I. Disposiciones generales. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Organización. (BOE-A-2021-20315)
Orden TED/1374/2021, de 1 de diciembre, por la que se crea la División para el Seguimiento de la Aplicación de la Normativa Medioambiental en la Subsecretaría para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
3 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 9 de diciembre de 2021

Sec. I. Pág. 151311

ministeriales y cuya estructura orgánica se desarrolla en el Real Decreto 500/2020, de 28
de abril, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio para la
Transición Ecológica y el Reto Demográfico, y se modifica el Real Decreto 139/2020,
de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los
departamentos ministeriales, es el Departamento competente, en el ámbito de la
Administración General del Estado, para la propuesta y ejecución de la política del
Gobierno en materia de lucha contra el cambio climático, prevención de la
contaminación, protección del patrimonio natural, de la biodiversidad, de los bosques, del
mar, agua y energía para la transición a un modelo productivo y social más ecológico, así
como la elaboración y el desarrollo de la política del Gobierno frente al reto demográfico
y el despoblamiento territorial. Se trata por ello del Departamento ministerial en el que
deben residenciarse estas funciones de supervisión y vigilancia de las actuaciones de la
Administración en cuanto a sus efectos en esta materia
Teniendo en cuenta el carácter transversal de las funciones a desarrollar, la
Subsecretaría para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, a través de su
Gabinete Técnico, ha venido desempeñando labores de coordinación y asesoramiento a
todos los Departamentos de la Administración General del Estado en el cumplimiento del
principio de no causar daño significativo y en los requerimientos de etiquetado climático.
Su participación en la elaboración del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia, asegurando el cumplimiento de los requisitos medioambientales de sus 30
componentes y asumiendo la interlocución con la Comisión Europea en estos aspectos,
ha reafirmado esta línea de actuación y a la vez es el detonante de que se considere
necesaria su formalización de cara al futuro, atribuyendo esta función a un órgano
administrativo predeterminado y especializado en la materia.
Estas funciones de asesoramiento deben de residir en el Ministerio para la Transición
Ecológica y el Reto Demográfico no sólo por sus competencias en materia
medioambiental sino también por su conocimiento e implicación en la negociación del
Reglamento (UE) 2020/852, del Parlamento Europeo y del Consejo (Reglamento de
Taxonomía), la mitigación del cambio climático, las emisiones de gases de efecto
invernadero, la adaptación al cambio climático, los efectos adversos de las condiciones
climáticas, la utilización y protección sostenibles de los recursos hídricos y marinos, el
potencial ecológico de las masas de agua, el uso de materiales, el uso directo o indirecto
de recursos naturales como las fuentes de energía no renovables o las materias primas,
la economía circular, el ciclo de vida de los productos, en particular en términos de
durabilidad y de posibilidades de reparación, la actualización, reutilización o reciclado de
los productos, la generación, incineración o eliminación de residuos, la prevención y
control de la contaminación, las emisiones de contaminantes a la atmósfera, el agua o el
suelo, la resiliencia, protección y restauración de la biodiversidad y los ecosistemas, y el
estado de conservación de los hábitats y las especies.
Dichas funciones requieren una especialización en la materia del personal
responsable, dedicación plena y una coordinación directa con las Secretarías de Estado
del Departamento y el resto de Departamentos ministeriales.
Por todo ello, resulta necesaria la creación, adscrita de forma directa a la
Subsecretaría del Departamento, de un órgano administrativo para coordinación y
seguimiento en cuanto a sus efectos medioambientales de los diversos instrumentos de
gestión de que se dote la Administración del Estado, comenzando con el propio Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia.
El objeto de esta orden, por tanto, es la creación de una División que asumiría estas
funciones, adscrita a la Subsecretaría del Ministerio para la Transición Ecológica y el
Reto Demográfico, de acuerdo con el artículo 59.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
de Régimen Jurídico del Sector Público, que dispone que los órganos de nivel inferior a
Subdirección General se crean, modifican y suprimen por orden del Ministro respectivo,
previa autorización de la Ministra de Hacienda y Función Pública. La creación de la
División cumple con lo establecido en los apartados tercero y cuarto del artículo 5 de la
Ley 40/2015, de 15 de octubre.

cve: BOE-A-2021-20315
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 294