III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2021-20056)
Resolución de 18 de noviembre de 2021, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo del Grupo Cofely.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 289
Viernes 3 de diciembre de 2021
Sec. III. Pág. 149688
resultados electorales considerados globalmente, pudiendo asistir a sus reuniones los
secretarios de las Mesas, Comisiones o Foros constituidos en la empresa, así como los
Delegados en el Comité Europeo del Grupo en su caso.
El Comité Intercentros ya constituido y renovado en enero de 2020, deberá
comunicar a la Empresa las responsabilidades asignadas, o si hubiera algún cambio en
el mandato, guardándose la proporcionalidad de los sindicatos según los resultados
electorales considerados globalmente. Este Comité se renovará cada cuatro años con
los resultados electorales de la Empresa en todo este tiempo, siendo la siguiente
renovación en enero del 2024.
Sede del Comité Intercentros: Se establece como sede del Comité Intercentros,
Madrid.
Plenos del Comité Intercentros:
Los plenos del Comité Intercentros estarán compuestos por los trece miembros del
Pleno derecho y los asesores necesarios.
Los plenos pueden ser ordinarios y extraordinarios:
Plenos ordinarios: Se celebrará cada tres meses. Su convocatoria será comunicada
por escrito a todos sus miembros con una semana de antelación, e incluirá:
Orden del día.
Que constara de los siguientes puntos:
a) Lectura y aprobación del acta de reunión anterior.
b) Informe de las distintas Comisiones de Trabajo.
c) Puntos acordados para su vista en el Pleno.
d) Otros temas incluidos, por acuerdo de la Comisión de Gestión preparatoria para
el Pleno.
e) Ruegos y preguntas; sobre los que no podrá tomarse decisión en el Pleno, si no
es por unanimidad, pasándose los demás, si procede, a la Comisión de Gestión,
Comisión de Trabajo correspondiente al Orden del día del próximo Pleno.
El pleno ordinario se constituirá en primera convocatoria con un quórum mínimo de la
mitad más uno de los miembros de pleno derecho y en segunda, una hora después de la
fijada para la reunión en primera convocatoria, con los asistentes; salvo que por razones
de fuerza mayor (huelga de transportes, inclemencias meteorológicas, etc.) estuviese
justificada una cierta ausencia colectiva, en cuyo caso se atrasará la convocatoria en los
términos que acuerden la Comisión de Gestión.
El Comité Intercentros se reunirá de manera ordinaria cuatro veces al año de forma
presencial.
En la misma jornada, previa o posteriormente a la anterior reunión, se reunirá el
Pleno del Comité Intercentros.
Pleno Extraordinario: Podrá ser convocado:
Por acuerdo del Presidente y Secretario.
Por la Comisión de Gestión.
La convocatoria se hará por escrito con la antelación suficiente, en función de las
urgencias de los temas a tratar, y en su texto habrá de figurar fecha, día, hora y lugar de
la reunión, así como el o los temas que la motiven.
El Pleno Extraordinario quedara constituido con un quórum mínimo de siete
miembros de pleno derecho.
En cualquier momento de la discusión de un miembro del Comité podrá pedir la
observancia del Reglamento, alegando los artículos cuya aplicación reclamen.
cve: BOE-A-2021-20056
Verificable en https://www.boe.es
a)
b)
Núm. 289
Viernes 3 de diciembre de 2021
Sec. III. Pág. 149688
resultados electorales considerados globalmente, pudiendo asistir a sus reuniones los
secretarios de las Mesas, Comisiones o Foros constituidos en la empresa, así como los
Delegados en el Comité Europeo del Grupo en su caso.
El Comité Intercentros ya constituido y renovado en enero de 2020, deberá
comunicar a la Empresa las responsabilidades asignadas, o si hubiera algún cambio en
el mandato, guardándose la proporcionalidad de los sindicatos según los resultados
electorales considerados globalmente. Este Comité se renovará cada cuatro años con
los resultados electorales de la Empresa en todo este tiempo, siendo la siguiente
renovación en enero del 2024.
Sede del Comité Intercentros: Se establece como sede del Comité Intercentros,
Madrid.
Plenos del Comité Intercentros:
Los plenos del Comité Intercentros estarán compuestos por los trece miembros del
Pleno derecho y los asesores necesarios.
Los plenos pueden ser ordinarios y extraordinarios:
Plenos ordinarios: Se celebrará cada tres meses. Su convocatoria será comunicada
por escrito a todos sus miembros con una semana de antelación, e incluirá:
Orden del día.
Que constara de los siguientes puntos:
a) Lectura y aprobación del acta de reunión anterior.
b) Informe de las distintas Comisiones de Trabajo.
c) Puntos acordados para su vista en el Pleno.
d) Otros temas incluidos, por acuerdo de la Comisión de Gestión preparatoria para
el Pleno.
e) Ruegos y preguntas; sobre los que no podrá tomarse decisión en el Pleno, si no
es por unanimidad, pasándose los demás, si procede, a la Comisión de Gestión,
Comisión de Trabajo correspondiente al Orden del día del próximo Pleno.
El pleno ordinario se constituirá en primera convocatoria con un quórum mínimo de la
mitad más uno de los miembros de pleno derecho y en segunda, una hora después de la
fijada para la reunión en primera convocatoria, con los asistentes; salvo que por razones
de fuerza mayor (huelga de transportes, inclemencias meteorológicas, etc.) estuviese
justificada una cierta ausencia colectiva, en cuyo caso se atrasará la convocatoria en los
términos que acuerden la Comisión de Gestión.
El Comité Intercentros se reunirá de manera ordinaria cuatro veces al año de forma
presencial.
En la misma jornada, previa o posteriormente a la anterior reunión, se reunirá el
Pleno del Comité Intercentros.
Pleno Extraordinario: Podrá ser convocado:
Por acuerdo del Presidente y Secretario.
Por la Comisión de Gestión.
La convocatoria se hará por escrito con la antelación suficiente, en función de las
urgencias de los temas a tratar, y en su texto habrá de figurar fecha, día, hora y lugar de
la reunión, así como el o los temas que la motiven.
El Pleno Extraordinario quedara constituido con un quórum mínimo de siete
miembros de pleno derecho.
En cualquier momento de la discusión de un miembro del Comité podrá pedir la
observancia del Reglamento, alegando los artículos cuya aplicación reclamen.
cve: BOE-A-2021-20056
Verificable en https://www.boe.es
a)
b)