III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Seguros agrarios combinados. (BOE-A-2021-20451)
Resolución de 2 de diciembre de 2021, de la Subsecretaría, por la que se publica el Acuerdo de Consejo de Ministros de 30 de noviembre de 2021, por el que se aprueba el Cuadragésimo Tercer Plan de Seguros Agrarios Combinados.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 295
Viernes 10 de diciembre de 2021
Segundo.
Sec. III. Pág. 152033
Objetivos del Plan.
Las líneas de actuación que integran el presente Plan de Seguros Agrarios estarán
orientadas a establecer los criterios de asignación de subvenciones, optimizando los
recursos y facilitando su aplicación, gestión y control y a continuar avanzando en el
desarrollo y mayor implantación del sistema de seguros agrarios para proporcionar a los
productores agrarios una herramienta de gestión de riesgos a un coste asequible
contribuyendo a la estabilización de sus rentas y a la resiliencia de las explotaciones
ante daños producidos por riesgos cubiertos por el Sistema de Seguros Agrarios
Combinados.
Tercero.
Ámbito de aplicación del Plan.
El ámbito para la aplicación de las diferentes líneas de seguro que integran el Plan
será, con carácter general, las explotaciones ubicadas en el territorio nacional. No
obstante, y para lograr un adecuado desarrollo de cada una de las líneas, en casos
debidamente justificados podrá limitarse dicho ámbito atendiendo a criterios climáticos,
de disponibilidad de datos estadísticos, de condiciones estructurales y de manejo de la
producción asegurable, así como a otros criterios relacionados con el grado de
incidencia de los riesgos naturales y de las plagas y enfermedades.
1. El 43.er Plan de Seguros Agrarios abarca la totalidad de las líneas de seguros
que se recogen en los anexos I, II y III. En estos anexos se relacionan, para cada línea
de seguro, las producciones asegurables, sin perjuicio de que, fruto del análisis
específico de cada línea de seguro, pueda darse cobertura a nuevas producciones y
garantías.
2. Se continuará atendiendo a la revisión de las coberturas de las diferentes líneas
de seguro para favorecer su adaptación a las condiciones reales del cultivo, a las
características del riesgo, al destino de las producciones, al tamaño y estructura de la
explotación, a las técnicas de prevención del riesgo y a los resultados actuariales del
aseguramiento.
3. La incorporación de nuevas garantías y producciones a este Plan requerirá de
una disponibilidad presupuestaria suficiente para atender el coste de las subvenciones
previstas.
4. Para las líneas de seguro de producciones agrícolas y forestales, contenidas en
el punto 1 del anexo I, los riesgos asegurables (variables en función de la producción, el
ámbito y el módulo de aseguramiento) son: pedrisco, helada, nieve, lluvia, inundación,
viento, incendio, fauna, no nascencia, falta de cuajado, virosis, golpe de calor, ahuecado
en sandía, necrosis apical en tomate, otros riesgos nominados y resto de adversidades
climáticas. Asimismo, en la línea de seguro para organizaciones de productores y
cooperativas es asegurable el perjuicio económico que representa el hacer frente a los
costes fijos de los bienes asegurables cuando se haya producido una merma de entrada
de producción en la organización o cooperativa por riesgos asegurados. Para las
instalaciones quedan cubiertos la totalidad de riesgos climáticos y el incendio.
5. Para las líneas de seguro de producciones ganaderas contenidas en el punto 2
del anexo I, los riesgos asegurables (variables en función de la especie animal, el
régimen de manejo y las garantías opcionales elegidas) son: adversidades climáticas
(incendios, inundaciones, rayos, sequía, golpe de calor, viento huracanado, lluvia
torrencial, nieve, etc.), ataque de animales salvajes o perros asilvestrados, accidentes,
muerte masiva, período improductivo por muerte masiva, mortalidad por diversas causas,
principales enfermedades objeto de control oficial que afectan a cada especie (como
Fiebre Aftosa, EEB, Tembladera, Peste equina, Fiebre del Nilo Occidental, Peste porcina
clásica, Enfermedad de Aujeszky, Influenza Aviar, Enfermedad de Newcastle,
cve: BOE-A-2021-20451
Verificable en https://www.boe.es
Cuarto. Líneas de seguro, garantías, coberturas, producciones y riesgos asegurables
comprendidos en el Plan.
