I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Ayudas. (BOE-A-2021-20256)
Real Decreto 1071/2021, de 7 de diciembre, por el que se regula la concesión de ayudas al sector de construcción naval en materia de investigación y desarrollo e innovación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 8 de diciembre de 2021

Sec. I. Pág. 150867

Posteriormente, este fondo fue preservado por el Real Decreto 826/1991, de 24 de mayo,
sobre primas a la construcción naval, el Real Decreto 442/1994, de 11 de marzo, sobre
primas y financiación a la construcción naval, y sus sucesivas modificaciones. El fondo se fue
dotando mediante las primas de reestructuración reguladas en el citado Real
Decreto 442/1994, de 11 de marzo, con cargo a las partidas presupuestarias del extinto
Ministerio de Industria, Energía y Turismo, que fueron suprimidas por el Real
Decreto 873/2017, de 29 de septiembre, por el que se regula la concesión de ayudas al
sector de construcción naval en materia de investigación, desarrollo e innovación. No
obstante, el fondo de reestructuración, adscrito al Ministerio de Industria, Comercio y Turismo,
conserva aún la dotación necesaria para atender la eventual concesión futura de nuevas
ayudas y otras necesidades del sector, y sus aplicaciones deberán realizarse previa
autorización expresa por el titular del Departamento Ministerial. La gestión de la obtención de
los rendimientos financieros del fondo de reestructuración será llevada a cabo por el órgano
de gestión subsectorial Pequeños y Medianos Astilleros, Sociedad de Reconversión, S.A.
(PYMAR) mediante inversiones en deuda pública u otras autorizadas expresamente por el
Director General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa, los cuales se
incorporarán a una cuenta de la que se lleva contabilidad separada y forma parte del fondo de
reestructuración.
El fondo de reestructuración, por Resolución de la Dirección General de Industria
de 15 de diciembre de 1988, se encuentra depositado en el órgano de gestión
subsectorial PYMAR, órgano constituido al amparo del artículo séptimo del Real Decreto
Ley 8/1983, de 30 de noviembre, de reconversión y reindustrialización, y definido en el
artículo décimo del Real Decreto 1271/1984, de 13 de junio, sobre medidas de
reconversión del sector de construcción naval. La continuidad de PYMAR, como órgano
de gestión del subsector de pequeños y medianos astilleros, quedó determinada por el
acuerdo de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos en su reunión
de 26 de noviembre de 1987. Desde su creación, PYMAR, al amparo de las normas que
establecieron su constitución, y de acuerdo con su objeto social, promueve la I+D+i, la
orientación, el asesoramiento, la mejora y el desarrollo de proyectos de tecnología en los
astilleros, así como su diversificación industrial, impulsando la colaboración entre ellos,
con otras empresas y sectores, la identificación de potenciales mejoras tecnológicas y la
participación en programas nacionales o europeos.
En el momento presente, como ya se ha dicho, el régimen jurídico rector de las
citadas ayudas resulta del ya referido Real Decreto 873/2017, de 29 de septiembre, que,
con amparo en lo previsto en los artículos 22.2.c) y 28.2 de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones, establecía las normas especiales reguladoras de
la concesión directa de ayudas al sector naval en materia de investigación y desarrollo e
innovación. Pero, de igual forma, resulta también (en lo que no resulte incompatible con
aquél) de la Orden IET/2679/2015, por la que se aprueban las normas de aplicación del
Fondo de Reestructuración del Sector de Construcción Naval para ayudas a la
investigación y desarrollo e innovación y que, al tiempo de ser aprobada, desarrollaba la
previsión del artículo 10 del Real Decreto 442/1994, de 11 de marzo, y al que aquel hacía
expresa remisión en algunos puntos.
Con la finalidad de concentrar la totalidad de las normas especiales reguladoras de
las citadas ayudas, se unifican en una única norma con rango de real decreto, como
establece el artículo 28.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
El sector de la construcción naval no es ajeno a dos grandes iniciativas de la
Comisión Europea como son el Pacto Verde Europeo y su Agenda Digital. Con el fin de
fomentar que las empresas del sector de construcción naval asuman su compromiso con
la sostenibilidad, las ayudas reguladas por medio de este real decreto darán apoyo
también a aquellos proyectos de investigación y desarrollo e innovación que promuevan
minimizar el impacto ambiental de las empresas del sector en su actividad, así como a
aquellos que promuevan el diseño y la construcción de buques menos contaminantes.
Asimismo, con el fin de impulsar el proceso de transformación digital, tendrán cabida en
el presente real decreto aquellos proyectos de investigación y desarrollo e innovación

cve: BOE-A-2021-20256
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Núm. 293