III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Seguros agrarios combinados. (BOE-A-2021-20451)
Resolución de 2 de diciembre de 2021, de la Subsecretaría, por la que se publica el Acuerdo de Consejo de Ministros de 30 de noviembre de 2021, por el que se aprueba el Cuadragésimo Tercer Plan de Seguros Agrarios Combinados.
16 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 295
Viernes 10 de diciembre de 2021
Sec. III. Pág. 152032
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN
20451
Resolución de 2 de diciembre de 2021, de la Subsecretaría, por la que se
publica el Acuerdo de Consejo de Ministros de 30 de noviembre de 2021, por
el que se aprueba el Cuadragésimo Tercer Plan de Seguros Agrarios
Combinados.
El Consejo de Ministros en su reunión del día 30 de noviembre de 2021, a propuesta
del Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, ha aprobado el cuadragésimo tercer
Plan de Seguros Agrarios Combinados.
Teniendo en cuenta la necesidad de que el citado Plan reciba la más amplia difusión
por la trascendencia que para el sector agrario han de tener las actuaciones que en el
mismo se contemplan, se resuelve la publicación del citado Acuerdo que figura como
anexo a la presente Resolución.
Madrid, 2 de diciembre de 2021.–El Subsecretario de Agricultura, Pesca y
Alimentación, Ernesto Abati García-Manso.
ANEXO
Acuerdo por el que se aprueba el cuadragésimo tercer Plan de Seguros Agrarios
Combinados
Aprobación y marco normativo.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 34 del Real Decreto 2329/1979, de 14
de septiembre, por el que se aprueba el reglamento de aplicación de la Ley 87/1978,
de 28 de diciembre, de Seguros Agrarios Combinados, se aprueba este cuadragésimo
tercer Plan de Seguros Agrarios Combinados.
El cuadragésimo tercer Plan de Seguros Agrarios Combinados se establece al
amparo de lo previsto en el artículo quinto del título II de la Ley 87/1978, de 28 de
diciembre, de Seguros Agrarios Combinados, y contempla las líneas de seguros agrarios
cuyo periodo de suscripción se inicia a lo largo del año 2022, así como los porcentajes
de subvenciones aplicables a cada una de ellas.
En lo referente a la concesión de subvenciones para la contratación de pólizas de
seguros agrícolas, ganaderos y forestales, el presente Plan cumple con lo establecido en
las Directrices de la Unión Europea aplicables a las ayudas estatales en los sectores
agrícola y forestal y en las zonas rurales de 2014 a 2020 (2014/C 204/01). Así, la ayuda
contemplada en el presente Plan ha sido reconocida como compatible con el mercado
interior comunitario en virtud de las Decisiones de la Comisión Europea de 9 de abril
de 2015 y de 28 de agosto de 2015 [Ayuda número SA.42697 (2015/N)] y prorrogada
hasta el 31 de diciembre de 2022 [Ayuda número SA 64784 (2021/N)]. La concesión de
subvenciones para contratar pólizas de seguros acuícolas cumple con lo establecido en
el Reglamento (UE) n.º 1388/2014 de la Comisión, de 16 de diciembre de 2014, por el
que se declaran determinadas categorías de ayudas a empresas dedicadas a la
producción, transformación y comercialización de productos de la pesca y la acuicultura
compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado
de Funcionamiento de la Unión Europea prorrogado hasta el 31 de diciembre de 2022.
cve: BOE-A-2021-20451
Verificable en https://www.boe.es
Primero.
Núm. 295
Viernes 10 de diciembre de 2021
Sec. III. Pág. 152032
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN
20451
Resolución de 2 de diciembre de 2021, de la Subsecretaría, por la que se
publica el Acuerdo de Consejo de Ministros de 30 de noviembre de 2021, por
el que se aprueba el Cuadragésimo Tercer Plan de Seguros Agrarios
Combinados.
El Consejo de Ministros en su reunión del día 30 de noviembre de 2021, a propuesta
del Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, ha aprobado el cuadragésimo tercer
Plan de Seguros Agrarios Combinados.
Teniendo en cuenta la necesidad de que el citado Plan reciba la más amplia difusión
por la trascendencia que para el sector agrario han de tener las actuaciones que en el
mismo se contemplan, se resuelve la publicación del citado Acuerdo que figura como
anexo a la presente Resolución.
Madrid, 2 de diciembre de 2021.–El Subsecretario de Agricultura, Pesca y
Alimentación, Ernesto Abati García-Manso.
ANEXO
Acuerdo por el que se aprueba el cuadragésimo tercer Plan de Seguros Agrarios
Combinados
Aprobación y marco normativo.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 34 del Real Decreto 2329/1979, de 14
de septiembre, por el que se aprueba el reglamento de aplicación de la Ley 87/1978,
de 28 de diciembre, de Seguros Agrarios Combinados, se aprueba este cuadragésimo
tercer Plan de Seguros Agrarios Combinados.
El cuadragésimo tercer Plan de Seguros Agrarios Combinados se establece al
amparo de lo previsto en el artículo quinto del título II de la Ley 87/1978, de 28 de
diciembre, de Seguros Agrarios Combinados, y contempla las líneas de seguros agrarios
cuyo periodo de suscripción se inicia a lo largo del año 2022, así como los porcentajes
de subvenciones aplicables a cada una de ellas.
En lo referente a la concesión de subvenciones para la contratación de pólizas de
seguros agrícolas, ganaderos y forestales, el presente Plan cumple con lo establecido en
las Directrices de la Unión Europea aplicables a las ayudas estatales en los sectores
agrícola y forestal y en las zonas rurales de 2014 a 2020 (2014/C 204/01). Así, la ayuda
contemplada en el presente Plan ha sido reconocida como compatible con el mercado
interior comunitario en virtud de las Decisiones de la Comisión Europea de 9 de abril
de 2015 y de 28 de agosto de 2015 [Ayuda número SA.42697 (2015/N)] y prorrogada
hasta el 31 de diciembre de 2022 [Ayuda número SA 64784 (2021/N)]. La concesión de
subvenciones para contratar pólizas de seguros acuícolas cumple con lo establecido en
el Reglamento (UE) n.º 1388/2014 de la Comisión, de 16 de diciembre de 2014, por el
que se declaran determinadas categorías de ayudas a empresas dedicadas a la
producción, transformación y comercialización de productos de la pesca y la acuicultura
compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado
de Funcionamiento de la Unión Europea prorrogado hasta el 31 de diciembre de 2022.
cve: BOE-A-2021-20451
Verificable en https://www.boe.es
Primero.