I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Subvenciones. (BOE-A-2021-20262)
Real Decreto 1078/2021, de 7 de diciembre, por el que se regula la concesión directa de subvenciones a organismos y entidades para la realización de actividades de investigación, desarrollo e innovación en el ámbito de las erupciones volcánicas y garantizar la continuidad de la actividad científica, técnica e investigadora desarrollada por las administraciones públicas y entidades vinculadas, dependientes o adscritas a las mismas, afectadas por las erupciones volcánicas en la isla de La Palma.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 293

Miércoles 8 de diciembre de 2021

Sec. I. Pág. 150999

No obstante, el solicitante podrá denegar expresamente el consentimiento, debiendo
aportar entonces las certificaciones correspondientes.
Artículo 5.

Actuaciones subvencionables.

Las actuaciones y proyectos que se financian con cargo a las subvenciones
otorgadas mediante este real decreto son las siguientes:
a) Por la Plataforma Oceánica de Canarias (PLOCAN): la monitorización ambiental
del medio marino en la zona de afección del volcán de La Palma, mediante vehículos y
plataformas de observación instrumentales automatizadas (MAMPALMA).
b) Por el Instituto Astrofísico de Canarias (IAC): la limpieza de instalaciones y
equipos y compra e instalación de equipamiento de prevención.
c) Por la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria: la monitorización, evaluación
y seguimiento multidisciplinar de la erupción volcánica de La Palma (MESVOL).
d) Por la Universidad de La Laguna: la monitorización de la erupción volcánica en la
isla de La Palma y sus efectos sobre la población y el territorio.
e) Por el Instituto Canario de Investigaciones Agrarias (ICIA): la valuación del efecto
del volcán Cumbre Vieja sobre los cultivos de plátano en la isla de La Palma.
f) Por el Gran Telescopio de Canarias, S.A. (GRANTECAN): la seguridad en el
Gran Telescopio de Canarias en la emergencia de la erupción volcánica en La Palma.
g) Por el Instituto Volcanológico de Canarias, S.A. (INVOLCAN): el fortalecimiento
de actividades de I+D+I para la reducción del riesgo volcánico en La Palma.
h) Por la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas: las
actuaciones científicas en La Palma con motivo de la erupción del volcán de «Cumbre
Vieja».
i) Por el Instituto de Salud Carlos III: la evaluación de la calidad del aire de la isla de
La Palma tras la erupción del volcán «Cumbre Vieja»: determinación de parámetros de
interés sanitario y medioambiental.
Artículo 6.

Obligaciones de las entidades beneficiarias.

1. Las entidades beneficiarias deberán cumplir las obligaciones y condiciones que
se recogen en el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
2. Realizarán las actuaciones objeto de subvención en las condiciones que
establezcan las resoluciones de concesión previstas en el artículo 2 de este real decreto.
3. Los proyectos subvencionados tendrán una duración máxima de 1 año siendo el
periodo de elegibilidad de los gastos el comprendido entre el 19 de septiembre de 2021 y
el 18 de septiembre de 2022.
Artículo 7. Importes de las subvenciones.

a) A la Plataforma Oceánica de Canarias (PLOCAN): 465.000,00 euros, con cargo
a la aplicación presupuestaria 28.06.463B.749.19.
b) Al Instituto Astrofísico de Canarias (IAC): 8.334,10 euros, con cargo a la
aplicación presupuestaria 28.06.463B.749.20.
c) A la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria: 200.000,00 euros, con cargo a
la aplicación presupuestaria 28.06.463B.752.
d) A la Universidad de La Laguna: 200.000,00 euros, con cargo a la aplicación
presupuestaria 28.06.463B.753.
e) Al Instituto Canario de Investigaciones Agrarias (ICIA): 90.000,00 euros, con
cargo a la aplicación presupuestaria 28.06.463B.754.

cve: BOE-A-2021-20262
Verificable en https://www.boe.es

Los importes de las subvenciones directas ascenderán a las siguientes cuantías,
y se realizarán con cargo a las aplicaciones presupuestarias del ejercicio
presupuestario 2021: