I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Inspección de Trabajo y Seguridad Social. (BOE-A-2021-20005)
Resolución de 29 de noviembre de 2021, de la Secretaría de Estado de Empleo y Economía Social, por la que se publica el Acuerdo de Consejo de Ministros de 16 de noviembre de 2021, por el que se aprueba el Plan Estratégico de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social 2021-2023.
73 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 289

Viernes 3 de diciembre de 2021

Objetivo 4.

Sec. I. Pág. 149316

Luchar contra el fraude transnacional.

La libre circulación de personas trabajadoras en la Unión Europea y en el Espacio
Económico Europeo, así como el incremento de los movimientos migratorios y los
procesos de deslocalización, elevan los riesgos para los sistemas laborales y de
Seguridad Social de los Estados. Por ello, la lucha contra el fraude transnacional se
convierte en una prioridad para los organismos de vigilancia fiscal, laboral y de
Seguridad Social, como es el caso del Organismo Estatal ITSS. Este objetivo se vincula
al eje n.º 4 del presente Plan, sobre cooperación internacional en la lucha contra el
fraude transnacional.
Para pilotar desde el Organismo Estatal ITSS las siguientes actuaciones y las
recogidas en el referido eje n.º 4 se ha creado, en virtud de la Orden TES/967/2020, de 6
de octubre, la Unidad Especial de Coordinación sobre Lucha contra el Fraude en el
Trabajo Transnacional, quedando pendiente dictar instrucciones operativas que
complementen dicha Orden.
Además, resulta imprescindible abordar una serie de reformas normativas. En primer
término, para adaptar el texto de la Ley Ordenadora de la Inspección de Trabajo y
Seguridad Social a las tareas y actividades previstas en el Reglamento (UE) 2019/1149
de creación de la Autoridad Laboral Europea, incluyendo los acuerdos y convenios entre
las autoridades de Inspección de Trabajo y Seguridad Social de los Estados Miembros
previstos para las acciones de inspección concertadas y conjuntas.
Un segundo grupo de reformas deberían aprobarse para adecuar los tipos infractores
en el Texto Refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el orden social a la
gravedad de determinados comportamientos fraudulentos, en particular en los
desplazamientos transnacionales (empresas buzón o falsos desplazamientos) por parte
de empresas y trabajadores autónomos y en materia de ejecución transnacional de las
sanciones administrativas.
Finalmente, en colaboración con las comunidades autónomas, se promoverá la
existencia de una base de datos central que recoja las comunicaciones de
desplazamiento de personas trabajadoras a España en el marco de las prestaciones de
servicios transnacionales, en línea con lo previsto en el artículo 5 de la Ley 45/1999,
de 29 de noviembre. Esta base de datos favorecerá que pueda en un futuro conectarse
con las bases de datos de otros Estados, lo que facilitará el control del fraude en los
desplazamientos.
Actuación 4.1

Empresas buzón.

Se realizarán actuaciones no solo para atajar desplazamientos ficticios a otros
países, evitando cumplir las obligaciones de Seguridad Social en España, sino también
para colaborar con otros países de la UE que se vean afectados por desplazamientos
ficticios a España. Así pues, se desarrollarán campañas de inspección para detectar
empresas buzón radicadas en España y que operan en otros países de la UE, así como
empresas buzón radicadas en otros países y que operan en España.

Se introducirá la identificación de las inspecciones y actuaciones sobre trabajo
transnacional y se autorizará la consulta y cooperación con otras Inspecciones de la
Unión Europea y del Espacio Económico Europeo, con la Tesorería General de la
Seguridad Social, la Agencia Estatal de Administración Tributaria y con el Ministerio
Fiscal.
Actuación 4.3

Realización de campañas sobre fraude en el trabajo transnacional.

Se priorizará la actuación sobre empresas y grupos de empresas dedicadas al
transporte internacional y empresas y personas trabajadoras de la construcción, teniendo

cve: BOE-A-2021-20005
Verificable en https://www.boe.es

Actuación 4.2 Modificaciones en la aplicación Integra para mejorar la cooperación
interinstitucional en las actuaciones en materia de fraude transnacional.