I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Subvenciones. (BOE-A-2021-20260)
Real Decreto 1075/2021, de 7 de diciembre, por el que se modifica el Real Decreto 425/2016, de 11 de noviembre, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones de la Administración General del Estado al Seguro Agrario.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 293
Miércoles 8 de diciembre de 2021
Sec. I. Pág. 150968
entidad de nueva creación es una comunidad de bienes se deberá presentar
escritura o contrato de constitución y declaración censal.
c) Sucesión hereditaria:
1.º Libro de familia.
2.º Certificado o declaración de fallecimiento del titular.
3.º Testamento o, en su caso, declaración de heredero y escritura de
aceptación y de partición hereditaria.
3.
Subvención adicional por fraccionamiento del pago de la póliza
El cumplimiento de las condiciones necesarias para obtener la subvención
adicional por fraccionamiento del pago de la póliza se acreditará mediante copia
auténtica del aval constituido con SAECA.
4.
Subvención adicional por prácticas de reducción del riesgo
y condiciones productivas
El cumplimiento de las condiciones necesarias para obtener la subvención
adicional por prácticas de reducción del riesgo y condiciones productivas, en los
supuestos que se especifican, se acreditará mediante la documentación
justificativa que se señala a continuación:
a) Pertenencia a una Agrupación para Tratamientos Integrados en la
Agricultura, de Defensa Vegetal, de Sanidad Vegetal, Agrupación de Producción
Integrada (Comunidades Autónomas de Andalucía y Extremadura), Agrupaciones
Técnicas de Sanidad Vegetal (Comunidad Autónoma de Extremadura) o
propietarios de un contrato de asesoramiento en materia de defensa de la
producción vegetal (Comunidad Foral de Navarra y Comunidad Autónoma del País
Vasco): se deberá presentar un certificado emitido por el órgano correspondiente
de la comunidad autónoma que acredite la pertenencia del asegurado a alguna de
dichas agrupaciones de la producción correspondiente, su denominación y que
dicha agrupación está en activo. En el caso de contratos con entidades, deberá
presentarse copia del contrato, además de certificado emitido por el órgano
correspondiente de la comunidad autónoma que indique que la entidad asesora
cumple con los requisitos establecidos por la comunidad autónoma para tal fin.
b) Utilización de técnicas de producción ecológica agrícola: se presentará un
certificado, emitido por la autoridad u organismo de control correspondiente de la
comunidad autónoma que acredite la inclusión del mismo en el sistema de control
y el cumplimiento de la normativa específica aplicable a la producción ecológica,
de acuerdo con lo establecido en el Reglamento (UE) n.º 2018/848 del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 30 de mayo de 2018, sobre producción ecológica y
etiquetado de los productos ecológicos y por el que se deroga el Reglamento (CE)
n.º 834/2007 del Consejo.
Subvención adicional por prácticas de reducción del riesgo
La pertenencia a una Agrupación de Defensa Sanitaria Ganadera (ADSG) se
acreditará mediante la inscripción de la explotación asegurada en el Registro
General de Explotaciones Ganaderas (REGA), establecido por el Real
Decreto 479/2004, de 26 de marzo, haciendo constar en dicho registro la
pertenencia a dicha agrupación. En caso contrario, el asegurado lo acreditará
mediante certificado emitido por el órgano correspondiente de la comunidad
autónoma.
cve: BOE-A-2021-20260
Verificable en https://www.boe.es
5.
Núm. 293
Miércoles 8 de diciembre de 2021
Sec. I. Pág. 150968
entidad de nueva creación es una comunidad de bienes se deberá presentar
escritura o contrato de constitución y declaración censal.
c) Sucesión hereditaria:
1.º Libro de familia.
2.º Certificado o declaración de fallecimiento del titular.
3.º Testamento o, en su caso, declaración de heredero y escritura de
aceptación y de partición hereditaria.
3.
Subvención adicional por fraccionamiento del pago de la póliza
El cumplimiento de las condiciones necesarias para obtener la subvención
adicional por fraccionamiento del pago de la póliza se acreditará mediante copia
auténtica del aval constituido con SAECA.
4.
Subvención adicional por prácticas de reducción del riesgo
y condiciones productivas
El cumplimiento de las condiciones necesarias para obtener la subvención
adicional por prácticas de reducción del riesgo y condiciones productivas, en los
supuestos que se especifican, se acreditará mediante la documentación
justificativa que se señala a continuación:
a) Pertenencia a una Agrupación para Tratamientos Integrados en la
Agricultura, de Defensa Vegetal, de Sanidad Vegetal, Agrupación de Producción
Integrada (Comunidades Autónomas de Andalucía y Extremadura), Agrupaciones
Técnicas de Sanidad Vegetal (Comunidad Autónoma de Extremadura) o
propietarios de un contrato de asesoramiento en materia de defensa de la
producción vegetal (Comunidad Foral de Navarra y Comunidad Autónoma del País
Vasco): se deberá presentar un certificado emitido por el órgano correspondiente
de la comunidad autónoma que acredite la pertenencia del asegurado a alguna de
dichas agrupaciones de la producción correspondiente, su denominación y que
dicha agrupación está en activo. En el caso de contratos con entidades, deberá
presentarse copia del contrato, además de certificado emitido por el órgano
correspondiente de la comunidad autónoma que indique que la entidad asesora
cumple con los requisitos establecidos por la comunidad autónoma para tal fin.
b) Utilización de técnicas de producción ecológica agrícola: se presentará un
certificado, emitido por la autoridad u organismo de control correspondiente de la
comunidad autónoma que acredite la inclusión del mismo en el sistema de control
y el cumplimiento de la normativa específica aplicable a la producción ecológica,
de acuerdo con lo establecido en el Reglamento (UE) n.º 2018/848 del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 30 de mayo de 2018, sobre producción ecológica y
etiquetado de los productos ecológicos y por el que se deroga el Reglamento (CE)
n.º 834/2007 del Consejo.
Subvención adicional por prácticas de reducción del riesgo
La pertenencia a una Agrupación de Defensa Sanitaria Ganadera (ADSG) se
acreditará mediante la inscripción de la explotación asegurada en el Registro
General de Explotaciones Ganaderas (REGA), establecido por el Real
Decreto 479/2004, de 26 de marzo, haciendo constar en dicho registro la
pertenencia a dicha agrupación. En caso contrario, el asegurado lo acreditará
mediante certificado emitido por el órgano correspondiente de la comunidad
autónoma.
cve: BOE-A-2021-20260
Verificable en https://www.boe.es
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