III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2021-20056)
Resolución de 18 de noviembre de 2021, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo del Grupo Cofely.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 289

Viernes 3 de diciembre de 2021

Sec. III. Pág. 149696

internas que históricamente han sido confiadas a hombres y mujeres incluso dentro de
un mismo ratio de categoría profesional.
III.

Objetivos del plan de igualdad.

IV.

Medidas.

A)

Selección, acceso al empleo y contratación.

– Se garantizará que los procesos de selección de la entidad no vulneren el principio
de igualdad, con el objetivo de conseguir una presencia equilibrada entre hombres y
mujeres.
– Se fomentará y sensibilizará en los principios de igualdad de oportunidades a
todas aquéllas personas que participen en el proceso de selección y contratación.
– Las ofertas de empleo deberán estar basadas en los datos y condiciones objetivas
de los puestos, utilizando un lenguaje no sexista y no emplear imágenes de mujeres y
hombres estereotipadas.
– Especificar en la oferta de empleo para aquéllos puestos en que las mujeres están
sub-representadas que a dichos puestos pueden acceder tanto hombres como mujeres.
– En las entrevistas de selección no se tendrán en cuenta aspectos de contenido
personal y se evitará cualquier pregunta de contenido sexista.
– Revisión de criterios y procedimientos de selección, basándose únicamente en
aspectos objetivos.
– Establecer programas específicos para la selección de mujeres que ocupen
puestos de trabajo donde estén sub-representadas.
– Introducir prácticas orientadas a seleccionar mujeres en puestos de trabajo
tradicionalmente masculinos.
– La empresa formará y sensibilizará en materia de igualdad de oportunidades a los
responsables de selección de personal.
B) Formación.
– Se incorporarán al Plan de Formación acciones específicas en los temas de
igualdad.

cve: BOE-A-2021-20056
Verificable en https://www.boe.es

– Garantizar y Promover la aplicación efectiva del principio de igualdad entre
hombres y mujeres para conseguir, en el ámbito laboral la misma oportunidad de ingreso
y desarrollo profesional.
– Promover las posibilidades de acceso de la mujer a puestos de responsabilidad.
– Aplicar medidas correctoras para conseguir una representación equilibrada de la
mujer en el ámbito profesional.
– Garantizar que la gestión de RR.HH. cumple con los requisitos legales en materia
de igualdad de oportunidades.
– Promover el principio de igualdad de oportunidades entre toda la plantilla con el
objetivo de implicar a todo el personal.
– Reforzar el compromiso de responsabilidad social de la Empresa para conseguir
una mayor calidad de vida de sus empleados.
– Establecer medidas que favorezcan la conciliación de la vida laboral con la vida
familiar y personal de los trabajadores.
– Proporcionar formación adecuada a las personas que lo necesiten.
– Consideración especifica de los supuestos de riesgo en el embarazo.
– Establecer un Protocolo de actuaciones para los casos de acoso sexual, acoso
moral y violencia de género.
– Creación de un Foro Para la Igualdad que realizará el seguimiento y control de la
aplicación del principio de igualdad y las medidas incluidas en este Plan.