I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Inspección de Trabajo y Seguridad Social. (BOE-A-2021-20005)
Resolución de 29 de noviembre de 2021, de la Secretaría de Estado de Empleo y Economía Social, por la que se publica el Acuerdo de Consejo de Ministros de 16 de noviembre de 2021, por el que se aprueba el Plan Estratégico de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social 2021-2023.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 289

Viernes 3 de diciembre de 2021

Sec. I. Pág. 149338

tener un espacio propio a la hora de realizar planificaciones adecuadas a las realidades
locales.
Se crearán unidades de planificación a nivel tanto central como territorial.
Actuación 30.3 Una estrategia más activa para reducir los comportamientos de
incumplimiento y fraude.
Siguiendo los modernos métodos contra el fraude, entre los que se incluye la
economía del comportamiento y el uso de tecnologías del big-data, la Inspección debe
orientar las campañas para que incidan de forma más eficaz en la erradicación de ciertos
incumplimientos normativos (fraude en la contratación temporal, a tiempo parcial, horas
extraordinarias, etc.), combinando su labor de información y asistencia técnica, en la
forma que se indica en la actuación 33.5, con una mayor contundencia en la exigencia
sistemática de responsabilidades mediante la extensión de actas de infracción, sin
perjuicio de la autonomía técnica del actuante.
Objetivo 31. Completar la Administración Electrónica interna y externa, la
administración electrónica sancionadora y la notificación electrónica.
Actuación 31.1 Desarrollo de la aplicación NOTIFICA y comunicación de ficheros
entre usuarios externos e internos.
Con objeto de ordenar las actuaciones y procedimientos, de acuerdo con lo
establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas, se procederá a la plena integración de la herramienta
de gestión con el sistema de notificación electrónica de la AGE (Notific@) para hacer las
notificaciones de forma electrónica y acabar con las notificaciones en papel.
Se creará una plataforma de intercambio de ficheros de gran tamaño entre usuarios
internos y externos, ofreciendo una solución a los tradicionales problemas de saturación
de los buzones de correo, y se procederá a la integración de aquélla con la herramienta
de gestión, impulsando así la entrega de documentación en formato electrónico, con el
objetivo de evitar las comparecencias presenciales que no sean necesarias en la
investigación.
Actuación 31.2

Simplificación de la presentación de denuncias.

Actualmente, existen varios cauces para presentar denuncias (presencial en el
registro físico, postal y electrónica), además del Buzón de la ITSS.
Estas vías se unificarán en un único sistema de remisión electrónica, por cualquiera
de los sistemas habilitados (DNI electrónico, CL@ve), manteniendo las vías tradicionales
de comunicación para aquellas personas que no tienen posibilidades de utilizar medios
electrónicos o no estén obligadas a ello, y manteniendo además el Buzón de la ITSS al
que se refiere la actuación 32.4.
Tramitación electrónica del procedimiento sancionador.

Se desarrollará una aplicación que permitirá a la ITSS y a las autoridades laborales
que lo deseen impulsar y tramitar el procedimiento sancionador en el mismo entorno
informático (dentro de INTEGRA). Con ello se agilizará la tramitación de los
procedimientos, se ahorrarán cargas administrativas y se dispondrá de mejor
información, tanto estadística como individualizada, sobre los procedimientos
sancionadores derivados de las actuaciones inspectoras.

cve: BOE-A-2021-20005
Verificable en https://www.boe.es

Actuación 31.3