I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Inspección de Trabajo y Seguridad Social. (BOE-A-2021-20005)
Resolución de 29 de noviembre de 2021, de la Secretaría de Estado de Empleo y Economía Social, por la que se publica el Acuerdo de Consejo de Ministros de 16 de noviembre de 2021, por el que se aprueba el Plan Estratégico de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social 2021-2023.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 3 de diciembre de 2021

Sec. I. Pág. 149330

– Adaptación de los procedimientos a la realidad telemática del trabajo del actuante,
aun manteniendo el carácter preferente de las visitas y comprobaciones presenciales.
Asimismo, sería necesario revisar las competencias y las formas de ejercerlas, sobre
todo como consecuencia de la regulación legal del teletrabajo y de las actuaciones en el
empleo doméstico.
– Ante la necesidad de actuar cada vez más frecuentemente sobre empresas de
ámbito superior a la provincia, debe hacerse una revisión de los procedimientos de
actuación y coordinación en estos casos, potenciando la figura del Director Territorial y
de la Dirección Especial, así como la atribución o habilitación competencial de los
actuantes en un ámbito superior a la provincia.
– Establecer un procedimiento sancionador abreviado, para aquellos supuestos en
los que las acciones comprobatorias se realicen mediante actuaciones administrativas
automatizadas en el marco de campañas extensivas, de acuerdo con el artículo 40.2 de
la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Eje 3. Fortalecer y modernizar el sistema de la Inspección de Trabajo y Seguridad
Social para mejorar la calidad en la prestación del servicio a los ciudadanos
La Inspección de Trabajo y Seguridad Social, en cuanto servicio público encargado
de la vigilancia y control de las normas del orden social, es un instrumento fundamental
para garantizar los derechos laborales y la sostenibilidad del sistema de Seguridad
Social. Y lo es aún más, si cabe, en un contexto económico y social que, debido a la
irrupción de la pandemia global, exige y requiere mejorar las capacidades de actuación
de la misma. Los dos primeros ejes del presente Plan Estratégico se orientan a dicha
finalidad y contemplan un amplio abanico de medidas, tanto operativas como normativas,
que transitan en dicho sentido.
Ahora bien, estas actuaciones no serán realmente eficaces si no se avanza con
firmeza en el fortalecimiento y modernización de la ITSS, adoptando medidas
organizativas que permitan su implementación. La experiencia de anteriores
instrumentos de planificación en este Organismo Estatal resulta concluyente y exige
prestar una atención especial a estrategias organizativas que permitan combinar la
perspectiva del servicio público con la capacitación y desarrollo del activo más valioso de
la Inspección de Trabajo, que es sin duda el capital humano.
El presente Eje n.º 3 abunda en esta materia, y lo hace distinguiendo dos aspectos
diferentes, pero estrechamente unidos: el fortalecimiento de la estructura de la
Inspección de Trabajo y Seguridad Social y la mejora de la calidad del servicio que se
presta a la ciudadanía. Es fundamental, en primer lugar, incrementar en los términos que
permitan las sucesivas Leyes de Presupuestos Generales del Estado que se mantengan
en vigor durante la vigencia del Plan, los recursos humanos e incorporar nuevos perfiles
profesionales, técnicos e informáticos, que permitan una actuación inspectora más eficaz
y más profunda. Y es importante, igualmente, que este incremento progresivo se
produzca en el marco de un reforzamiento de la estructura central y territorial del
Organismo Estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social mediante la aprobación de
una nueva Relación de Puestos de Trabajo, en los términos y condiciones que se deriven
de los procedimientos para la modificación de las Relaciones de Puestos de Trabajo,
cuya aprobación corresponde a la CECIR.
Esta estrategia organizativa, en la que adquiere una importancia especial la Escuela
de la ITSS, persigue el objetivo al que se ha hecho referencia, y que no es otro que la
mejora de la calidad del servicio público a través de una acción más eficaz e incisiva por
parte de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. La mejora de la planificación, el
desarrollo de herramientas cada vez más eficientes en materia de inteligencia artificial, la
importancia del trabajo en equipo o la culminación de la Administración electrónica son
sólo alguno de los aspectos del proceso que encuentran adecuado desarrollo en el
presente apartado.

cve: BOE-A-2021-20005
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Núm. 289