
diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021 (BOE de 31 de
diciembre de 2020), particularmente en su artículo 13 y su anexo IV, se firmaron las
Tablas Salariales del año 2021 del VII convenio colectivo de empresas de enseñanza
privada sostenidas total o parcialmente con fondos públicos, las cuales se publicaron en
el BOE del 27 de septiembre de 2021.
Séptimo.
Que sobre la base de las previsiones contenidas en la Ley 1/2020, de 30 de enero,
de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de La Rioja para el año 2020
(BOE de 11 de febrero de 2020, BOR de 31 de enero de 2020), en particular sus
artículos 21 y 22 y su anexo II, por los que se establecen los módulos económicos de
conciertos para el año 2020 en los distintos niveles educativos, y teniendo en cuenta el
acuerdo en materia de homologación retributiva mencionado en el apartado tercero de
este expositivo, corresponde modificar las cuantías de los distintos complementos
autonómicos que en La Rioja viene percibiendo el personal docente en pago delegado.
Octavo.
Que sobre la base de las previsiones contenidas en la Ley 1/2021, de 29 de enero,
de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de La Rioja para el año 2021
(BOE de 23 de febrero de 2021, BOR de 1 de febrero de 2021), en particular sus
artículos 21 y 22 y su anexo II, por los que se establecen los módulos económicos de
conciertos para el año 2021 en los distintos niveles educativos, y al acuerdo en materia
de homologación retributiva mencionado en el apartado tercero de este expositivo,
corresponde modificar las cuantías de los distintos complementos autonómicos que en
La Rioja viene percibiendo el personal docente en pago delegado.
Noveno.
Que el 7 de agosto de 2020 se solicitó por las patronales Educación y Gestión y
CECE, el pago a cuenta de las retribuciones 2020 del personal docente en pago
delegado a la Consejería de Educación y Cultura del Gobierno de La Rioja, el cual fue
atendido positivamente en la nómina del mes de octubre, con carácter retroactivo de 1
de enero de 2020.
Décimo.
Que el 12 de marzo de 2021 se solicitó por las patronales Educación y Gestión y
CECE, el pago a cuenta de las retribuciones 2021 del personal docente en pago
delegado a la Consejería de Educación y Cultura del Gobierno de La Rioja, el cual fue
atendido positivamente en la nómina del mes de marzo, con carácter retroactivo de 1 de
enero de 2021.
Que la disposición adicional octava del VII Convenio Colectivo de Empresas de
Enseñanza privada sostenidas total o parcialmente con fondos públicos (BOE de 27 de
septiembre de 2021), prevé la posibilidad de que en las comunidades autónomas las
organizaciones patronales y sindicales por mayoría de su respectiva representatividad
alcancen acuerdos, entre otras materias, sobre complementos retributivos para todo el
personal afectado por el mismo.
cve: BOE-A-2021-20436
Verificable en https://www.boe.es
Undécimo.