Núm. 295
Viernes 10 de diciembre de 2021
Segundo.
Sec. III. Pág. 152033
Objetivos del Plan.
Las líneas de actuación que integran el presente Plan de Seguros Agrarios estarán
orientadas a establecer los criterios de asignación de subvenciones, optimizando los
recursos y facilitando su aplicación, gestión y control y a continuar avanzando en el
desarrollo y mayor implantación del sistema de seguros agrarios para proporcionar a los
productores agrarios una herramienta de gestión de riesgos a un coste asequible
contribuyendo a la estabilización de sus rentas y a la resiliencia de las explotaciones
ante daños producidos por riesgos cubiertos por el Sistema de Seguros Agrarios
Combinados.
Tercero.
Ámbito de aplicación del Plan.
El ámbito para la aplicación de las diferentes líneas de seguro que integran el Plan
será, con carácter general, las explotaciones ubicadas en el territorio nacional. No
obstante, y para lograr un adecuado desarrollo de cada una de las líneas, en casos
debidamente justificados podrá limitarse dicho ámbito atendiendo a criterios climáticos,
de disponibilidad de datos estadísticos, de condiciones estructurales y de manejo de la
producción asegurable, así como a otros criterios relacionados con el grado de
incidencia de los riesgos naturales y de las plagas y enfermedades.
1. El 43.er Plan de Seguros Agrarios abarca la totalidad de las líneas de seguros
que se recogen en los anexos I, II y III. En estos anexos se relacionan, para cada línea
de seguro, las producciones asegurables, sin perjuicio de que, fruto del análisis
específico de cada línea de seguro, pueda darse cobertura a nuevas producciones y
garantías.
2. Se continuará atendiendo a la revisión de las coberturas de las diferentes líneas
de seguro para favorecer su adaptación a las condiciones reales del cultivo, a las
características del riesgo, al destino de las producciones, al tamaño y estructura de la
explotación, a las técnicas de prevención del riesgo y a los resultados actuariales del
aseguramiento.
3. La incorporación de nuevas garantías y producciones a este Plan requerirá de
una disponibilidad presupuestaria suficiente para atender el coste de las subvenciones
previstas.
4. Para las líneas de seguro de producciones agrícolas y forestales, contenidas en
el punto 1 del anexo I, los riesgos asegurables (variables en función de la producción, el
ámbito y el módulo de aseguramiento) son: pedrisco, helada, nieve, lluvia, inundación,
viento, incendio, fauna, no nascencia, falta de cuajado, virosis, golpe de calor, ahuecado
en sandía, necrosis apical en tomate, otros riesgos nominados y resto de adversidades
climáticas. Asimismo, en la línea de seguro para organizaciones de productores y
cooperativas es asegurable el perjuicio económico que representa el hacer frente a los
costes fijos de los bienes asegurables cuando se haya producido una merma de entrada
de producción en la organización o cooperativa por riesgos asegurados. Para las
instalaciones quedan cubiertos la totalidad de riesgos climáticos y el incendio.
5. Para las líneas de seguro de producciones ganaderas contenidas en el punto 2
del anexo I, los riesgos asegurables (variables en función de la especie animal, el
régimen de manejo y las garantías opcionales elegidas) son: adversidades climáticas
(incendios, inundaciones, rayos, sequía, golpe de calor, viento huracanado, lluvia
torrencial, nieve, etc.), ataque de animales salvajes o perros asilvestrados, accidentes,
muerte masiva, período improductivo por muerte masiva, mortalidad por diversas causas,
principales enfermedades objeto de control oficial que afectan a cada especie (como
Fiebre Aftosa, EEB, Tembladera, Peste equina, Fiebre del Nilo Occidental, Peste porcina
clásica, Enfermedad de Aujeszky, Influenza Aviar, Enfermedad de Newcastle,
cve: BOE-A-2021-20451
Verificable en https://www.boe.es
Cuarto. Líneas de seguro, garantías, coberturas, producciones y riesgos asegurables
comprendidos en el Plan.