III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2021-20287)
Resolución 420/38433/2021, de 30 de noviembre, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Universidad Complutense de Madrid, para la realización de prácticas académicas externas en el Laboratorio Central del Ejército.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 293

Miércoles 8 de diciembre de 2021

Sec. III. Pág. 151085

7.º Si alguna de las partes firmantes de este Convenio o los estudiantes desearan
utilizar los resultados parciales o finales de su actividad en el LCE, en parte o en su
totalidad, para su publicación como artículo, conferencia, tesis, memoria, etc, deberán
solicitar la conformidad de la otra parte por escrito, quien deberá responder en un plazo
máximo de 45 días, comunicando su autorización, sus reservas o su disconformidad.
Transcurrido dicho plazo sin obtener respuesta, se entenderá que el silencio es la tácita
autorización para su difusión.
En todo caso, tanto en las publicaciones como en las patentes, se respetará siempre
la mención a los autores del trabajo; en estas últimas figurarán en calidad de inventores.
8.º Se establecen las siguientes modalidades de prácticas:
– Prácticas curriculares, que se configuran como actividades académicas integrantes
del plan de estudios de que se trate.
– Prácticas extracurriculares, que son aquellas que los estudiantes podrán realizar
con carácter voluntario durante su periodo de formación y que, aun teniendo los mismos
fines que las prácticas curriculares, no forman parte del correspondiente plan de
estudios. No obstante, y cuando corresponda, serán contempladas en el Suplemento
Europeo al Título conforme determine la normativa vigente.
f) El LCE tomará bajo su responsabilidad y a su cargo, con vistas al desarrollo de
dicho objetivo, las siguientes actuaciones:
1.º En tanto que colabora en un programa de formación universitaria, facilitará al
estudiante la realización de sus exámenes.
2.º Nombrará a un tutor que se responsabilizará de la formación de cada estudiante
y de la valoración de su estancia, facilitando al responsable o tutor académico de
prácticas del centro UCM donde esté matriculado el estudiante el informe de
aprovechamiento de las prácticas a su finalización, en el que constará el tiempo de
prácticas realizado, horas totales y su contenido.
3.º El LCE observará y hará observar las medidas de seguridad e higiene
establecidas en el centro de trabajo asignado. Asimismo, el LCE informará, formará y
hará cumplir y respetar al alumnado dichas medidas.
2.

Por parte de la UCM.

a) Elaborará una ficha para cada estudiante en prácticas (según modelo adjunto)
donde se consigne la siguiente información: datos del estudiante, titulación, fecha de
incorporación y finalización de la práctica, entidad donde se realizará la práctica, el
calendario y el horario, así como el nombre del tutor académico y del tutor del LCE.
Además, dicha ficha deberá incorporar el proyecto formativo en el que se harán constar
los objetivos educativos y las competencias que debe adquirir el estudiante, así como las
actividades formativas que desarrollará. El órgano responsable de la titulación resolverá
cuantas dudas pudieran surgir durante el desarrollo de las prácticas o del TFG/TFM.
b) Designará un tutor académico que velará por el normal desarrollo del proyecto
formativo, colaborará con el tutor de la entidad colaboradora en todos aquellos aspectos
que afecten al mismo, así como aquellas funciones que reglamentariamente se
establezcan.
c) Podrá proponer que los tutores de prácticas designados por la entidad
colaboradora reciban el nombramiento honorífico de «Tutor/a en Prácticas Externas», de
acuerdo con las condiciones establecidas por el Consejo de Gobierno de la UCM. Los
trámites necesarios para la obtención del reconocimiento serán realizados por el
responsable del centro UCM, que elevará al Vicerrectorado competente la propuesta del
nombramiento.

cve: BOE-A-2021-20287
Verificable en https://www.boe.es

La UCM tomará bajo su responsabilidad y a su cargo, con vistas al desarrollo de
dicho objetivo, las siguientes actuaciones: