III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2021-20299)
Resolución de 26 de noviembre de 2021, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración ambiental estratégica de la revisión del Plan Director del Aeropuerto de Jerez.
50 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 8 de diciembre de 2021
Sec. III. Pág. 151142
El objeto fundamental de la revisión del plan director es determinar las necesidades
futuras del aeropuerto; la delimitación de la zona de servicio; la definición de actividades
previstas; las infraestructuras de acceso y conexión, así como, identificar el ámbito
territorial que pueda ser afectado por el establecimiento de las servidumbres legales
aeronáuticas (incluidas las acústicas). Así, el ámbito de aplicación del plan director se
circunscribe al entorno aeroportuario integrado por la zona de servicio del aeropuerto y
refleja el territorio afectado exteriormente por las servidumbres aeronáuticas. El plan
director es una herramienta de planificación estrictamente aeroportuaria y no urbanística.
El aeropuerto de Jerez se sitúa a 8 km del centro de la ciudad de Jerez, se trata de
un aeropuerto de interés general del Estado según el artículo 149.1.20.a de la
Constitución y el Real Decreto 2858/1981, de 27 de noviembre; es un aeropuerto civil
internacional con categoría OACI «4-E»; está clasificado como aeropuerto de tercera
categoría por la Ley 14/2000, de 29 de diciembre, y como aeródromo de letra de clave
«B» por el Real Decreto 762/2017, de 21 de julio.
El horario de servicio, de acuerdo con el AIP España, es: Verano: 4:45-21:00 (hora
UTC/Z); Invierno: 5:45-22:00 (hora UTC/Z).
El aeropuerto dispone de una única pista, de orientación 02-20, de 2.300 m de
longitud y 45 m de anchura.
El tráfico total de pasajeros en el año 2018 alcanzó 1.133.621 pasajeros totales
(el 97,4% comercial y regular). El tráfico de aeronaves alcanza las 51.195 operaciones
totales, representando las operaciones de otro tipo de tráfico, (OCT) el 82,6% del total de
operaciones del aeropuerto. El elevado número de operaciones de este tipo de tráfico se
debe a los vuelos de la escuela de pilotos existente.
El régimen de utilización de cabeceras (promedio 2016-2018) se muestra en la
siguiente tabla:
Cabeceras Aterrizajes Despegues
02
11,17%
12,17%
20
38,84%
37,82%
Las directrices establecidas por la revisión del plan director se fundamentan en el
análisis del tráfico de pasajeros y de mercancías y en la evolución previsible de la
demanda para un determinado horizonte de tráfico, denominado desarrollo previsible
(horizonte 3). Dicho análisis se realiza por Aena de acuerdo con el modelo econométrico
denominado Prognosis Integrada de Sistemas de Tráfico Aéreo (PISTA). Aunque el plan
director estima que el desarrollo previsible podría alcanzarse en el año 2035, resulta
relevante destacar que el análisis de las necesidades se realiza tomando como base el
tráfico previsto y no el año en el que se espera alcanzar los citados valores de tráfico.
Por este motivo, a lo largo de la presente resolución se hace referencia al horizonte de
desarrollo previsible, sin asociarlo a ningún año en particular.
La demanda esperada en el aeropuerto de Jerez se muestra en la siguiente tabla:
Horizonte 1 Horizonte 2
Horizonte 3
(Desarrollo previsible)
Pasajeros comerciales.
1.469.400
1.678.500
1.953.100
Pasajeros totales.
1.475.600
1.684.900
1.959.800
Aeronaves comerciales.
10.990
12.250
13.880
Aeronaves totales.
55.310
57.700
60.650
640
720
810
Mercancías totales (kg).
Las actuaciones que recoge la revisión del plan director, necesarias para atender
adecuadamente la demanda actual y la esperada, se indican a continuación.
cve: BOE-A-2021-20299
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 293
Miércoles 8 de diciembre de 2021
Sec. III. Pág. 151142
El objeto fundamental de la revisión del plan director es determinar las necesidades
futuras del aeropuerto; la delimitación de la zona de servicio; la definición de actividades
previstas; las infraestructuras de acceso y conexión, así como, identificar el ámbito
territorial que pueda ser afectado por el establecimiento de las servidumbres legales
aeronáuticas (incluidas las acústicas). Así, el ámbito de aplicación del plan director se
circunscribe al entorno aeroportuario integrado por la zona de servicio del aeropuerto y
refleja el territorio afectado exteriormente por las servidumbres aeronáuticas. El plan
director es una herramienta de planificación estrictamente aeroportuaria y no urbanística.
El aeropuerto de Jerez se sitúa a 8 km del centro de la ciudad de Jerez, se trata de
un aeropuerto de interés general del Estado según el artículo 149.1.20.a de la
Constitución y el Real Decreto 2858/1981, de 27 de noviembre; es un aeropuerto civil
internacional con categoría OACI «4-E»; está clasificado como aeropuerto de tercera
categoría por la Ley 14/2000, de 29 de diciembre, y como aeródromo de letra de clave
«B» por el Real Decreto 762/2017, de 21 de julio.
El horario de servicio, de acuerdo con el AIP España, es: Verano: 4:45-21:00 (hora
UTC/Z); Invierno: 5:45-22:00 (hora UTC/Z).
El aeropuerto dispone de una única pista, de orientación 02-20, de 2.300 m de
longitud y 45 m de anchura.
El tráfico total de pasajeros en el año 2018 alcanzó 1.133.621 pasajeros totales
(el 97,4% comercial y regular). El tráfico de aeronaves alcanza las 51.195 operaciones
totales, representando las operaciones de otro tipo de tráfico, (OCT) el 82,6% del total de
operaciones del aeropuerto. El elevado número de operaciones de este tipo de tráfico se
debe a los vuelos de la escuela de pilotos existente.
El régimen de utilización de cabeceras (promedio 2016-2018) se muestra en la
siguiente tabla:
Cabeceras Aterrizajes Despegues
02
11,17%
12,17%
20
38,84%
37,82%
Las directrices establecidas por la revisión del plan director se fundamentan en el
análisis del tráfico de pasajeros y de mercancías y en la evolución previsible de la
demanda para un determinado horizonte de tráfico, denominado desarrollo previsible
(horizonte 3). Dicho análisis se realiza por Aena de acuerdo con el modelo econométrico
denominado Prognosis Integrada de Sistemas de Tráfico Aéreo (PISTA). Aunque el plan
director estima que el desarrollo previsible podría alcanzarse en el año 2035, resulta
relevante destacar que el análisis de las necesidades se realiza tomando como base el
tráfico previsto y no el año en el que se espera alcanzar los citados valores de tráfico.
Por este motivo, a lo largo de la presente resolución se hace referencia al horizonte de
desarrollo previsible, sin asociarlo a ningún año en particular.
La demanda esperada en el aeropuerto de Jerez se muestra en la siguiente tabla:
Horizonte 1 Horizonte 2
Horizonte 3
(Desarrollo previsible)
Pasajeros comerciales.
1.469.400
1.678.500
1.953.100
Pasajeros totales.
1.475.600
1.684.900
1.959.800
Aeronaves comerciales.
10.990
12.250
13.880
Aeronaves totales.
55.310
57.700
60.650
640
720
810
Mercancías totales (kg).
Las actuaciones que recoge la revisión del plan director, necesarias para atender
adecuadamente la demanda actual y la esperada, se indican a continuación.
cve: BOE-A-2021-20299
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 293