III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2021-20299)
Resolución de 26 de noviembre de 2021, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración ambiental estratégica de la revisión del Plan Director del Aeropuerto de Jerez.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 8 de diciembre de 2021

Sec. III. Pág. 151143

Adicionalmente, se incluyen otras necesidades que no derivan del análisis de la
capacidad del aeropuerto, sino de la necesidad de adecuación a la normativa y de la
mejora de la operatividad del conjunto de las instalaciones aeroportuarias.
– Subsistema de movimiento de aeronaves:
▪ Ampliación de pista, construcción de RESA y calle de rodaje paralela en la
cabecera 20.
▪ Construcción de nueva calle de salida rápida para aterrizajes por cabecera 20.
– Subsistema de actividades aeroportuarias:
▪ Conversión de puestos de control de pasaportes de salidas en dobles.
▪ Recrecido del vial de acceso a pista del SSEI.
▪ Ampliación del aparcamiento de autobuses (10 plazas) y redistribución de plazas de
aparcamiento.
▪ Traslado del centro de emisores del Ejército.
▪ Construcción de un edificio de aviación general.
La ubicación de las actuaciones previstas puede consultarse en el croquis adjunto.
Respecto al centro de emisores del Ejército del Aire, el nuevo emplazamiento está
pendiente de determinar, ya que debe ser fruto de un acuerdo entre Aena y el Ministerio
de Defensa.
Entre todas las actuaciones previstas, destaca la ampliación de la pista existente,
actuación que ya se contempla en el plan director actualmente vigente.
Además, la revisión del plan director implicará la adaptación de la zona de servicio
aeroportuaria mediante la adquisición de 44,1 ha aproximadamente (ver croquis adjunto).
Según la propuesta de revisión del plan director, la demanda prevista de aeronaves a
largo plazo es de 10 operaciones/hora. El campo de vuelos, en su configuración actual,
permite alcanzar un volumen de operaciones suficiente para atender la demanda
prevista, pues la capacidad actual del aeropuerto es de 20 operaciones/hora.
Consecuentemente, las actuaciones incluidas en la propuesta de revisión del plan
director no suponen un incremento de la capacidad actual del aeropuerto. En ese
sentido, el tráfico aéreo previsto en caso de no ejecutar dichas actuaciones coincide con
el estimado para el horizonte de desarrollo previsible.
2.

Tramitación del procedimiento

A continuación, se describen de forma sintética los principales hitos del
procedimiento de evaluación ambiental estratégica.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 19 de la ley de evaluación ambiental, una
vez recibida la solicitud de inicio del procedimiento de evaluación ambiental estratégica
junto con el documento inicial estratégico, con fecha 10 de febrero de 2017, el órgano
ambiental realizó las consultas para la elaboración del documento de alcance del estudio
ambiental estratégico, procediendo a su aprobación el 31 de julio de 2017.
Teniendo en cuenta el documento de alcance, el promotor elaboró el estudio
ambiental estratégico que, según lo previsto en los artículos 21 y 22 de la ley de
evaluación ambiental, fue sometido por el órgano sustantivo a consultas a las
Administraciones públicas afectadas y a las personas interesadas, así como, a
información pública mediante anuncio publicado en el BOE con fecha 25 de abril
de 2019.
El anexo I de la resolución contiene la relación de organismos consultados y quienes
han emitido contestación durante las consultas realizadas por el órgano sustantivo,
según la información que obra en el expediente. Los aspectos más relevantes de los
informes recibidos se han integrado en el apartado «3.b» de la resolución. Ninguno de
los organismos que han emitido contestación ha informado desfavorablemente la

cve: BOE-A-2021-20299
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Núm. 293