I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Acuerdos internacionales administrativos. (BOE-A-2021-20111)
Estatutos del Consorcio de Infraestructuras de Investigación Europeas denominado Encuesta Social Europea (ESS ERIC).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 291

Lunes 6 de diciembre de 2021

Artículo 13.

Sec. I. Pág. 150143

Comités del Director.

1. El Director podrá establecer comités que le asistan en el desempeño de sus
tareas y responsabilidades. La constitución, los miembros y los procedimientos de
cualquier comité serán establecidos por el Director. Los comités del Director podrán
incluir a personas que no sean representantes nacionales ni observadores.
2. Los siguientes comités del Director existirán en todo momento:
El Equipo Científico Central (o CST), y
el Foro de Coordinadores Nacionales (o Foro NC).

El CST y el Foro NC asistirán al Director a fin de garantizar que EES ERIC
desempeñe su tarea principal de forma coherente con las normas de calidad
establecidas por la Asamblea General de todos los Estados miembros.
3. El CST incluirá las instituciones (cada una de las cuales será un «miembro
institucional»), que el Director determine y la Asamblea General apruebe cuando sea
necesario. Cada miembro institucional nombrará a su vez a su propio representante
principal y un suplente identificado, que en cada caso aprobará el Director, para asistir a
las reuniones del CST. El mandato de cada miembro institucional será de cuatro años,
renovable. Se invitará a las reuniones a otro personal de los miembros institucionales
que pueda aportar conocimientos especializados a los debates.
4. El CST asesorará al Director y colaborará con él en todos los aspectos del
diseño, la orientación científica, la metodología, la ejecución, el control de calidad, la
entrega y la difusión del trabajo de ESS ERIC.
5. Las reuniones del CST se celebrarán al menos en tres ocasiones en cada
período de doce meses. Las reuniones del CST estarán presididas por el Director y, en
su ausencia, por un director adjunto. Aunque ESS ERIC pueda, cuando sea necesario,
contratar tareas especializadas con instituciones distintas de los miembros institucionales
del CST, no por ello se convertirán dichas instituciones en miembros del CST.
6. Los coordinadores nacionales (personas designadas como tales por un miembro
con arreglo a los presentes estatutos) («los coordinadores nacionales») serán
seleccionados al principio de cada ronda de la encuesta por la autoridad ejecutiva
pertinente de cada uno de los miembros de acuerdo con la descripción de su función
establecida por el Director. El mandato de cada coordinador nacional durará un período
bienal (o más, a discreción de cada miembro).
7. Las principales funciones de los coordinadores nacionales son coordinar las
actividades de ESS ERIC a nivel nacional y garantizar su conformidad con las
especificaciones preparadas por el Director, en caso necesario.
8. El Foro NC (el foro de coordinadores nacionales establecido con arreglo a los
presentes estatutos) estará integrado por los coordinadores nacionales de cada miembro
(excluidos los que sean organizaciones intergubernamentales), el Director y los
Directores adjuntos. Las reuniones del Foro NC estarán presididas por el Director y a
ellas asistirán los miembros del CST pertinentes, según el orden del día. Se reunirá al
menos tres veces en cada período bienal y el orden del día de cada reunión lo
determinará el Director, en consulta con el CST y los coordinadores nacionales. El
Foro NC designará a un coordinador nacional de entre sus miembros para asistir a las
reuniones de la Asamblea General, y a otro para asistir a las reuniones del CST.
9. El Foro NC recibirá las especificaciones centrales que el Director pueda preparar,
cuando sea necesario, en relación con las actividades de ESS ERIC a nivel nacional y
presentará sus observaciones al respecto. El Foro NC asesorará también al Director y
al CST sobre otros aspectos de la concepción y dirección de ESS ERIC.
10. La presidencia del Foro NC podrá invitar a especialistas ajenos al mismo a las
reuniones del Foro.

cve: BOE-A-2021-20111
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b)