III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Convenios. (BOE-A-2021-20169)
Resolución de 9 de noviembre de 2021, de la Autoridad Portuaria de Las Palmas, por la que se publica el Convenio con el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, para la prestación del servicio contra incendios, salvamento, rescate y protección civil en el Puerto de Las Palmas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 6 de diciembre de 2021

Sec. III. Pág. 150334

designe el SEIS (diferenciándose las acciones formativas, aquellas que se acuerden,
entre las escalas y grupos que jerarquizan a los bomberos). Dicho Plan, además,
permitirá el desarrollo de una formación conjunta entre bomberos y personal técnico que
trate sobre la seguridad del Puerto, relacionados con la coordinación en tareas
vinculadas a la seguridad y las emergencias, cuya financiación, en lo que al personal de
SEIS asignado se refiere, se realizará de acuerdo con lo establecido en la cláusula
tercera y, en lo que se refiere al personal directivo y técnico que determine la APLP, se
realizará conforme a los procedimientos de formación propios de la APLP. En estas
sesiones también se abordará la elaboración de unos protocolos de actuación entre
la APLP y SEIS, necesarios para una mejor gestión de los servicios que se presten.
c) El SEIS colaborará en la realización de ejercicios o simulacros con empresas del
Puerto de Las Palmas, que gestionan un potencial peligroso dentro de sus instalaciones,
así como de aquellas que consideren de interés relevante, dentro de las actividades de
su programación. El material fungible utilizado en los simulacros será aportado por
aquellas empresas que participen de los mismos; en cualquier caso, será la Autoridad
Portuaria la que se encargue de gestionar los trámites oportunos para la disposición de
los medios necesarios.
d) De todas las experiencias extraídas en las aportaciones de ambas
administraciones en los objetivos propuestos en este convenio, se realizará memoria
justificativa de todas las acciones llevadas a cabo en cumplimiento del desarrollo de este
convenio, en la mejora de la seguridad que se haya producido de manera general y
específica en las acciones desarrolladas en el Puerto. Ello permitirá un análisis de las
colaboraciones que se prestan, con el fin de ir consiguiendo en sucesivos convenios un
coste cero para las intervenciones que el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria
realiza a través del Servicio de Extinción de Incendios y Salvamento, sin que ello
perjudique los avances de la seguridad.
Ambas partes se comprometen a la elaboración de un calendario de visitas a las
instalaciones portuarias con el fin de preservar la seguridad de los miembros del SEIS,
así como ejercer un mayor control de la seguridad y prevención de todas las empresas
que desarrollan sus actividades en el Puerto de Las Palmas.
Quinta. Órgano de Seguimiento y control del Convenio.
Para el seguimiento, vigilancia y control del convenio y de la ejecución de los
compromisos adquiridos, se constituirá una Comisión que se reunirá a petición de cada
una de las partes intervinientes y estará compuesta por dos representantes de cada una
de ellas.
Cuando así se requiera, se solicitará la presencia en esta Comisión de Seguimiento
de una representación por las organizaciones empresariales que operan en el Puerto.
Cuando así se requiera, se contará con la presencia en esta Comisión de
Seguimiento con dos representantes de la parte social del SEIS, con voz pero sin voto.
Del mismo modo, se solicitará una representación por parte de Capitanía Marítima.
Todo ello, en beneficio de una mejor y mayor comunicación y de coordinación entre
todas las partes implicadas en las intervenciones de emergencias que se produzcan en
el Puerto, así como de los incendios que se produzcan a bordo de un barco atracado
en el muelle. Se ha de tener en cuenta que la presencia de Capitanía Marítima en las
sesiones es conveniente para el aporte de información necesaria en la toma de
decisiones de incendios en buques.
La Comisión que se formalice para el seguimiento de este convenio extraerá de sus
diversas experiencias respecto de la aplicación del mismo las conclusiones que den
como resultado un mayor enriquecimiento en la mejora de las acciones a llevar a cabo,
con el fin de aportar un mayor avance en los objetivos de la seguridad de los bomberos

cve: BOE-A-2021-20169
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Núm. 291