III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Convenios. (BOE-A-2021-20176)
Resolución de 29 de noviembre de 2021, de la Secretaría de Estado de Comercio, por la que se publica el Convenio con la Federación Española de Municipios y Provincias, como entidad colaboradora en la gestión de las ayudas para el apoyo de la actividad comercial en zonas rurales y turísticas en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 291
Lunes 6 de diciembre de 2021
Sec. III. Pág. 150403
b) Tener un vínculo matrimonial o situación de hecho asimilable y el parentesco de
consanguinidad dentro del cuarto grado o de afinidad dentro del segundo, con cualquiera
de los interesados, con los administradores de entidades o sociedades interesadas y
también con los asesores, representantes legales o mandatarios que intervengan en el
procedimiento, así como compartir despacho profesional o estar asociado con éstos para
el asesoramiento, la representación o el mandato.
c) Tener amistad íntima o enemistad manifiesta con alguna de las personas
mencionadas en el apartado anterior.
d) Haber intervenido como perito o como testigo en el procedimiento de que se
trate.
e) Tener relación de servicio con persona natural o jurídica interesada directamente
en el asunto, o haberle prestado en los dos últimos años servicios profesionales de
cualquier tipo y en cualquier circunstancia o lugar».
Segundo.
Que no se encuentra/n incurso/s en ninguna situación que pueda calificarse de
conflicto de intereses de las indicadas en el artículo 61.3 del Reglamento Financiero de
la UE y que no concurre en su/s persona/s ninguna causa de abstención del artículo 23.2
de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público que pueda
afectar al procedimiento de licitación/concesión.
Tercero.
Que se compromete/n a poner en conocimiento del órgano instructor, sin dilación,
cualquier situación de conflicto de intereses o causa de abstención que dé o pudiera dar
lugar a dicho escenario.
Cuarto.
Que conozco que, una declaración de ausencia de conflicto de intereses que se
demuestre que sea falsa, acarreará las consecuencias disciplinarias/administrativas/
judiciales que establezca la normativa de aplicación.
cve: BOE-A-2021-20176
Verificable en https://www.boe.es
(Fecha y firma, nombre completo y DNI)
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 291
Lunes 6 de diciembre de 2021
Sec. III. Pág. 150403
b) Tener un vínculo matrimonial o situación de hecho asimilable y el parentesco de
consanguinidad dentro del cuarto grado o de afinidad dentro del segundo, con cualquiera
de los interesados, con los administradores de entidades o sociedades interesadas y
también con los asesores, representantes legales o mandatarios que intervengan en el
procedimiento, así como compartir despacho profesional o estar asociado con éstos para
el asesoramiento, la representación o el mandato.
c) Tener amistad íntima o enemistad manifiesta con alguna de las personas
mencionadas en el apartado anterior.
d) Haber intervenido como perito o como testigo en el procedimiento de que se
trate.
e) Tener relación de servicio con persona natural o jurídica interesada directamente
en el asunto, o haberle prestado en los dos últimos años servicios profesionales de
cualquier tipo y en cualquier circunstancia o lugar».
Segundo.
Que no se encuentra/n incurso/s en ninguna situación que pueda calificarse de
conflicto de intereses de las indicadas en el artículo 61.3 del Reglamento Financiero de
la UE y que no concurre en su/s persona/s ninguna causa de abstención del artículo 23.2
de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público que pueda
afectar al procedimiento de licitación/concesión.
Tercero.
Que se compromete/n a poner en conocimiento del órgano instructor, sin dilación,
cualquier situación de conflicto de intereses o causa de abstención que dé o pudiera dar
lugar a dicho escenario.
Cuarto.
Que conozco que, una declaración de ausencia de conflicto de intereses que se
demuestre que sea falsa, acarreará las consecuencias disciplinarias/administrativas/
judiciales que establezca la normativa de aplicación.
cve: BOE-A-2021-20176
Verificable en https://www.boe.es
(Fecha y firma, nombre completo y DNI)
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X