III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Ayudas. (BOE-A-2021-20178)
Orden CIN/1360/2021, de 3 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de ayudas públicas a proyectos estratégicos orientados a la transición ecológica y a la transición digital, del Plan Estatal de Investigación Científica, Técnica y de Innovación para el período 2021-2023, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y por la que se aprueba la convocatoria de tramitación anticipada correspondiente al año 2021 de estas ayudas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 6 de diciembre de 2021

Sec. III. Pág. 150409

En el componente 17, en el que se incluyen tres reformas y nueve inversiones, las
ayudas a proyectos estratégicos orientados a la transición verde y a la transición digital
forman parte de la inversión I3, denominada «Nuevos proyectos I+D+I Publico Privados,
Interdisciplinares, Pruebas de concepto y concesión de ayudas consecuencia de
convocatorias competitivas internacionales, I+D de vanguardia orientada a retos de la
sociedad. Compra pública precomercial», que plantea la introducción de una serie de
medidas contundentes de reconstrucción y reforzamiento del sistema de ciencia e
innovación, entre las que se encuentra el refuerzo de las convocatorias de ayudas a
proyectos estratégicos orientados a la transición verde y a la transición digital.
La inversión I3 anteriormente citada tiene dos objetivos vinculados. La convocatoria
contribuirá a la consecución del objetivo 261 y 262 de la Decisión de Ejecución del
Consejo (CID por sus siglas en inglés Council Implementing Decision) de 13 de julio
relativa a la aprobación de la evaluación del plan de recuperación y resiliencia de
España. Por un lado, el primer objetivo, número 261 de la Decisión de Ejecución del
Consejo de 13 de julio, es la publicación de la adjudicación de ayudas a proyectos por un
importe de, al menos, 897 M€ a través de las siguientes convocatorias de proyectos de
prueba de concepto (80 M€), de proyectos interdisciplinares en líneas estratégicas
(73 M€), de proyectos de I+D dirigidos a la transición verde y digital (296 M€), de
proyectos en colaboración público-privada (140 M€), de proyectos de I+D orientados a
los retos de la sociedad (230 M€) y de proyectos en colaboración internacional (78 M€).
Los proyectos que se financien deberán cumplir con el «principio DNSH», por sus siglas
en inglés, de no ocasionar, directa o indirectamente, un perjuicio significativo al medio
ambiente, de acuerdo con el artículo 17 del Reglamento (UE) 2020/852 del Parlamento
Europeo y del Consejo de 18 de junio de 2020 (Reglamento de Taxonomía) así como lo
dispuesto en relación con las actividades que no deben seleccionarse ni financiarse y la
legislación medioambiental nacional y comunitaria de aplicación.
Este primer objetivo deberá conseguirse en el cuarto trimestre de 2022. El
mecanismo de verificación de este objetivo se establece en el documento de
Disposiciones Operativas (Operational Arrangements) aprobado por la Comisión
Europea.
Por otro lado, el segundo objetivo, número 262 del CID, es la concesión de ayudas
para, al menos, 3.000 proyectos de I+D, de los cuales un mínimo del 35 % deberán estar
dirigidos a la transición verde y digital. Los proyectos que se financien deberán cumplir
con el «principio DNSH» así como lo dispuesto en relación con las actividades que no
deben seleccionarse ni financiarse y la legislación medioambiental nacional y
comunitaria de aplicación.
Este segundo objetivo deberá conseguirse en el segundo trimestre de 2024. El
mecanismo de verificación de este objetivo se establece en el documento de
Disposiciones Operativas (Operational Arrangements) aprobado por la Comisión
Europea.
El Mecanismo de Transformación y Resiliencia (MRR) regulado en el Reglamento
(UE) 2021/241, de 12 de febrero de 2021 por el que se establece el Mecanismo de
Recuperación y Resiliencia, se ha configurado como un instrumento en el que la
subvencionalidad de las medidas (reformas e Inversiones) financiadas con cargo al
mismo se determina según lo dispuesto en el artículo 17 de dicho Reglamento y en el
que los pagos, conforme al artículo 24, se realizarán por la Comisión Europea tras el
cumplimiento de los hitos y objetivos previamente fijados en el Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia (PRTR) y en cumplimiento de lo acordado por la Comisión
en el CID.
Esta medida no tiene asociada una etiqueta verde ni digital en los términos previstos
por los anexos VI y VII del Reglamento 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo
de 12 de febrero de 2021 por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y
Resiliencia.
Por otro lado, en cumplimiento con lo dispuesto en el Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia, en el Reglamento (UE) 2021/241 de 12 de febrero

cve: BOE-A-2021-20178
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Núm. 291