III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2021-20299)
Resolución de 26 de noviembre de 2021, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración ambiental estratégica de la revisión del Plan Director del Aeropuerto de Jerez.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 293

Miércoles 8 de diciembre de 2021

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
20299

Resolución de 26 de noviembre de 2021, de la Dirección General de Calidad
y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración ambiental
estratégica de la revisión del Plan Director del Aeropuerto de Jerez.
Antecedentes de hecho

Con fecha 21 de diciembre de 2016, tiene entrada en esta Dirección General la
solicitud de inicio de procedimiento de evaluación ambiental estratégica de la Revisión
del Plan Director del Aeropuerto de Jerez, remitida por Aena S.M.E. S.A., como promotor
y respecto de la que la Dirección General de Aviación Civil del Ministerio de Transportes,
Movilidad y Agenda Urbana, ostenta la condición de órgano sustantivo.

La presente evaluación ambiental estratégica se realiza sobre la documentación
presentada por el promotor para la Revisión del Plan Director del Aeropuerto de Jerez y
se pronuncia sobre los impactos asociados al mismo que han sido analizados por el
promotor. Se incluye asimismo en la evaluación, el proceso de participación pública y
consultas.
El Real Decreto 2591/1998, de 4 de diciembre, sobre la Ordenación de los
Aeropuertos de Interés General y su Zona de Servicio, establece que el Ministerio de
Transportes, Movilidad y Agenda Urbana aprobará un plan director en cada aeropuerto
de interés general que definirá las grandes directrices de ordenación y desarrollo del
aeropuerto hasta alcanzar su máxima expansión previsible y que tendrá por objeto la
delimitación de la zona de servicio del aeropuerto. A su vez, la zona de servicio del
aeropuerto incluye las superficies necesarias para la ejecución de las actividades
aeroportuarias, las destinadas a las tareas complementarias de éstas y los espacios de
reserva que garanticen la posibilidad de desarrollo y crecimiento del conjunto.
La evaluación ambiental estratégica, regulada en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre,
de evaluación ambiental, tiene como fin principal la integración de los aspectos
ambientales en la planificación pública. Se trata de evitar desde las primeras fases de su
concepción que las actuaciones previstas en un plan o programa puedan causar efectos
adversos en el medio ambiente.
A través de la evaluación ambiental estratégica de los planes directores se integran
los aspectos ambientales en la planificación de los aeropuertos, permitiendo su
desarrollo coherente e integrado en el entorno y asegurando la debida coordinación
entre las distintas administraciones, así como, la información y participación pública.
No comprende el ámbito de la evaluación, la regulación urbanística del sistema
general aeroportuario, la seguridad aérea del aeropuerto ni de las actuaciones u
operaciones que se contemplan en la documentación aportada por el promotor, la
seguridad y salud en el trabajo, ni la seguridad química o industrial, que poseen
normativa reguladora e instrumentos específicos.
1.

Descripción y localización del plan

El Plan Director del Aeropuerto de Jerez actualmente vigente fue aprobado mediante
Orden Ministerial el 23 de julio de 2001 (BOE n.º 190 de 9 de agosto de 2001).

cve: BOE-A-2021-20299
Verificable en https://www.boe.es

Alcance de la evaluación