I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Inspección de Trabajo y Seguridad Social. (BOE-A-2021-20005)
Resolución de 29 de noviembre de 2021, de la Secretaría de Estado de Empleo y Economía Social, por la que se publica el Acuerdo de Consejo de Ministros de 16 de noviembre de 2021, por el que se aprueba el Plan Estratégico de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social 2021-2023.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 3 de diciembre de 2021

Sec. I. Pág. 149333

Actuación 23.2 Desarrollar la estructura territorial del Organismo Estatal Inspección
de Trabajo y Seguridad Social.
Se diseñará la estructura y organización territorial del OEITSS adaptándola a
mandatos de la Ley 23/2015, de 21 de julio, y de los artículos 31, 32 y 33 de los
Estatutos del Organismo Estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social. La estructura
contemplará las nuevas áreas funcionales que deben garantizar la especialización real
en la actividad y la eficacia en la actuación, como las nuevas unidades de relaciones
laborales e igualdad, y las relacionadas con la Oficina Nacional de Lucha contra el
Fraude, tanto en materia de Seguridad Social, como de lucha contra el empleo no
declarado. Igualmente permitirá la ejecución de las líneas de trabajo que se definan por
las unidades y oficinas integradas en la estructura central.
La nueva estructura, dimensionada y escalonada según CC.AA. y provincias,
contemplará también, junto a los ya existentes jefes de equipo, los nuevos puestos de
trabajo que desarrollan la función de coordinación de los distintos equipos de inspectores
y subinspectores conforme a las previsiones del artículo 33 de los Estatutos del
Organismo Estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social, aprobados por el Real
Decreto 192/2018, de 6 de abril.
Actuación 23.3 Presentación para la aprobación por la CECIR de una nueva
Relación de Puestos de Trabajo del Organismo Estatal que potencie y fortalezca la labor
inspectora y responda a las necesidades de la nueva estructura.
La elaboración de una nueva Relación de Puestos de Trabajo en los términos y
condiciones que se deriven de los procedimientos para la modificación de las Relaciones
de Puestos de Trabajo, cuya aprobación corresponde a la CECIR, debe dar satisfacción
a diversas necesidades del Sistema de ITSS que se derivan de:
– La constitución y puesta en funcionamiento del organismo autónomo, que ha
supuesto la asunción de funciones y servicios que con anterioridad se desarrollaban y
prestaban desde la estructura del Ministerio de Trabajo: servicio de prevención de
riesgos laborales, gestión de inmuebles, gestión presupuestaria, etc.
– El desarrollo de previsiones normativas pendientes de ejecución, como la asunción
de mayores competencias por parte de las Direcciones Territoriales o la potenciación del
trabajo en equipo.
– El cumplimiento de compromisos asumidos por el Gobierno (Oficina Estatal de
Lucha contra la Discriminación) o en el ámbito internacional (Unidad Especial de
Coordinación sobre Lucha contra el Fraude en el Trabajo Transnacional).
– La imprescindible modernización del Organismo Estatal, que exige la creación de
una Unidad de Planificación y Programación de actuaciones inspectoras, así como la
incorporación nuevos perfiles técnicos e informáticos sin competencias inspectoras, en
correspondencia con el objetivo estratégico de potenciar el uso de las nuevas
tecnologías y las herramientas más avanzadas de inteligencia artificial en la detección de
los fraudes e incumplimiento de la normativa laboral.
– La adecuación de las retribuciones de los Cuerpos de Inspección al incremento de
competencias materiales que se les han asignado y las que se derivarán del nuevo
modelo de ITSS que se desarrolla en este Plan Estratégico.
Objetivo 24. Mejorar la financiación autónoma del Organismo Estatal Inspección de
Trabajo y Seguridad Social.
Actuación 24.1 Búsqueda de vías de financiación propia del Organismo Estatal
Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
El artículo 35 del Real Decreto 192/2018, de 6 de abril, por el que se aprueban los
estatutos del Organismo Estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social, regula las
fuentes de recursos del mismo.

cve: BOE-A-2021-20005
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Núm. 289