III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2021-20436)
Resolución de 26 de noviembre de 2021, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Acuerdo sobre complementos retributivos para los años 2020 y 2021 del personal docente en pago delegado de los centros concertados de la Comunidad Autónoma de La Rioja, derivado del VII Convenio colectivo de las empresas de enseñanza privada sostenidas total o parcialmente con fondos públicos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 295

Viernes 10 de diciembre de 2021

Sec. III. Pág. 151930

MANIFIESTAN
Primero.
Que en fecha 8 de noviembre de 2005 se firmó el Acuerdo Básico entre el Ministerio
de Educación y Ciencia y las organizaciones sindicales representativas del personal del
ámbito de la enseñanza privada sostenida total o parcialmente con fondos públicos, en
cuyo punto cinco se establece la progresiva equiparación salarial de los licenciados que
imparten enseñanza en los cursos 1.º y 2.º de ESO con los docentes que imparten
enseñanzas en los restantes cursos de dicha etapa educativa, así como tender a la
progresiva equiparación de los maestros que están impartiendo 1.º y 2.º curso de la ESO
con los maestros de la enseñanza pública de iguales cursos.
Segundo.
Que en fecha de 27 de abril de 2016 la Consejería de Educación del Gobierno de La
Rioja firmó un «Acuerdo con las organizaciones empresariales y sindicales más
representativas en el sector de centros de enseñanza privados sostenidos con fondos
públicos, para adecuar los conceptos salariales en 2016, para el personal docente en
pago delegado de los centros concertados de la Comunidad Autónoma de La Rioja» que
estableció unas nuevas cuantías del «complemento autonómico de La Rioja» para las
distintas categorías, también del «complemento autonómico de La Rioja al complemento
salarial de los maestros de 1.º y 2° curso de la ESO».
Tercero.
Que en fecha 16 de noviembre de 2018 se firmó el «Acuerdo del Gobierno de La
Rioja y de las organizaciones patronales, de titulares de centros y sindicales más
representativas en el sector de la enseñanza concertada de La Rioja, sobre
homologación salarial y otros», en cuyo apartado segundo se establece que el Gobierno
de La Rioja incluirá en los módulos económicos de distribución de fondos públicos para
el sostenimiento de los centros concertados que se fijan en los Presupuestos Generales
anuales de la Comunidad Autónoma, los incrementos retributivos que permitan alcanzar
en el año 2019 un porcentaje de homologación del 96,50 %, respecto de las
retribuciones que perciban los docentes de la enseñanza pública riojana y en los
términos y conceptos contemplados en el mismo.
Cuarto.
Que la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (BOE de 4 de mayo de
2006) establece en el artículo 117 apartado 4 que las cantidades correspondientes a los
salarios del personal docente de los centros privados concertados posibilitarán la
equiparación gradual de su remuneración con la del profesorado de la enseñanza
pública de las respectivas etapas.

Que sobre la base de las previsiones contenidas en el Real Decreto-ley 2/2020,
de 21 de enero, por el que se aprueban medidas urgentes en materia de retribuciones en
el ámbito del sector público (BOE de 22 de enero de 2020), particularmente en su
artículo 1 y su anexo I, se firmaron las Tablas Salariales del año 2020 del VII convenio
colectivo de empresas de enseñanza privada sostenidas total o parcialmente con fondos
públicos, las cuales se publicaron en el BOE del 27 de septiembre de 2021.

cve: BOE-A-2021-20436
Verificable en https://www.boe.es

Quinto.