III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Convenios. (BOE-A-2021-20176)
Resolución de 29 de noviembre de 2021, de la Secretaría de Estado de Comercio, por la que se publica el Convenio con la Federación Española de Municipios y Provincias, como entidad colaboradora en la gestión de las ayudas para el apoyo de la actividad comercial en zonas rurales y turísticas en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 291

Lunes 6 de diciembre de 2021

Sec. III. Pág. 150402

así como el plazo y forma de la presentación de la justificación de las subvenciones por
parte de los beneficiarios, serán los establecidos en la convocatoria.
Decimoquinta.

Naturaleza jurídica del convenio.

El presente convenio tiene naturaleza administrativa de acuerdo con lo previsto en el
artículo 16 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y el
artículo 47 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, y será competente el orden jurisdiccional
contencioso-administrativo para el enjuiciamiento de las cuestiones litigiosas que
pudieran surgir y que no hubieran sido resueltas por la Comisión de Seguimiento.
Y en prueba de conformidad con cuanto antecede se firma el convenio por ambas
partes. Por el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, la Secretaria de Estado de
Comercio, Xiana Margarida Méndez Bértolo.–Por la Federación Española de Municipios
y Provincias, el Secretario General, Carlos Daniel Casares Díaz.
ANEXO I
Modelo
Declaración de Ausencia de Conflicto de Intereses (DACI)
Expediente:
Ayudas para el apoyo de la actividad comercial en zonas rurales en el marco del Plan
de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Ayudas para el apoyo de la actividad comercial en zonas turísticas, en el marco del
Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Nombre ............................................................................................., en calidad de
entidad colaboradora en la gestión, al objeto de garantizar la imparcialidad en el
procedimiento de subvención arriba referenciado, el abajo firmante, como participante en
el proceso de gestión, ordenación, instrucción y selección de las solicitudes de ayudas,
declara:
Primero.

1. Que el artículo 61.3 «Conflicto de intereses», del Reglamento (UE, Euratom)
2018/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de julio (Reglamento financiero
de la UE) establece que «existirá conflicto de intereses cuando el ejercicio imparcial y
objetivo de las funciones se vea comprometido por razones familiares, afectivas, de
afinidad política o nacional, de interés económico o por cualquier motivo directo o
indirecto de interés personal».
2. Que el artículo 64 «Lucha contra la corrupción y prevención de los conflictos de
intereses» de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, tiene el
fin de evitar cualquier distorsión de la competencia y garantizar la transparencia en el
procedimiento y asegurar la igualdad de trato a todos los candidatos y licitadores.
3. Que el artículo 23 «Abstención», de la Ley 40/2015, de 1 octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público, establece que deberán abstenerse de intervenir en el
procedimiento «las autoridades y el personal al servicio de las Administraciones en
quienes se den algunas de las circunstancias señaladas en el apartado siguiente»,
siendo éstas:
a) Tener interés personal en el asunto de que se trate o en otro en cuya resolución
pudiera influir la de aquél; ser administrador de sociedad o entidad interesada, o tener
cuestión litigiosa pendiente con algún interesado.

cve: BOE-A-2021-20176
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